Amplían plazo para presentar comentarios respecto del Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural y deroga los DD.SS. N° 025-2007-EM, N° 042-2011-EM y N° 033-2015-EM
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 040-2019-MEM/DM
Lima, 13 de febrero de 2019
VISTOS: Los Informes N° 007-2019-MEM/DGER-JAL-JGG y N° 154-2019-MEM/OGAJ elaborados por la Dirección General de Electrificación Rural (en adelante, DGER) y la Oficina General de Asesoría Jurídica (en adelante, OGAJ), respectivamente, del Ministerio de Energía y Minas;
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 8.1 del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM, y sus modificatorias, establece entre las funciones generales del Ministerio de Energía y Minas, aprobar las disposiciones normativas que le correspondan;
Que, el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, prevé que las entidades públicas deben disponer la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 030-2019-MEM/DM publicada el 02 de febrero de 2019, en el Diario Oficial El Peruano, se autorizó la publicación del Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, y deroga los Decretos Supremos N° 025-2007-EM, N° 042-2011-EM y N° 033-2015-EM (en adelante, Proyecto Normativo), con su Exposición de Motivos; estableciendo un plazo de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de su publicación, con la finalidad de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la DGER; cabe señalar que el referido plazo culmina el 15 de febrero de 2019;
Que, habiendo recibido solicitudes por parte de los interesados a fin de ampliar el plazo para emitir opiniones y sugerencias al Proyecto Normativo, mediante los Informes de Vistos se recomienda ampliar dicho plazo, en veinte (20) días hábiles, que se contaran a partir del día siguiente hábil de culminado el plazo establecido en la Resolución Ministerial N° 030-2019-MEM/DM;
De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Ampliar el plazo para que los interesados puedan presentar sus comentarios respecto del Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, y deroga los Decretos Supremos N° 025-2007-EM, N° 042-2011-EM y N° 033-2015-EM, por veinte (20) días hábiles adicionales, a ser contados a partir del día siguiente hábil de culminado el plazo establecido en el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 030-2019-MEM/DM; con lo cual el plazo para que los interesados puedan presentar los respectivos comentarios culmina el día 15 de marzo de 2019.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Francisco ismodes mezzano
Ministro de Energía y Minas
1740932-1