Otorgan concesión temporal a Kallpa Generación S.A., para desarrollar estudios de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica de la futura Central Eólica Parque Eólico Los Vientos, ubicada en el departamento de Ica
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 036-2019-MEM/DM
Lima, 1 de febrero de 2019
VISTOS: El Expediente Nº 27386618 sobre la solicitud de otorgamiento de concesión temporal para realizar estudios de factibilidad relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica para la futura Central Eólica Parque Eólico Los Vientos, presentada por KALLPA GENERACIÓN S.A.; el Informe Nº 032-2019-MEM/DGE-DCE y el Informe Nº 120-2019-MEM/OGAJ, elaborados por la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, del Ministerio de Energía y Minas;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la carta KG-0799/18 con Registro Nº 2874233, de fecha 22 de noviembre de 2018, KALLPA GENERACIÓN S.A. presenta la solicitud de otorgamiento de concesión temporal para realizar estudios de factibilidad relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica para la futura Central Eólica Parque Eólico Los Vientos con una capacidad instalada estimada de 350 MW, al amparo de lo dispuesto por el artículo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM;
Que, los estudios de factibilidad mencionados en el considerando que antecede, se desarrollarán en los distritos de Ocucaje y Santiago, provincia y departamento de Ica, en la zona comprendida dentro las coordenadas UTM (WGS84) que figuran en el Expediente;
Que, de acuerdo con los Informes de Vistos, se verifica que la empresa solicitante cumple con los requisitos establecidos en el artículo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; concluyéndose que corresponde otorgar la concesión temporal para realizar estudios de factibilidad relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica para la Central Eólica Parque Eólico Los Vientos;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; la Ley de Concesiones Eléctricas aprobada por Decreto Ley Nº 25844, sus normas modificatorias y reglamentarias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y sus modificatorias; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2014-EM y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Otorgar concesión temporal a favor de KALLPA GENERACIÓN S.A., para desarrollar los estudios de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica para la futura Central Eólica Parque Eólico Los Vientos, con una capacidad instalada estimada de 350 MW, los cuales se realizarán en los distritos de Ocucaje y Santiago, provincia y departamento de Ica, por un plazo de veinticuatro (24) meses, contados a partir de la publicación de la presente resolución, según lo establecido en el artículo 23 de la Ley de Concesiones Eléctricas.
Artículo 2.- Establecer como área de la presente concesión temporal, la zona delimitada por las siguientes coordenadas UTM (WGS 84) - Zona 18L:
VÉRTICE |
ESTE |
NORTE |
1 |
400 310.3587 |
8 385 094.9370 |
2 |
402 621.6509 |
8 387 713.3168 |
3 |
406 736.2420 |
8 387 190.4761 |
4 |
410 175.1250 |
8 386 242.3466 |
5 |
412 623.5502 |
8 385 506.6443 |
6 |
414 831.2748 |
8 384 469.9614 |
7 |
415 786.4679 |
8 383 568.5577 |
8 |
415 983.2993 |
8 382 135.3904 |
9 |
417 018.6031 |
8 380 113.5870 |
10 |
415 124.8140 |
8 379 171.8210 |
11 |
414 066.3556 |
8 378 417.1030 |
12 |
412 507.2202 |
8 378 487.4031 |
13 |
409 976.6686 |
8 379 620.1083 |
14 |
408 454.2013 |
8 380 718.9329 |
15 |
406 460.2306 |
8 383 362.2785 |
16 |
405 742.3806 |
8 384 641.0444 |
17 |
404 836.1953 |
8 384 450.2605 |
18 |
405 365.2596 |
8 383 739.8765 |
19 |
406 211.4789 |
8 382 320.2405 |
20 |
405 836.2792 |
8 380 794.3711 |
21 |
405 362.8602 |
8 379 372.2818 |
22 |
406 265.9725 |
8 378 580.3162 |
23 |
408 953.9514 |
8 376 788.7887 |
24 |
411 933.8075 |
8 374 768.4498 |
25 |
415 752.0817 |
8 371 457.4139 |
26 |
415 154.4153 |
8 369 697.6755 |
27 |
408 421.5809 |
8 372 785.8669 |
28 |
409 209.9846 |
8 373 605.9662 |
29 |
408 874.6663 |
8 374 323.9397 |
30 |
406 962.9384 |
8 376 132.5841 |
31 |
404 098.2944 |
8 377 924.9515 |
32 |
401 733.1641 |
8 378 912.5559 |
33 |
401 406.5450 |
8 379 495.0676 |
34 |
400 695.6848 |
8 381 147.1999 |
35 |
400 897.7415 |
8 382 043.6929 |
36 |
400 062.5652 |
8 384 384.4855 |
Artículo 3.- Disponer que KALLPA GENERACIÓN S.A. realice los estudios, respetando las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento, la Resolución Directoral Nº 046-2010-EM/DGE y demás normas legales pertinentes.
Artículo 4.- Establecer que si vencido el plazo mencionado en el artículo 1 de la presente resolución, KALLPA GENERACIÓN S.A. no cumpliera con las obligaciones contraídas en su solicitud, respecto de la ejecución de estudios y cumplimiento del Cronograma de Ejecución de los Estudios de Factibilidad, el cual incluye la presentación de los estudios ejecutados con la correspondiente conformidad de la Dirección General de Electricidad; esta ejecutará la garantía otorgada, según lo establecido en el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano por cuenta de KALLPA GENERACIÓN S.A., en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FRANCISCO ISMODES MEZZANO
Ministro de Energía y Minas
1739655-1