Autorizan Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2019 a favor de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías

decreto supremo

N° 031-2019-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, la Centésima Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2019, dispone que para garantizar la continuidad de las inversiones del Plan de Modernización y Gestión a cargo de la Superintendencia de Transportes Terrestres de Personas, Cargas y Mercancías (SUTRAN), bajo el ámbito del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho sistema, se autoriza a incorporar en el presupuesto institucional del Año Fiscal 2019 de dicho pliego, los recursos no devengados al 31 de diciembre del 2018, que le fueron asignados en el Anexo 8-B “Transferencia de partidas del pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el financiamiento de las actividades” de la Ley No 30847, Ley que aprueba diversas disposiciones presupuestarias para promover la ejecución del gasto público en Inversiones Públicas y otras medidas;

Que, asimismo, la citada Disposición Complementaria Final establece que la incorporación de recursos se autoriza mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Transportes y Comunicaciones, a propuesta de este último, señalando que dicho Decreto Supremo se publica hasta el 31 de enero de 2019; siendo que, la referida incorporación de recursos es aplicable siempre que dicho financiamiento no haya sido considerado en el presupuesto institucional del Año Fiscal 2019 por parte del respectivo pliego, para las mismas inversiones y/o proyectos, según corresponda, y la misma meta presupuestaria;

Que, con Memorandos N°s 058 y 178-2019-MTC/09, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, adjunta los Informes Nºs 006 y 033-2019-MTC/09.03 de su Oficina de Presupuesto, mediante los cuales emiten opinión favorable en materia presupuestaria y proponen un proyecto de Decreto Supremo que autoriza la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 a favor del pliego Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar la continuidad de la ejecución de tres (3) Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Reposición y de Rehabilitación (IOARR), con Códigos Unificados N°s 2432848, 2432858 y 2435730, señalando que dichas Inversiones no han sido consideradas en el presupuesto institucional del Año Fiscal 2019 del citado pliego; en virtud de los cuales, con Oficios N°s 99 y 209-2019-MTC/04, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicita dar trámite a la referida incorporación de recursos;

Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 4 020 950,00 (CUATRO MILLONES VEINTE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y 00/100 SOLES), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del pliego Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías, para los fines señalados en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo establecido en la Centésima Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2019;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto

Autorízase la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 4 020 950,00 (CUATRO MILLONES VEINTE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y 00/100 SOLES), a favor del pliego 202: Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías, para financiar la continuidad de tres (3) Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Reposición y de Rehabilitación (IOARR), del Plan de Modernización y Gestión de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías, de acuerdo al siguiente detalle:

INGRESOS En Soles

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 4 020 950,00

==========

TOTAL INGRESOS 4 020 950,00

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EGRESOS En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 202 : Superintendencia de Transporte

Terrestre de Personas, Carga y

Mercancías

UNIDAD EJECUTORA 001 : SUTRAN - Gestión y Administración

General

PROGRAMA PRESUPUESTAL 0138 : Reducción del Costo, Tiempo e

Inseguridad en el Sistema de

Transporte

INVERSIÓN 2432848 : Adquisición de Monitores de Video,

Sistemas Ininterrumpidas de

Energía (UPS), Sistemas de

Seguridad Perimetral (Firewalls),

Equipos de Respaldos para

Archivos y Sistemas de

Procesamiento y Almacenamiento

(Servidores, Storage, Librerías de

Respaldo, Cloudbridge); en el (la)

Centro de Gestión y Monitoreo en

la Localidad Jesús Maria, Distrito

de Jesús Maria, Provincia Lima,

Departamento Lima

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos no Financieros 942 370,00

INVERSIÓN 2432858 : Adquisición de Cámaras de

Inspección, Conmutadores,

Camioneta, Equipos de Ingeniería

para Supervisión y Control,

Alcoholímetro, Computadores

de Tableta y Sistemas de

Procesamiento y Almacenamiento

(Servidores, Storage, Librerías de

Respaldo, Cloudbridge); en el (la)

Puntos de Control Distrito de –

Todos -, Provincia - Todos -,

Departamento – Mul.Dep-

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos no Financieros 1 728 580,00

INVERSIÓN 2435730 : Adquisición de Equipo de

Sistema de Control Aleatorio,

Básculas de Camión o Riel,

Sistema de Pararrayos para

Protección Eléctrica, Grupo

Electrógeno y Cinemometro; en el

(la) Unidades Desconcentradas

Distrito de - Todos -, Provincia -

Todos -, Departamento – Mul.Dep-

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos no Financieros 1 350 000,00

==========

TOTAL EGRESOS 4 020 950,00

==========

Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional

2.1 El Titular del pliego habilitado en el Crédito Suplementario aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia de este dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieren como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, instruye a la Unidad Ejecutora a elaborar las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieren, como consecuencia de lo dispuesto en esta norma.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos

Los recursos del Crédito Suplementario a que hace referencia el artículo 1 no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son incorporados.

Artículo 4.- Refrendo

El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones y por el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de enero del año dos mil diecinueve.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO

Presidente de la República

CARLOS OLIVA NEYRA

Ministro de Economía y Finanzas

EDMER TRUJILLO MORI

Ministro de Transportes y Comunicaciones

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