Establecen el Boleto Turístico para Turista Extranjero, Turista Nacional y Turista Local
ACUERDO DEL COMITÉ DEL
BOLETO TURÍSTICO DE LA PROVINCIA
DE NASCA Nº 001-2018 CBTN
Nasca, 29 de enero de 2019
Visto, en sesión de Extraordinaria del Concejo del Comité del Boleto Turístico de la Provincia de Nasca, su fecha 07 de diciembre del 2018; y,
Considerando:
Que, la Ley Nº 28719, Ley del Boleto Turístico, establece la conformación de los Comités de Coordinación del Boleto Turistico, así como las condiciones que permiten la creación de boletos turísticos y la distribución entre sus integrantes por los ingresos que recauden por el valor de los mismos, de manera que se promueva la conservación y acondicionamiento turístico de los bienes integrantes del patrimonio cultural de la nación;
Que, de acuerdo al Reglamento Interno del Comité de Coordinación del Boleto Turístico de la Provincia de Nasca, en su artículo 4º se establecen las Funciones del Comité de Coordinación del Boleto Turístico, entre otras; a) determinar el valor del boleto turístico (Boleto Turístico Integral –BTI y Boleto Turístico Parcial –BTP). E) Determinar el porcentaje de distribución de los recursos recaudadas por concepto del Boleto Turístico, en forma coordinada entre las entidades involucradas.
Que mediante sesión Extraordinaria del Comité de coordinación del Boleto Turístico de la Provincia de Nasca de la fecha 07 de diciembre del 2018, en cumplimiento de las funciones establecidas en el reglamento interno, se acordó por unanimidad de los integrantes del comité de coordinación del Boleto Turístico de la Provincia de Nasca establecer el valor del Boleto Turístico, así como asignar los puntos de cobro y obtención el boleto turístico;
Por lo que estando a las facultades señaladas en la Ley del Boleto Turístico y Reglamento Interno del Comité de Coordinación del Boleto Turístico de la Provincia de Nasca por unanimidad de sus miembros.
Se acordó:
Primero.- Establecer el Boleto Turístico para Turista Extranjero, Turista Nacional y Turista Local, estando el turista local exonerado, tomándose en cuenta el ubigeo que registre el Documento Nacional de identidad de cada persona.
Segundo.- Establecer los montos a cobrar por el Boleto Turístico, de acuerdo a los puntos de recaudación siguientes:
- En el punto de recaudación que encontrará en el Aeródromo de Vista Alegre se estará cobrando por Turista Extranjero S/.15.00 Soles; por Turista Nacional S/. 10.00 soles y turista local exonerado.
- En el punto de recaudación que encontrará en el Aeródromo de Ica se estará cobrando por Turista Extranjero S/. 30.00 Soles; por Turista Nacional S/. 15.00 Soles.
- En el punto de recaudación que encontrará en el Aeródromo de Pisco se le estará cobrando por Turista Extranjero S/. 45.00 Soles, por Turista Nacional S/. 20.00 Soles.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
JULIO OSCAR ELÍAS LUCANA
Alcalde
1736560-1