Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) 2019

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 014-2019-MINEDU

Lima, 17 de enero de 2019

VISTOS, el Informe N° 041-2019-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto, y el Memorando N° 025-2019-MINEDU/SPE-OPEP de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; y,

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado, la función de dirigir el proceso de planeamiento estratégico, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno, aprobar los planes de actuación y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestales correspondientes;

Que, el numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, aprobado por Decreto Legislativo N° 1440, establece que el Presupuesto del Sector Público tiene como finalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fiscal conforme a la normatividad vigente y se articula con los instrumentos del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico – SINAPLAN;

Que mediante Resolución Ministerial N° 272-2018-MINEDU, se aprobó el Plan Operativo Institucional (en adelante, POI) 2019 del Ministerio de Educación, de acuerdo a lo establecido en la Guía para el Planeamiento Institucional de CEPLAN, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN-PCD, modificada con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 062-2017/CEPLAN/PCD;

Que, en el marco de la Ley No 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2019, mediante Resolución Ministerial N° 730-2018-MINEDU, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (en adelante, PIA) del Año Fiscal 2019 del Pliego 010: Ministerio de Educación;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 737-2018-MINEDU, se aprobó el Plan Estratégico Institucional (en adelante, PEI) 2019 – 2022 del Ministerio de Educación;

Que con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 053-2018/CEPLAN/PCD, se modificó la “Guía para el Planeamiento Institucional”, aprobada mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN-PCD, estableciendo en acápite 2 del numeral 6.2 que luego que el Congreso de la República aprueba la Ley Anual de Presupuesto y cada Pliego aprueba el PIA, la entidad revisa que los recursos totales estimados en la programación del POI tenga consistencia con el PIA. De no ser consistente, la entidad ajusta la programación y en consecuencia las metas físicas son revisadas;

Que, con Resolución Ministerial N° 675-2018-MINEDU, se conformó la Comisión de Planeamiento Estratégico Institucional del Ministerio Educación, de carácter permanente, encargada de la aplicación del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua y conforma el Equipo Técnico de Planeamiento Estratégico Institucional del Ministerio Educación, cuya función es asistir a la Comisión en la elaboración o modificación del PEI y del Plan Operativo Institucional (POI);

Que, mediante Acta de Comisión de Planeamiento Estratégico Institucional del Ministerio de Educación de fecha 10 de enero de 2019, se valida la Propuesta de Plan Operativo Institucional 2019 consistente al PIA del Pliego 010 Ministerio de Educación;

Que, mediante Informe N° 041-2019-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto emite opinión favorable para la emisión del acto resolutivo de aprobación del POI 2019 consistente con el PIA del Pliego 010: Ministerio de Educación;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional, de la Secretaría General, de la Secretaría de Planificación Estratégica, de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, de la Unidad de Planificación y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; Decreto Legislativo N° 1440 Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Guía de Planeamiento Institucional modificada por Presidencia de Consejo Directivo N° 053-2018/CEPLAN/PCD; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) 2019 consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del Pliego 010: Ministerio de Educación, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- La Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaria de Planificación Estratégica, a través de la Unidad de Planificación y Presupuesto, es el órgano encargado de conducir, asesorar y evaluar la reprogramación del Plan Operativo Institucional aprobado mediante la presente resolución; así como efectuar el respectivo seguimiento y evaluación de su cumplimiento.

Artículo 3.- Los Jefes y/o Directores de los órganos, unidades orgánicas y dependencias de la Sede Central; Escuelas de Régimen Especial; Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana; Unidades de Gestión Educativa Local de Lima Metropolitana y Programas Nacionales, según corresponda, que forman parte del Pliego 010-Ministerio de Educación, deberán remitir con carácter de declaración jurada los informes de ejecución de metas de acuerdo a los plazos, que para ello defina la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto.

Artículo 4.- Durante la etapa de ejecución, las actividades operativas aprobadas no constituyen por si solas, sustento suficiente para ser ejecutadas, debiéndose observar para su cumplimiento, los requisitos esenciales y las formalidades establecidas por la normatividad vigente.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “ El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL ALFARO PAREDES

Ministro de Educación

1732817-1