Aprueban el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Ministerio

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 0035/RE-2019

Lima, 17 de enero de 2019

VISTOS:

El Informe Técnico (ORH) Nº 004-2018, de la Oficina General de Recursos Humanos, anexo al Memorándum (ORH) Nº ORH01454/2018, del 17 de diciembre del 2018; y el Informe ORM Nº 046-2018, de la Oficina de Racionalización y Métodos, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, anexo al Memorándum (OPP) Nº OPP01576/2018, del 18 de diciembre del 2018, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0474/RE-2017, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Ministerio de Relaciones Exteriores, posteriormente reordenado a través de la Resolución Ministerial Nº 0020/RE-2018;

Que, a través de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos y Elaboración del Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE”, formalizada y actualizada con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE y Nº 057-2016-SERVIR-PE, respectivamente, se establecen las normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria que las entidades públicas deben seguir para la elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE y para la gestión del proceso de Administración de Puestos del Subsistema de Organización del Trabajo y su Distribución, del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos;

Que, el subnumeral 7.5 del numeral 7 de la citada Directiva establece que el CAP Provisional es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados por la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones o Manual de Operaciones, según corresponde, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el período de transición del sector público al régimen del servicio civil previsto en la Ley Nº 30057;

Que, de acuerdo con el numeral 1.3 del Anexo Nº 4 de la mencionada Directiva, en caso la entidad cuente con un CAP Provisional, podrá ajustar el documento hasta por un máximo del 5% del total de cargos allí contenidos, pero en ese caso se deben seguir los lineamientos establecidos en el numeral 5 de dicho Anexo. En ningún caso las acciones señaladas habilitan a la entidad a requerir o utilizar mayores recursos presupuestarios para tal efecto;

Que, asimismo, el numeral 5 del Anexo Nº 4 de la referida Directiva, señala que el reordenamiento de cargos del CAP Provisional es el procedimiento mediante el cual se pueden realizar los siguientes ajustes: a) Cambios en los campos: “nº de orden”, “cargo estructural”, “código”, “clasificación”, “situación del cargo” y “cargo de confianza”, y b) Otras acciones de administración del CAP Provisional que no incidan en un incremento del presupuesto de la entidad; incluyendo el supuesto señalado en numeral 1.3 del mencionado anexo;

Que, el segundo párrafo del numeral antes señalado, dispone que el reordenamiento de cargos contenidos en el CAP Provisional no requerirá de un nuevo proceso de aprobación del CAP Provisional y que podrá aprobarse mediante resolución o dispositivo legal que corresponda al titular de la entidad, previo informe de la oficina de recursos humanos o el que haga sus veces, con el visto bueno de la Oficina de Racionalización o el que haga sus veces. En estos casos, la entidad deberá actualizar su CAP Provisional y publicarlo mediante resolución de su titular;

Que, con fecha 26 de julio de 2018, el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de Agricultura y Riego, suscribieron el Convenio Nº 010-2018-MINAGRI-DM “Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de Agricultura y Riego” cuyo objeto es establecer una relación de colaboración y apoyo mutuo entre ambos sectores que permita, en el marco de sus respectivas competencias, aunar esfuerzos y capacidades para facilitar la cooperación interinstitucional entre dichas entidades, a fin de promover, facilitar y destrabar el ingreso de productos agropecuarios en el exterior, potenciando los beneficios de la apertura comercial del país, a través de la prestación de servicios de profesionales especializados en materia agropecuaria, quienes brindarían el apoyo técnico y científico, incluyendo temas sanitarios y fitosanitarios, en las Misiones del Perú en el Exterior;

Que, con el Informe Técnico Nº 004-2018, la Oficina General de Recursos Humanos sustenta la necesidad institucional de contar con Agregados en los órganos del servicio exterior denominados Embajadas, por lo que propone ajustar el CAP Provisional del Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de un reordenamiento de cargos, a fin de incorporar tres (03) cargos clasificados de Agregado, considerados como cargos de confianza, en los órganos denominados Embajadas. Asimismo, señala que el reordenamiento propuesto no significa en modo alguno exceder el máximo del 5% del total de cargos contenidos en el referido instrumento de gestión, no implica un incremento en el presupuesto institucional ni afecta los límites legales establecidos sobre los cargos clasificados como Directivos Superiores de Libre Designación y Remoción, ni los clasificados como Empleados de Confianza;

Que, mediante el Informe ORM Nº 046-2018, anexo al Memorándum (OPP) Nº OPP015762018, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto otorga opinión favorable a la propuesta de reordenamiento de cargos del CAP Provisional del Ministerio de Relaciones Exteriores;

Que, en ese sentido, resulta pertinente aprobar el reordenamiento de cargos en el CAP Provisional del Ministerio de Relaciones Exteriores;

Con los visados de la Oficina General de Recursos Humanos, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asuntos Legales;

De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; y la Directiva Nº 002-2015-SERVIR-GDSRH, “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE”, aprobada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, modificada con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado con Resolución Ministerial Nº 0474/RE-2017, que como anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Disponer que la Oficina General de Comunicación publique la presente Resolución Ministerial, así como su Anexo, en el Portal Institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores (www.rree.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES

Ministro de Relaciones Exteriores

1732666-1