Modifican Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en FM de localidades de los departamentos de Lambayeque, La Libertad y Junín

Resolución Viceministerial

Nº 0002-2019-MTC/03

Lima, 7 de enero de 2019

VISTO, el Informe N° 6228-2018-MTC/28 de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 11 de la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión, concordado con el artículo 6 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, establece que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y en general cuanto concierne a la gestión del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión;

Que, el artículo 7 del precitado Reglamento, dispone que toda asignación de frecuencias para el servicio de radiodifusión se realiza en base al Plan Nacional de Asignación de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalización y de Asignación de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusión y determina las frecuencias técnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignación de Frecuencias son aprobados por Resolución Viceministerial;

Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 350-2005-MTC/03 y sus modificatorias, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) para diversas localidades del departamento de Lambayeque;

Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe Nº 6228-2018-MTC/28, propone la incorporación de las localidades de CAÑARIS y CHIÑAMA – HUAYABAMBA - RODEOPAMPA - TOTORAS PAMPA VERDE a los planes de canalización y asignación de frecuencias del servicio de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (FM) del departamento de Lambayeque; e indica que en la elaboración de su propuesta, ha observado lo dispuesto en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias, así como lo establecido por el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión;

De conformidad con la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión, y sus modificatorias, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y,

Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Viceministerial Nº 350-2005-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) de las localidades del departamento de Lambayeque, a fin de incorporar los planes de las localidades de CAÑARIS y CHIÑAMA – HUAYABAMBA - RODEOPAMPA - TOTORAS PAMPA VERDE; conforme se indica a continuación:

Localidad: CAÑARIS

Plan de Asignación de Frecuencias

Plan de Canalización Plan de Asignación

Canales Frecuencia (MHz)

206 89.1

214 90.7

245 96.9

265 100.9

269 101.7

273 102.5

290 105.9

Total de canales: 7

La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 0.1 KW.

Localidad: CHIÑAMA – HUAYABAMBA - RODEOPAMPA - TOTORAS PAMPA VERDE

Plan de Asignación de Frecuencias

Plan de Canalización Plan de Asignación

Canales Frecuencia (MHz)

210 89.9

218 91.5

224 92.7

253 98.5

286 105.1

294 106.7

Total de canales: 6

La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 0.1 KW.

Las estaciones a instalarse en esta localidad son secundarias de acuerdo a lo previsto en el artículo 16 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y están sujetas a los parámetros técnicos establecidos en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas con Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias.

Artículo 2.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones es la dependencia responsable de la observancia de las condiciones técnicas previstas en el Plan de Asignación de Frecuencias aprobado. En tal sentido, en la evaluación de las solicitudes de autorización y de modificación de características técnicas observará su estricto cumplimiento.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROSA VIRGINIA NAKAGAWA MORALES

Viceministra de Comunicaciones

1730831-1