Aprueban la Norma Técnica Nº 001-2018-SGP, Norma Técnica para la implementación de la gestión por procesos en las entidades de la administración pública

Resolución de Secretaría

de Gestión Pública

Nº 006-2018-PCM/SGP

Miraflores, 27 de diciembre de 2018

VISTO:

El Informe Nº 000019-2018-SSAP-JSN de la Subsecretaria de Administración Pública de la Secretaria de Gestión Pública;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 46 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, incluye a la Modernización de la Gestión Pública como uno de los Sistemas Administrativos de aplicación nacional, a fin de promover la eficacia y eficiencia en el uso de los recursos en las entidades de la administración pública;

Que, el artículo 5-A de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece que el Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública tiene por finalidad velar por la calidad de la prestación de los bienes y servicios; incluyendo entre sus ámbitos, entre otros, a la gestión por procesos. Asimismo, señala que la Presidencia del Consejo de Ministros a través de la Secretaría de Gestión Pública, ejerce la rectoría de dicho Sistema;

Que, el literal g) del artículo 7 del Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 123-2018-PCM, señala que la gestión de procesos tiene como propósito organizar, dirigir y controlar las actividades de trabajo de una entidad pública de manera transversal a las diferentes unidades de organización, para contribuir con el logro de los objetivos institucionales. Comprende acciones conducentes a la determinación de los procesos de la entidad, así como a su medición y análisis con el propósito de implementar mejoras en su desempeño, priorizando los procesos que contribuyan al logro de los objetivos de la entidad pública o aquellos que puedan afectar dicho logro, representen mayor demanda, concentren la mayor cantidad de reclamos o quejas, entre otros similares;

Que, asimismo, el literal b) del artículo 21 del citado Reglamento, establece que la función normativa del ente rector del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública comprende la facultad de emitir resoluciones de Secretaría de Gestión Pública a través de las cuales se aprueban normas técnicas que establecen procedimientos, protocolos, estándares u otros aspectos técnicos a implementar o cumplir por las entidades públicas, así como disposiciones que complementan las normas sustantivas, vinculados con el Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, siendo de obligatorio cumplimiento paras las entidades públicas comprendidas dentro de su ámbito de aplicación;

Que, en ese marco, mediante la Resolución Ministerial Nº 227-2018-PCM, publicada el 21 de setiembre del presente año, se dispone la prepublicación, en el portal institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros, del proyecto de norma técnica para la implementación de la Gestión por Procesos en las entidades de la Administración Pública, con el objetivo de conocer las opiniones y sugerencias de las personas interesadas, estableciéndose un plazo de quince (15) días calendario contados a partir de la publicación de la resolución en mención en el Diario Oficial El Peruano para la recepción de las mismas.

Que, tomando en consideración las opiniones y sugerencias de acuerdo a lo indicado en la Resolución Ministerial antes mencionada, la Secretaría de Gestión Pública ha elaborado la norma técnica para la implementación de la gestión por procesos en las entidades de la administración pública, como herramienta de gestión que contribuya con el cumplimiento de los objetivos institucionales y en consecuencia, un impacto positivo en el bienestar de los ciudadanos;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 123-2018-PCM, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 022-2017-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación

Apruébese la Norma Técnica Nº 001-2018-SGP, Norma Técnica para la implementación de la gestión por procesos en las entidades de la administración pública, la misma que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Ámbito de aplicación

La Norma Técnica aprobada por la presente Resolución, es de aplicación obligatoria para las entidades a las que se refiere el artículo 3 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, en todo aquello que les sea aplicable.

Artículo 3.- Adecuación

Disponer que las entidades de la administración pública que cuenten con disposiciones normativas internas que establezcan criterios y reglas para la implementación de la gestión por procesos en sus entidades deberán adecuarse a lo dispuesto en la Norma Técnica aprobada por la presente Resolución hasta diciembre de 2019.

Artículo 4.- Derogación

Disponer la derogación de la Directiva Nº 002-77-INAP/DNR “Normas para la formulación de Manuales de Procedimientos”, aprobada con la Resolución Jefatural Nº 059-77-INAP/DNR, de la Dirección Nacional de Racionalización, del Instituto Nacional de Administración Pública (INAP), que establece los lineamientos que las entidades de la Administración Pública deben considerar para la formulación de sus Manuales de Procedimientos (MAPRO).

Artículo 5.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, y establecer que la Norma Técnica aprobada por la presente Resolución sea publicada en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MAYEN UGARTE VÁSQUEZ – SOLIS

Secretaria de Gestión Pública

1727265-1