Aprueban el “PV-003: Procedimiento para la verificación de medidores de agua con diámetro nominal de 15 mm a 25 mm en laboratorio”

RESOLUCIÓN DIRECTORAL

N° 009-2018-INACAL/DM

Lima, 27 de diciembre de 2018

VISTO:

El Informe Técnico DM N° 211-2018, de fecha 26 de diciembre de 2018 del Responsable del Equipo Funcional de Metrología Científica e Industrial de la Dirección de Metrología, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, dispone que el Instituto Nacional de Calidad–INACAL, es un Organismo Público Técnico Especializado adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y financiera; además, es el ente rector y máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional para la Calidad, y tiene, como uno de sus órganos de línea, a la Dirección de Metrología;

Que, el numeral 35.1 del artículo 35 de la Ley 30224 y el artículo 39 del Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, modificado por Decreto Supremo N° 008-2015-PRODUCE, establece que la Dirección de Metrología es la autoridad nacional competente para administrar la política y gestión de la metrología, goza de autonomía técnica y funcional y ejerce funciones a nivel nacional. Establece, custodia y mantiene los patrones nacionales de medida y provee la trazabilidad al Sistema Internacional de Unidades. Además, es responsable de normar y regular la metrología legal; se sujeta a lo establecido en el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y los acuerdos internacionales sobre la materia;

Que, el numeral 36.2 del artículo 36 de la Ley dispone que el órgano de línea responsable de la materia de metrología del INACAL (Dirección de Metrología) establece las características técnicas y metrológicas, los errores máximos permisibles y los métodos de ensayo de los medios de medición sujetos a control metrológico, así como la información metrológica que deben tener los envases y las tolerancias del contenido neto de los productos envasados a ser comercializados;

Que, la Dirección de Metrología, dentro de sus funciones señaladas en el artículo 40 del Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE, tiene, entre otras, las siguientes: “d) Establecer las características técnicas y metrológicas, los errores máximos permisibles y los métodos de ensayo de los medios de medición sujetos a control metrológico, así como la información metrológica que debe tener los envases y las tolerancias del contenido neto de los productos envasados a ser comercializados” y “j) Elaborar directivas, guías y normas, entre otros documentos relacionados con actividades propias de la dirección”;

Que, Mediante Resolución Directoral N° 001-2017-INACAL/DM, del 22 de marzo de 2017, se aprueba el “Reglamento para la Autorización como Unidad de Verificación Metrológica (UVM)” que realizaran verificaciones metrológicas (verificación inicial y verificación posterior) de instrumentos de medición sujetos a control metrológico;

Que, con Resolución Directoral N° 005-2018-INACAL/DM, se aprueba la verificación posterior de los medidores de agua, medidores de energía eléctrica y medidores de gas como parte del control metrológico, las cuales deberán ser realizadas por Unidades de Verificación Metrológica autorizadas por la Dirección de Metrología;

Que, con la finalidad de incluir la verificación posterior en laboratorio de medidores de agua en el PV-003, ya que la “edición 0 – agosto 2015” sólo incluía la verificación inicial, se ha elaborado el proyecto “PV-003: Procedimiento para la verificación de medidores de agua con diámetro nominal de 15 mm a 25 mm, en laboratorio” edición 1 – diciembre 2018 el cual establece los pasos a seguir por el personal técnico para efectuar la verificación inicial y posterior de medidores de agua potable en laboratorio de acuerdo a las NMP 005:1996, NMP 005:2011 y NMP 005:2018;

Que, habiéndose recibido observaciones y comentarios al “PV-003: Procedimiento para la verificación de medidores de agua con diámetro nominal de 15 mm a 25 mm, en laboratorio” y luego de realizada la evaluación, corresponde proceder a su aprobación;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, y en el Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, y su modificatoria;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el “PV-003: Procedimiento para la verificación de medidores de agua con diámetro nominal de 15 mm a 25 mm en laboratorio”, Edición 1, Diciembre 2018.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y del “PV-003: Procedimiento para la verificación de medidores de agua con diámetro nominal de 15 mm a 25 mm, en laboratorio”, Edición 1, Diciembre 2018 en el portal institucional del INACAL (www.inacal.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

José Dajes Castro

Director de Metrología

1726885-1