Disponen el pago de compensación económica a favor de Sucesión Intestada
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 043-2018/MDA
Ate, 20 de diciembre de 2018
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE ATE
Visto, el Proveído Nº 1643-2018-MDA/GM de la Gerencia Municipal y el Informe Nº 034-2018-MDA/AA de Asesoría de Alcaldía;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, de conformidad con el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal, y resuelven o regulan asuntos de orden general o de interés para el vecindario que no sean de competencia del Concejo Municipal;
Que, la Municipalidad Distrital de Ate tiene a su cargo la ejecución del importante Proyecto de Inversión Pública (PIP) “Mejoramiento de la Avenida Ferrocarril y la Avenida San Juan, Tramo: Urbanización Santa Elvira (Límite Río Surco) y Urbanización Santa Rosita (Límite con el Barrio Rosa Manuel)” Código SNIP Nº 381634; cuya realización afectará un área de 774.04 m2 que es parte de un inmueble sito en la Sección 011 zona 03 de la Asociación Santa Martha Baja, Dpto. Lima, Provincia de Lima distrito de Ate, (Anteriormente denominado Lote 03 de la Manzana constituida por parte del Fundo denominado Zavala del Distrito de Ate);
Que, conforme figura en la Partida Nº 46725751 de los Registros Públicos de la Propiedad Inmueble de Lima, los propietarios de dicho inmueble son la SUCESIÓN INTESTADA SEGUNDO JUAN QUEIROLO GUTIERREZ integrada por los señores LUISA VIRGINIA ROCCA VALLE DE QUEIROLO, SONIA ROSA QUEIROLO ROCCA, VIRGINIA MARIA QUEIROLO ROCCA, GIANNINA ROXANA QUEIROLO ROCCA, y LINO ISMAEL QUEIROLO ROCCA, debidamente representados por doña VIRGINIA MARIA QUEIROLO ROCCA, conforme poder inscrito en la Partida Nº 11544681 del Registro de Mandatos y Poderes, de los Registros Públicos de Lima;
Que, de acuerdo al procedimiento establecido por el Decreto Legislativo Nº 1192 modificado por el Decreto Legislativo Nº 1330 y demás normas complementarias, la Municipalidad de Ate suscribió con los referidos propietarios un Acta de Trato Directo de fecha 19 de diciembre de 2018, documento en el que ellos reconocen que el trazo vial de la futura obra se superpone con un área de 774.04 m2 de su predio, por lo que asumen el compromiso de transferir a la Municipalidad el área afectada a cambio de una compensación económica;
Que, en el Acta de Trato Directo, se dejó constancia que ambas partes han aceptado que el precio acordado para la compensación económica ha sido el valor comercial establecido por la tasación realizada por la Dirección de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y el incentivo del veinte por ciento (20%) que establece el numeral 20.2) del artículo 20º del Decreto Legislativo Nº 1192 modificado por el Decreto Legislativo Nº 1330 para este tipo de acuerdos;
Que, mediante Informe Nº 034-2018-MDA/AA, de Asesoría del Despacho de Alcaldía, señala que estando a lo coordinado con la Gerencia Municipal y el Despacho de Alcaida, se proceda a proyectar el Decreto de Alcaldía correspondiente;
ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA Y EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS EN EL NUMERAL 6) DEL Artículo 20º Y Artículo 42º DE LA LEY Nº 27972, LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES
DECRETA:
Artículo 1º.- APROBAR; el valor de la compensación económica acordada en el Acta de Trato directo suscrito el 19 de diciembre de 2018 entre la Municipalidad de Ate y la SUCESIÓN INTESTADA SEGUNDO JUAN QUEIROLO GUTIERREZ debidamente representados por doña VIRGINIA MARIA QUEIROLO ROCCA, por el monto de S/1,800,136.86 (un millón ochocientos mil ciento treinta y seis soles con 86/100) a cambio de la transferencia de un área de 774.04 m2; conforme se detalla en la referida Acta que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto; en mérito a los considerandos antes expuestos.
Artículo 2º.- DISPONER; el pago de la compensación económica mencionada en el artículo precedente en favor de la SUCESIÓN INTESTADA SEGUNDO JUAN QUEIROLO GUTIERREZ debidamente representados por doña VIRGINIA MARIA QUEIROLO ROCCA, propietarios del inmueble sito en la Sección 011 zona 03 de la Asociación Santa Martha Baja, Dpto. Lima, Provincia de Lima distrito de Ate, (Anteriormente denominado Lote 03 de la Manzana constituida por parte del Fundo denominado Zavala del Distrito de Ate); que figura inscrito en la Partida Nº 46725751 de los Registros Públicos de la Propiedad Inmueble de Lima
Artículo 3º.- El egreso que genere el respectivo pago de la compensación económica cuenta con Certificación de Crédito Presupuestario Nº 0000004041 por la suma de S/.1,800,136.86 (Un Millón Ochocientos Mil Ciento Treinta y Seis Soles con 86/100), emitido por la Sub-Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planificación Estratégica, con cargo del Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al año fiscal 2018.
Artículo 4º.- ENCARGAR; a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y, el anexo en la Portal Web de la Municipalidad Distrital de Ate.
Artículo 5º.- ENCARGAR; el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Infraestructura Pública, Gerencia de Planificación Estratégica, Gerente de Administración y Finanzas y demás áreas pertinentes de la Corporación Municipal para los trámites administrativos del procedimiento de pago conforme a las normas legales vigentes.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
OSCAR BENAVIDES MAJINO
Alcalde
1726435-1