Declaran concluido el proceso de Elecciones Municipales 2018 con la relación de alcaldes, provinciales y distritales proclamados para el periodo 2019 - 2022

Resolución Nº 3591-2018-JNE

Lima, veintiuno de diciembre de dos mil dieciocho

VISTO el Informe Nº 3727-2018-SG/JNE, presentado por la secretaria general del Jurado Nacional de Elecciones, con fecha 20 de diciembre de 2018, con el cual informa que las actividades referidas a las Elecciones Municipales, llevadas a cabo el 7 de octubre de 2018 han concluido.

ANTECEDENTES

Convocatoria a Elecciones Municipales 2018

Mediante el Decreto Supremo Nº 004-2018-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano el 10 de enero de 2018, el Presidente de la República convocó a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de la República, para el domingo 7 de octubre de 2018. El referido decreto supremo convocó también a Elecciones Regionales, que se llevaron a cabo en la misma fecha.

Administración de Justicia Electoral

Por la Resolución Nº 0064-2018-JNE, de fecha 1 de febrero de 2018, se definieron las 93 circunscripciones administrativas y de justicia electoral para el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2018, así como igual número de Jurados Electorales Especiales (JEE) con competencia territorial sobre ellas y sus respectivas sedes.

Con la Resolución Nº 0274-2018-JNE, de fecha 3 de mayo de 2018, se estableció la conformación de los JEE, presididos por jueces superiores designados por las respectivas Cortes Superiores de Justicia, e integrados por un miembro elegido por la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal correspondiente, entre los fiscales superiores en actividad y jubilados, y por un miembro ciudadano designado por el Jurado Nacional de Elecciones, mediante sorteo en acto público entre los ciudadanos previamente seleccionados de manera aleatoria por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, que tengan domicilio registrado en el distrito sede de cada JEE; designaciones estas que se realizaron con arreglo a lo previsto en el artículo 33 de la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones (LOJNE).

La citada Resolución Nº 0274-2018-JNE, fue modificada por las Resoluciones Nos. 0297-2018-JNE, 0304-2018-JNE, 0756-2018-JNE, 3394-2018-JNE, de fechas 14 de mayo, 17 de mayo, 16 de julio y 8 de noviembre de 2018, respectivamente. Asimismo, en el transcurso del proceso electoral, algunos miembros de los JEE fueron reemplazados por sus suplentes, conforme a las Resoluciones Nos. 1707-2018-JNE, 2137-2018-JNE, 2138-2018-JNE, 3238-2018-JNE y 3544-2018-JNE, de fechas 3, 15 y 16 de agosto, 12 de octubre y 7 de diciembre de 2018, respectivamente.

Los JEE fueron instalados el 15 de mayo de 2018 y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36 de la LOJNE, tuvieron, entre otras funciones, las de recibir, calificar e inscribir las listas de candidatos presentadas por las organizaciones políticas, resolver en primera instancia las tachas contra las candidaturas, así como las actas observadas y los pedidos de nulidad de elecciones, proclamar los resultados de las Elecciones Municipales y emitir las credenciales a los candidatos electos.

CONSIDERANDOS

1. Llevado a cabo el acto de sufragio de las Elecciones Municipales, el 7 de octubre de 2018, los 93 JEE han cumplido con emitir las correspondientes Actas de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Electas, de los distritos electorales provinciales y distritales comprendidos en su respectivo ámbito de competencia territorial, sobre la base del cómputo realizado por las respectivas Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales.

2. Asimismo, este Pleno ha cumplido con resolver los recursos impugnatorios presentados oportunamente por los personeros de las organizaciones políticas participantes en el proceso electoral, para lo cual, de haber sido necesario, ha tenido a la vista los informes de la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales, y los ejemplares de las actas electorales que corresponden al Jurado Nacional de Elecciones.

3. Por otro lado, se constata que, en los 11 distritos que se indica a continuación, los JEE competentes declararon la nulidad de las elecciones, con arreglo a lo previsto en el artículo 36 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales (LEM), debido a que los votos nulos o los votos en blanco, sumados o separadamente superaron los 2/3 del número de votos emitidos.

JEE

DEPARTAMENTO

PROVINCIA

DISTRITO

SANCHEZ CARRION

LA LIBERTAD

SANTIAGO DE CHUCO

MOLLEPATA

HUARI

ANCASH

ANTONIO RAIMONDI

MIRGAS

HUAROCHIRI

LIMA

HUAROCHIRI

SANGALLAYA

CAJAMARCA

CAJAMARCA

CAJABAMBA

CONDEBAMBA

LUCANAS

AYACUCHO

LUCANAS

CHIPAO

HUAYTARA

HUANCAVELICA

CASTROVIRREYNA

HUACHOS

YAROWILCA

HUANUCO

YAROWILCA

PAMPAMARCA

SAN ANTONIO DE PUTINA

PUNO

SANDIA

ALTO INAMBARI

BAGUA

AMAZONAS

BAGUA

ARAMANGO

TRUJILLO

LA LIBERTAD

VIRU

GUADALUPITO

HUARAL

LIMA

CANTA

LACHAQUI

4. Asimismo, en un distrito, se declaró la nulidad por inasistencia de más del 50 % de votantes, debido a que no se instalaron todas las mesas de sufragio:

JEE

DEPARTAMENTO

PROVINCIA

DISTRITO

CAJAMARCA

CAJAMARCA

CELENDÍN

HUASMIN

5. En ese contexto, es necesario adoptar las medidas que garanticen la continuidad de la prestación de los servicios municipales y la gobernabilidad en los distritos en los cuales se declaró la nulidad de las elecciones, hasta que las nuevas autoridades sean electas en las Elecciones Municipales Complementarias que, de conformidad con el artículo 4 de la LEM, deberán convocarse dentro de los noventa (90) días naturales siguientes a la instalación de los concejos municipales y realizarse el primer domingo del mes de julio del año en que se inicia el mandato legal de las autoridades municipales.

Por ello, en ejercicio de la función de expedir credenciales a que se refiere el artículo 5, literal j, de la LOJNE, corresponde ampliar la vigencia de las credenciales otorgadas a las autoridades ediles del periodo 2015-2018 de las circunscripciones en las cuales las Elecciones Municipales 2018 fueron declaradas nulas. Dicha vigencia se mantendrá hasta que las autoridades electas en las Elecciones Municipales Complementarias 2019 asuman sus funciones, luego del proceso de transferencia respectivo.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE:

Artículo Primero.- DECLARAR concluido el proceso de Elecciones Municipales 2018 convocado mediante el Decreto Supremo Nº 004-2018-PCM, cuyo acto eleccionario se realizó el 7 de octubre de 2018, teniéndose como alcaldes provinciales y distritales, proclamados por los Jurados Electorales Especiales competentes, para el periodo 2019-2022, a los siguientes ciudadanos:

REGIÓN

PROVINCIA

DISTRITO

NOMBRES Y APELLIDOS

1

AMAZONAS

BAGUA

-

FERRY TORRES HUAMAN

2

AMAZONAS

BAGUA

COPALLIN

ELIAS FERNANDEZ ARISTA

3

AMAZONAS

BAGUA

EL PARCO

AMARU JAIRO TELLO VASQUEZ

4

AMAZONAS

BAGUA

IMAZA

ALEJANDRO MIKAYU YAGKUAG

5

AMAZONAS

BAGUA

LA PECA

FIDEL JARA CABRERA

6

AMAZONAS

BONGARA

-

ROMULO FLUMENCIO VARGAS MAS

7

AMAZONAS

BONGARA

CHISQUILLA

EVELIN AURORA CRUZ LAPIZ

8

AMAZONAS

BONGARA

CHURUJA

GEINER ESPINOZA MEZA

9

AMAZONAS

BONGARA

COROSHA

NILSON CANO VALDEZ

10

AMAZONAS

BONGARA

CUISPES

NEISER GALOC CAVA

11

AMAZONAS

BONGARA

FLORIDA

PERCY OSWALDO CHAVEZ ESCALANTE

12

AMAZONAS

BONGARA

JAZAN

DANIEL GUIOP HUAMAN

13

AMAZONAS

BONGARA

RECTA

MANUEL JESUS LOPEZ GOLAC

14

AMAZONAS

BONGARA

SAN CARLOS

NEPTALI ELIAS ALVAREZ SANTAMARIA

15

AMAZONAS

BONGARA

SHIPASBAMBA

PEPE PEREZ SILVA

16

AMAZONAS

BONGARA

VALERA

ESTEBAN SAMUEL VALQUI RAMOS

17

AMAZONAS

BONGARA

YAMBRASBAMBA

JOSE TELMO HERNANDEZ ZELADA

18

AMAZONAS

CHACHAPOYAS

-

VICTOR RAUL CULQUI PUERTA

19

AMAZONAS

CHACHAPOYAS

ASUNCION

HELDA MOLINARI TRAUCO

20

AMAZONAS

CHACHAPOYAS

BALSAS

SEGUNDO PABLO MAZA SANCHEZ

21

AMAZONAS

CHACHAPOYAS

CHETO

ELITA CULQUIMBOZ HUAMAN

22

AMAZONAS

CHACHAPOYAS

CHILIQUIN

JAIME PINEDO SOPLA

23

AMAZONAS

CHACHAPOYAS

CHUQUIBAMBA

HECTOR DIAZ AÑASCO

24

AMAZONAS

CHACHAPOYAS

GRANADA

SAMUEL CANLLA GOMEZ

25

AMAZONAS

CHACHAPOYAS

HUANCAS

WILIAN FREDY PUSCAN ALVA

26

AMAZONAS

CHACHAPOYAS

LA JALCA

WALTER HUMBERTO CULQUI VELASQUEZ

27

AMAZONAS

CHACHAPOYAS

LEIMEBAMBA

LAYNES SILVA VIGO

28

AMAZONAS

CHACHAPOYAS

LEVANTO

PABLO VILCA HUAMAN

29

AMAZONAS

CHACHAPOYAS

MAGDALENA

JOSE LUIS TENORIO TAUMA

30

AMAZONAS

CHACHAPOYAS

MARISCAL CASTILLA

CARMITA MAICELO BUSTAMANTE

31

AMAZONAS

CHACHAPOYAS

MOLINOPAMPA

KENI ROY PINEDO MORI

32

AMAZONAS

CHACHAPOYAS

MONTEVIDEO

DELMER MANUEL VERGARAY SANCHEZ

33

AMAZONAS

CHACHAPOYAS

OLLEROS

CARLO MAGNO INGA GALOC

34

AMAZONAS

CHACHAPOYAS

QUINJALCA

BRAULIO BALDEMAR GOÑAS CULQUI

35

AMAZONAS

CHACHAPOYAS

SAN FRANCISCO DE DAGUAS

ALFREDO GOMEZ CHAVEZ

36

AMAZONAS

CHACHAPOYAS

SAN ISIDRO DE MAINO

VICTOR AUGUSTO ALVAREZ OROSCO

37

AMAZONAS

CHACHAPOYAS

SOLOCO

EDER JHON ZUTA TOCHON

38

AMAZONAS

CHACHAPOYAS

SONCHE

EDINSON PALMER MAS

39

AMAZONAS

CONDORCANQUI

-

HECTOR ORLANDO REQUEJO LONGINOTE

40

AMAZONAS

CONDORCANQUI

EL CENEPA

CARLOS ALBERTO YANKIKAT

41

AMAZONAS

CONDORCANQUI

RIO SANTIAGO

MARCIAL PETSA TSEJEM

42

AMAZONAS

LUYA

-

DIOGENES HUMBERTO ZAVALETA TENORIO

43

AMAZONAS

LUYA

CAMPORREDONDO

CEIBER ALBERT LOZANO VASQUEZ

44

AMAZONAS

LUYA

COCABAMBA

SEGUNDO PEDRO CULQUIMBOZ ROJAS

45

AMAZONAS

LUYA

COLCAMAR

LESTER MENDOZA HUAMAN

46

AMAZONAS

LUYA

CONILA

GILMER CULLAMPE CANTA

47

AMAZONAS

LUYA

INGUILPATA

GEINER ZAGACETA ZAGACETA

48

AMAZONAS

LUYA

LONGUITA

MIGUEL CRUZ LASERNA

49

AMAZONAS

LUYA

LONYA CHICO

EFRAIN GUERRA GOMEZ

50

AMAZONAS

LUYA

LUYA

NEWMAN EDGARD TUESTA AGUILAR

51

AMAZONAS

LUYA

LUYA VIEJO

LAURIANO FERNANDEZ COLLANTES

52

AMAZONAS

LUYA

MARIA

PERLA DEL CARMEN TORREJON CRUZ

53

AMAZONAS

LUYA

OCALLI

ARON FUENTES DAVILA

54

AMAZONAS

LUYA

OCUMAL

ROBERT MENDOZA MESTANZA

55

AMAZONAS

LUYA

PISUQUIA

EDILBERTO CHAVEZ MEDINA

56

AMAZONAS

LUYA

PROVIDENCIA

WILDER PUERTA VASQUEZ

57

AMAZONAS

LUYA

SAN CRISTOBAL

ANTOLINO VALQUI VARGAS

58

AMAZONAS

LUYA

SAN FRANCISCO DE YESO

WILLIAM LOPEZ ALVA

59

AMAZONAS

LUYA

SAN JERONIMO

QUELMER GOMEZ POQUIOMA

60

AMAZONAS

LUYA

SAN JUAN DE LOPECANCHA

DENY ALCIVIADES GUTIERREZ TORREJON

61

AMAZONAS

LUYA

SANTA CATALINA

LEONCIO GOMEZ VELA

62

AMAZONAS

LUYA

SANTO TOMAS

ENRIQUE RITUAY CHAVEZ

63

AMAZONAS

LUYA

TINGO

NEWMAN GARCIA VARGAS

64

AMAZONAS

LUYA

TRITA

ALBERTO YALTA VELA

65

AMAZONAS

RODRIGUEZ DE MENDOZA

-

HELDER RODRIGUEZ ZELADA

66

AMAZONAS

RODRIGUEZ DE MENDOZA

CHIRIMOTO

TEOFILO IZQUIERDO LEON

67

AMAZONAS

RODRIGUEZ DE MENDOZA

COCHAMAL

JOSE FAUSTO LOPEZ TUESTA

68

AMAZONAS

RODRIGUEZ DE MENDOZA

HUAMBO

NOHEMIAS LOPEZ AGUILAR

69

AMAZONAS

RODRIGUEZ DE MENDOZA

LIMABAMBA

ALINSON RIVA NOVOA

70

AMAZONAS

RODRIGUEZ DE MENDOZA

LONGAR

AMANDO LOPEZ MUÑOZ

71

AMAZONAS

RODRIGUEZ DE MENDOZA

MARISCAL BENAVIDES

MARIO OCAMPO SALDAÑA

72

AMAZONAS

RODRIGUEZ DE MENDOZA

MILPUCC

OBED PORTOCARRERO PORTOCARRERO

73

AMAZONAS

RODRIGUEZ DE MENDOZA

OMIA

JAVIER DEL AGUILA TAFUR

74

AMAZONAS

RODRIGUEZ DE MENDOZA

SANTA ROSA

JOSE NERIDO ARBILDO AGUILAR

75

AMAZONAS

RODRIGUEZ DE MENDOZA

TOTORA

JULIO CESAR FERNANDEZ PORTOCARRERO

76

AMAZONAS

RODRIGUEZ DE MENDOZA

VISTA ALEGRE

MILDER ROJAS CAMPOS

77

AMAZONAS

UTCUBAMBA

-

HIDELFONSO GUEVARA HONORES

78

AMAZONAS

UTCUBAMBA

CAJARURO

HILDEBRANDO TINEO DIAZ

79

AMAZONAS

UTCUBAMBA

CUMBA

ELVIS ROBERT RAMOS GUEVARA

80

AMAZONAS

UTCUBAMBA

EL MILAGRO

RENE VARGAS CORONEL

81

AMAZONAS

UTCUBAMBA

JAMALCA

EDINSON URBINA LOPEZ

82

AMAZONAS

UTCUBAMBA

LONYA GRANDE

SEGUNDO DAMIAN TICLLA HIDROGO

83

AMAZONAS

UTCUBAMBA

YAMON

GILBERTO AREVALO TORRES

84

ANCASH

AIJA

-

PEDRO MOISES ROQUE ITA

85

ANCASH

AIJA

CORIS

ORLEY PRAGMASIO SALVADOR LUGO

86

ANCASH

AIJA

HUACLLAN

AGUSTIN DE CONTABER LEON QUIÑONES

87

ANCASH

AIJA

LA MERCED

MILLER OMAR CAMONES MAGUIÑA

88

ANCASH

AIJA

SUCCHA

ULISES GUILLERMO INTI TORRES

89

ANCASH

ANTONIO RAIMONDI

-

FELIX SANDOVAL DIAZ

90

ANCASH

ANTONIO RAIMONDI

ACZO

JUAN MOISES CHAVARRIA CARDENAS

91

ANCASH

ANTONIO RAIMONDI

CHACCHO

ELMER HORACIO VILLAORDUÑA JARA

92

ANCASH

ANTONIO RAIMONDI

CHINGAS

EMMER DAIMLER TORRE OSTOS

93

ANCASH

ANTONIO RAIMONDI

SAN JUAN DE RONTOY

WILMER IVAN LEYVA HIDALGO

94

ANCASH

ASUNCION

-

JESUS ALBERTO ZARAGOZA GUZMAN

95

ANCASH

ASUNCION

ACOCHACA

EDGAR BENEDICTO ARCE RAMIREZ

96

ANCASH

BOLOGNESI

-

GUDBERTO CARRERA PADILLA

97

ANCASH

BOLOGNESI

ABELARDO PARDO LEZAMETA

PEDRO RIVER GOMERO ALVARADO

98

ANCASH

BOLOGNESI

ANTONIO RAIMONDI

ROLANDO CUEVA BAUTISTA

99

ANCASH

BOLOGNESI

AQUIA

IVO DOMINOVICH ACUÑA TAPIA

100

ANCASH

BOLOGNESI

CAJACAY

JUAN MANUEL CASTILLO LUNA

101

ANCASH

BOLOGNESI

CANIS

ABEL LEON HUAMAN

102

ANCASH

BOLOGNESI

COLQUIOC

GUILLERMO CARLOS PARIASCA DEXTRE

103

ANCASH

BOLOGNESI

HUALLANCA

WILMER SERAFIN CORNELIO ROJAS

104

ANCASH

BOLOGNESI

HUASTA

EDINSON RUDNER PEREZ VALDEZ

Artículo Segundo.- DECLARAR que, en los distritos señalados a continuación, las autoridades municipales elegidas para el periodo de gobierno municipal 2015-2018 continúan en funciones, en sus respectivos concejos municipales, hasta que las nuevas autoridades, elegidas en Elecciones Municipales Complementarias 2019, asuman el cargo; por lo que sus actuales credenciales mantienen su vigencia hasta que culminen el ejercicio del cargo.

Artículo Tercero.- SOLICITAR a la Presidencia de la República la convocatoria a Elecciones Municipales Complementarias para los distritos referidos en el artículo precedente.

Artículo Cuarto.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economía y Finanzas, del Poder Judicial, del Ministerio Público, de la Contraloría General de la República, del Banco de la Nación, de la Defensoría del Pueblo, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines que se estime pertinentes.

Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

TICONA POSTIGO

ARCE CÓRDOVA

CHANAMÉ ORBE

RODRÍGUEZ VÉLEZ

Concha Moscoso

Secretaria General

1726389-1