Modifican el diseño del formato de instrumento de formalización de COFOPRI, aprobado con Resolución Directoral N° 041-2018-COFOPRI/DE

RESOLUCIÓN DIRECTORAL

N° 177-2018-COFOPRI/DE

Lima, 21 de diciembre de 2018

VISTOS, los Memorándums Nros 287 y 289-2018-COFOPRI/Ull del 12 y 14 de diciembre de 2018, emitido por la Unidad de Imagen Institucional, el Informe N° 0095-2018-COFOPRI/DFIND del 14 de diciembre de 2018, de la Dirección de Formalización Individual, y el Informe N° 632-2018-COFOPRI/OAJ del 17 de diciembre de 2018, elaborado por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto Legislativo N° 803, Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, complementada por la Ley N° 27046, se crea la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal, ahora Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, conforme a la Segunda Disposición Complementaria de la Ley N° 28923, Ley que establece el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y titulación de Predios Urbanos;

Que, de conformidad con el tercer párrafo del artículo 2° del Decreto Legislativo N° 803, modificado por la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley N° 28923, Ley que establece el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Urbanos, se establece que el Director Ejecutivo es la máxima autoridad de la Entidad quien ejercerá la titularidad del pliego presupuestal;

Que, según la Ley N° 28923, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2007-VIVIENDA, el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI asumió competencia para la formalización de la propiedad informal a que se refiere el Título I de la Ley N° 28687, la cual se circunscribe en la formalización de posesiones informales ubicadas sobre propiedad estatal;

Que, el artículo 30 y la Quinta Disposición Final del Reglamento de Formalización de la Propiedad a cargo de COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo N° 013-99-MTC y el artículo 5 de la Ley N° 28923, establecen que COFOPRI aprobará las características, contenidos y formatos de los instrumentos de formalización, fichas de empadronamiento y demás que se requieran para dicha etapa del Proceso de Formalización;

Que, el numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Supremo N° 006-2006-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento del Título I de la Ley N° 28687, referido a “Formalización de la Propiedad Informal de Terrenos Ocupados por Posesiones Informales, Centros Urbanos Informales y Urbanizaciones Populares”, define a los Instrumentos de Formalización, a los títulos de propiedad, de afectación en uso, títulos de saneamiento de propiedad, instrumentos de rectificación y todo aquel instrumento que se emita en el ámbito de la formalización de la propiedad, a fin de sanear e inscribir la titularidad de los predios, los cuales tienen mérito suficiente para su inscripción registral;

Que, mediante Resolución Directoral N° 041-2018-COFOPRI/DE del 05 de abril de 2018, se aprobó el diseño del formato de los instrumentos de formalización de COFOPRI;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 113-2018-PCM, publicada el 27 de abril de 2018, se establece como política de comunicaciones del Poder Ejecutivo, la obligación para todas sus instancias, tales como Ministerios, Organismos Públicos, programas y proyectos, de utilizar el logo y frase “EL PERU PRIMERO” en toda publicidad institucional informativa y aquella por la que se comunique a la población los servicios que se le brinda;

Que, la Unidad de Imagen Institucional con los documentos de vistos, refiere que los títulos de propiedad que viene entregando COFOPRI a la población no cumplen con las características y/o elementos visuales, ni comunicacionales que fortalezcan la identidad institucional ni la del Poder Ejecutivo, en el marco de la aplicación de la Resolución Ministerial N° 113-2018-PCM que establece la obligación para todas sus instancias de utilizar el logo y la frase “EL PERÚ PRIMERO” en toda publicidad institucional informativa y aquella por la que se comunique a la población los servicios que se le brinda;

Que, además señala que ante la falta de un manual para el diseño de formato de los instrumentos de formalización de COFOPRI, considera pertinente detallar las características de diseño vigentes, aprobadas con Resolución Directoral N° 041-2018-COFOPRI/DE, así como efectuar algunas modificaciones en la tapa, referidas a: las medidas del recuadro superior sin impresión/ fondo blanco y del recuadro medio con impresión/fondo blanco, la ubicación y tamaño de logotipos de COFOPRI y Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la eliminación del periodo 2016-2021 del recuadro inferior con impresión/fondo blanco, entre otras; así como en la contratapa, tales como: incorporación del logotipo COFOPRI y El Perú Primero, eliminación del sello de agua Logo Bicentenario – COFOPRI;

Que, por su parte la Dirección de Formalización Individual con el Informe N° 0095-2018-COFOPRI/DFIND, formula algunas recomendaciones respecto al diseño de formato de los instrumentos de formalización de COFOPRI;

Que, vista la propuesta formulada por la Unidad de Imagen Institucional respecto al formato de los instrumentos de formalización de COFOPRI, el mismo que recoge las recomendaciones de la Dirección de Formalización Individual, así como lo dispuesto por la Resolución Ministerial N° 113-2018-PCM, y en tanto es política de la administración pública su acercamiento al ciudadano, resulta necesario aprobar el referido formato, a fin de que los usuarios de COFOPRI identifiquen los servicios que presta la entidad en representación del Estado;

Que, mediante el Informe N° 632-2018-COFOPRI/OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica opina de manera favorable a la propuesta presentada por la Unidad de Imagen Institucional;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 803, Ley N° 28923, los Decretos Supremo Nros. 013-99-MTC, 008-2007-VIVIENDA y 025-2007-VIVIENDA, la Resolución Ministerial N° 113-2018-PCM, y con el visado de Gerencia General, la Dirección de Formalización Individual, la Oficina de Asesoría Jurídica, y la Unidad de Imagen Institucional;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Modificar el diseño del formato de instrumento de formalización de COFOPRI, aprobado con Resolución Directoral N° 041-2018-COFOPRI/DE, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Publicar el texto de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y el Portal Institucional de COFOPRI (www.cofopri.gob.pe).

Artículo 3°.- Notificar la presente Resolución a los órganos estructurados del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI.

Regístrese, comuníquese y publíquese en el Portal Institucional.

CESAR ROBERTO FIGUEREDO MUÑOZ

Director Ejecutivo

1726097-1