Autorizan viaje de personal a la Estación Científica Antártica “Machu Picchu” (ECAMP), en comisión de servicios

resolución ministerial

N° 0772/re-2018

Lima, 21 de diciembre de 2018

CONSIDERANDO:

Que, el Perú se adhirió el 10 de abril de 1981 al Tratado Antártico, y en 1989 fue aceptado como Parte Consultiva del mismo al demostrar su interés científico en la Antártida, a través de las campañas científicas ANTAR I y ANTAR II y el establecimiento de la Estación Científica Antártica “Machu Picchu” (ECAMP);

Que, la Política Nacional Antártica, aprobada por Decreto Supremo N.° 014-2014-RE, dispone que debe asegurarse la realización y continuidad de las Campañas Científicas del Perú a la Antártida (ANTAR), a fin de consolidar la presencia activa y permanente del Perú en el continente Antártico;

Que, la Política Nacional Antártica prescribe que es el Ministerio de Relaciones Exteriores la entidad del Estado peruano encargada de su formulación, coordinación, conducción y supervisión, toda vez que es su ente rector;

Que, la Matriz de Estrategias, Metas e Indicadores de la Política Nacional Antártica, aprobada por Resolución Ministerial N.° 0624-2014-RE, establece como Acción Estratégica la ejecución anual de las Campañas Científicas del Perú a la Antártida (ANTAR);

Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores, en virtud del inciso 13 del artículo 6° de la Ley N.° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, es responsable de formular, coordinar, conducir y supervisar la Política Nacional Antártica, en cuyo marco se ejecutan todas las actividades que las entidades de los sectores público y privado realicen;

Que, el inciso k) del artículo 72° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 135-2010-RE, dispone como función específica de la Cancillería dirigir, gestionar y supervisar las actividades que desarrolla el Perú en el continente Antártico;

Que, mediante Resolución de Secretaría General N.° 144-2017-RE, de 25 de enero de 2017, se aprobó la Directiva N.° 001-2017-ORH/OGA/RE “Disposiciones para viajes en comisión de servicios en el territorio nacional y el exterior”, la cual dispone que es de cumplimiento y observancia obligatoria por la Cancillería y sus Órganos Desconcentrados, comprendiendo a todos sus funcionarios y empleados que realicen viajes de comisión de servicios, así como a funcionarios y empleados públicos de otras instituciones y personas que no siendo funcionarios o empleados públicos realicen viajes en condición de representantes, delegados, comisionados o similares, con recursos del pliego presupuestal 008 Ministerio de Relaciones Exteriores;

Que, el numeral 4.1 de la citada Directiva señala que la comisión de servicios es el desplazamiento temporal programado o imprevisto que realiza el comisionado fuera de la ciudad donde se ubica su sede habitual de trabajo, por disposición de la autoridad competente, para realizar actividades relacionadas a los objetivos institucionales o funciones propias del Ministerio de Relaciones Exteriores; no pudiendo exceder, en ningún caso, el máximo de treinta (30) días calendario por vez;

Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante convenios marco de cooperación interinstitucional con las entidades nacionales participantes en las expediciones científicas peruanas a la Antártida, está facultado a brindar apoyo, promover y proveer los elementos, bienes y/o servicios necesarios con miras a la realización de actividades de investigación en las referidas campañas, cuya organización es de responsabilidad del Ministerio de Relaciones Exteriores como ente rector de la Política Nacional Antártica;

Que, en virtud del inciso f) del artículo 77° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 135-2010-RE, le corresponde a la Cancillería organizar las expediciones científicas a la Antártida, en coordinación con los sectores vinculados;

Que, de acuerdo a estas funciones, el Ministerio de Relaciones Exteriores ha previsto la realización de la Vigésima Sexta Campaña Científica del Perú a la Antártida (ANTAR XXVI) entre el 7 de diciembre de 2018 y el 15 de marzo de 2019;

Que, la citada expedición tendrá como objetivos profundizar el aporte científico del Perú al conocimiento de la Antártida; dar continuidad a las investigaciones que se vienen desarrollando desde expediciones anteriores; actualizar los estudios técnicos de base para la formulación de proyectos orientados al fortalecimiento de la infraestructura antártica nacional; fortalecer la cooperación con otros Estados Parte del Tratado Antártico; y contribuir a la difusión del valor de la Antártida como Reserva Natural para la Paz y la Ciencia;

Que, con Resolución Ministerial N.° 744-2018-RE, de 7 de diciembre de 2018, se designó a los miembros de la delegación peruana que participarán como expedicionarios de la Vigésima Sexta Campaña Científica del Perú a la Antártida (ANTAR XXVI), ubicada en la isla Rey Jorge o 25 de Mayo, Antártida, del 7 de diciembre de 2018 al 15 de marzo de 2019;

Que, el despliegue y repliegue de los expedicionarios, suministros y equipos de la ANTAR XXVI a la Estación Científica Antártica “Machu Picchu” (ECAMP) se realizará entre el 7 de diciembre de 2018 y el 15 de marzo de 2019;

Que, la referida Estación Científica brinda facilidades para la permanencia de los expedicionarios, por lo que la asignación de viáticos corresponderá a un 20% del monto máximo establecido por el Decreto Supremo N.° 056-2013-PCM;

La Hoja de Trámite (GAC) N.° 3321, del Despacho Viceministerial; y los memoranda (DSL) N.° DSL00555/2018, de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, y (OPP) N.° OPP1611/2018, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 20 de diciembre de 2018, que otorga la certificación de crédito presupuestario al presente viaje;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo N° 135-2010-RE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo N° 014-2014-RE, que aprueba la Política Nacional Antártica; la Resolución Ministerial N° 0624-2014-RE, que aprueba su Matriz de Estrategias, Metas e Indicadores; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatorias, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y modificatoria; y, la Ley N.° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2018;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios, en el marco de la Vigésima Sexta Campaña Científica del Perú a la Antártida (ANTAR XXVI), del siguiente personal a la Estación Científica Antártica “Machu Picchu” (ECAMP), ubicada en la Isla Rey Jorge o 25 de mayo, Antártida, para participar del 22 de diciembre de 2018 al 19 de enero de 2019, a fin de cumplir funciones de su especialidad en la citada estación:

MINISTERIO DE DEFENSA – DIRECCIÓN DE HIDROGRAFÍA Y NAVEGACIÓN (DHN)

• Técnico 2° AP Orlando Tasayco Arias, de la Dirección de Hidrografía y Navegación

• OM1 AP Joel Carlos Bruno Soldevilla, de la Dirección de Hidrografía y Navegación;

• OM1 AP Jhoel Alexander Montalvo Rondón, de la Dirección de Hidrografía y Navegación

• Empleado Civil CAS Roberto Franko Chauca Hoyos, de la Dirección de Hidrografía y Navegación

• Empleado Civil CAS Juan José Sarazu Cotrina, de la Dirección de Hidrografía y Navegación

MINISTERIO DE DEFENSA – DIRECCIÓN DE METEOROLOGIA AERONAUTICA (DIRMA)

• Capitán FAP Mijail Edu Loayza Mercado, de la Dirección de Meteorología Aeronáutica;

• Capitán FAP Nilo Andia Oscco, de la Dirección de Meteorología Aeronáutica.

Artículo 2.- Los gastos de participación de los expedicionarios, por concepto de viáticos en la ciudad de Punta Arenas, República de Chile, el 22 de diciembre de 2018, en la etapa de despliegue, que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0033896: Realización periódica de las campañas científicas a la Antártida, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor a quince (15) días calendario al término de la expedición de acuerdo al siguiente detalle:

Nombres y Apellidos

Pasaje Aéreo Clase Económica

Viáticos por día US$

N° de días

Total Viáticos US$

Orlando Tasayco Arias

1,098.00

370

1

370

Joel Carlos Bruno Soldevilla,

1,098.00

370

1

370

Jhoel Alexander Montalvo Rondón

1,098.00

370

1

370

Roberto Franko Chauca Hoyos

1,098.00

370

1

370

Juan José Sarazu Cotrina

1,098.00

370

1

370

Mijail Edu Loayza Mercado

1,098.00

370

1

370

Nilo Andia Oscco

1,098.00

370

1

370

Artículo 3.- Los gastos de participación del siguiente personal durante su permanencia en la Estación Científica Antártica “Machu Picchu” (ECAMP), del 23 de diciembre de 2018 al 19 de enero de 2019, serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0033896 Realización Periódica de las Campañas Científicas a la Antártica, debiendo rendir cuenta en un plazo no mayor de quince (15) días calendario al término de la expedición, de acuerdo al siguiente detalle:

Nombres y Apellidos

20% Viáticos por día

US$

N° de días

Total Viáticos US$

Orlando Tasayco Arias

74

28

2072

Joel Carlos Bruno Soldevilla,

74

28

2072

Jhoel Alexander Montalvo Rondón

74

28

2072

Roberto Franko Chauca Hoyos

74

28

2072

Juan José Sarazu Cotrina

74

28

2072

Mijail Edu Loayza Mercado

74

28

2072

Nilo Andia Oscco

74

28

2072

Artículo 4.- Dentro de los quince (15) calendario, posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios deberán presentar al Ministro de Relaciones Exteriores un informe consolidado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado

Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Néstor Popolizio Bardales

Ministro de Relaciones Exteriores

1725999-1