Disponen la prepublicación en el portal electrónico de la Autoridad Marítima Nacional del Proyecto que aprueba la modificación de la R.D. N° 307-2007 a fin de actualizar las disposiciones para la formación y titulación del personal de buzos
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 1575-2018 MGP/DGCG
30 de noviembre de 2018
CONSIDERANDO:
Que, el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1147, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2014-DE de fecha 26 de noviembre del 2014, que regula el fortalecimiento de las Fuerzas Armadas en las competencias de la Autoridad Marítima Nacional – Dirección General de Capitanías y Guardacostas, establece en el numeral 34 de artículo 12, que corresponde a la Autoridad Marítima Nacional supervisar el desempeño de la gente de mar, personal de pesca, personal de náutica recreativa, prácticos, buzos y otros dedicados a las actividades acuáticas en el ámbito de su competencia;
Que, el Sub capítulo II, Capítulo I, Título V, del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1147, referido a los buzos, dispone que toda persona que desee desempeñarse como buzo deben contar con la licencia y libreta de buceo, de acuerdo a su clasificación y categoría; el registro de matrícula en la Dirección General y Capitanías de Puerto correspondientes; así como, las funciones, limitaciones y facultades que se otorgan de acuerdo a su clasificación y categoría; así como, la renovación cancelación y suspensión de la licencia, de igual manera señala las condiciones para realizar actividades de buceo en áreas acuáticas de gran profundidad, en ríos, caza subacuática, recreativo y científico; así como sobre los exámenes de los buzos;
Que, el Sub capítulo IV, Capítulo II, Título V, del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1147, relacionado con las empresas de trabajo submarino y salvamento, establece su categorización, ejecución de operaciones de buceo, responsabilidades, prohibiciones de trabajo, condiciones del equipamiento y las operaciones de buceo profesional;
Que, de la evaluación efectuada se considera pertinente modificar la Resolución Directoral N° 307-2007 del 19 julio del 2007, a fin de actualizar la norma para la formación y titulación del personal de buzos.
De conformidad con lo propuesto por el Jefe de Personal Acuático, a lo opinado por el Director de Asuntos Legales y a lo recomendado por el Director de Control de Actividades Acuáticas;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Disponer la prepublicación en el Portal Electrónico de la Autoridad Marítima Nacional https://www.dicapi.mil.pe en la fecha de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”, el Proyecto de Resolución Directoral que aprueba la pertinente modificación de la Resolución Directoral N° 307-2007 del 19 de julio del 2007, a fin de actualizar las disposiciones contenidas en dicha Resolución en relación a la actualización de la norma para la formación y titulación del personal de buzos, durante el plazo de veinte días (20) hábiles, para conocimiento opiniones y recomendaciones por parte de las entidades públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil, así como de las personas interesadas e involucradas.
Artículo 2°.- El Director de Control de Actividades Acuáticas; queda encargado de recibir, procesar, evaluar e incluir, de ser el caso, las diversas opiniones y recomendaciones que se reciban acerca del proyecto de modificación de las disposiciones contenidas en la Resolución Directoral indicada en el artículo anterior, para posteriormente elaborar el texto definitivo del citado documento; las propuestas y opiniones serán remitidas mediante el formato que como anexo, forma parte de la presente resolución, vía oficio en forma física o en forma digital al siguiente correo electrónico; dicaperacua@dicapi.mil.pe.
Regístrese y comuníquese como Documento Oficial Público (D.O.P.).
Rodolfo SABLICH Luna Victoria
Director General Accidental de
Capitanías y Guardacostas
1724026-1