Aprueban el Documento Técnico “Criterios de Priorización del Sector Salud”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 1286-2018/minsa

Lima, 7 de diciembre del 2018

Visto, el Expediente N° 18-128991-001, que contiene el Informe N° 1151-2018-OPMI-OGPPM/MINSA, emitido por la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1252, se crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones como sistema administrativo del Estado, con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país y se deroga la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública;

Que, el Decreto Legislativo N° 1432 modifica e incorpora disposiciones al Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (Invierte.pe);

Que, mediante Decreto Supremo N° 027-2017-EF y modificatorias, se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública;

Que, el numeral 5.1 del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1252, establece que son órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones: la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, los Órganos Resolutivos (OR), las Oficinas de Programación Multianual de Inversiones (OPMI), las Unidades Formuladoras (UF) y las Unidades Ejecutoras de Inversiones (UEI) del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local;

Que, la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1432, establece que cada Sector del Gobierno Nacional anualmente aprueba y publica en su portal institucional los criterios de priorización para la asignación de recursos a las inversiones que se enmarquen en su responsabilidad funcional, de acuerdo a las medidas sectoriales definidas por los rectores de las políticas nacionales. Dichos criterios son de aplicación obligatoria a las solicitudes de financiamiento que se presenten en el marco de la normatividad vigente y deben sujetarse a la finalidad del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y a los instrumentos de planeamiento estratégico aprobados en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico;

Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1432, dispone que en el plazo de sesenta (60) días hábiles contados desde la entrada en vigencia del mismo Decreto Legislativo, los Ministerios a cargo de los Sectores aprueban los criterios de priorización a que se refiere la Tercera Disposición Complementaria Final del presente Decreto Legislativo. Para tal efecto, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones y el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN), dentro de un plazo de quince (15) días hábiles contados desde la entrada en vigencia del presente Decreto Legislativo, coordinan y publican el cronograma de reuniones respectivo con los equipos sectoriales. Dichos criterios son de aplicación a las transferencias que se realicen a partir del año fiscal 2019, salvo que las inversiones hayan sido identificadas en la programación realizada para dicho periodo;

Que, el artículo 6 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, establece que el Órgano Resolutivo es el Ministro, el Titular o la máxima autoridad ejecutiva del Sector, y que le corresponde, entre otros, aprobar los criterios para la priorización de las inversiones a ser aplicadas en la elaboración de su Programación Multianual de Inversiones, en el marco de la política sectorial y planes de desarrollo respectivos;

Que, la Directiva para la Programación Multianual que regula y articula la Fase de Programación Multianual del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y la Fase de Programación del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobada por Resolución Ministerial N° 035-2018-EF/15, establece en el literal b) del numeral 6.3 del artículo 6, que la Oficina de Programación Multianual de Inversiones propone al Órgano Resolutivo los criterios de priorización de la Cartera de Inversiones, incluyendo la continuidad de inversiones, los cuales deben tener en consideración los objetivos nacionales, planes sectoriales nacionales, los planes de desarrollo concertados regionales o locales, respectivamente, concordante con las proyecciones del Marco Macroeconómico Multianual;

Que, mediante documento del visto la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, señala que en cumplimiento de la Tercera y Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1432, que modifica e incorpora disposiciones al Decreto Legislativo N° 1252, Decreto que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (Invierte.pe), y en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN), ha determinado los Criterios de Priorización para las inversiones del Sector Salud; por lo que propone la aprobación del Documento Técnico “Criterios de Priorización del Sector Salud”;

Con el visado del Director General de la Oficina General de Planeamiento Presupuesto y Modernización, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General, del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud y de la Viceministra de Salud Pública; y,

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1252, modificado con Decreto Legislativo N° 1432, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 027-2017-EF y modificatorias; la Directiva para la Programación Multianual que regula y articula la fase de Programación Multianual del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y la Fase de Programación del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobada por Resolución Ministerial N° 035-2018-EF/15; y, el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Documento Técnico “Criterios de Priorización del Sector Salud”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Encargar a la Oficina General de Planeamiento Presupuesto y Modernización, a través de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, la difusión del contenido del Documento Técnico “Criterios de Priorización del Sector Salud”, a las instancias correspondientes de los tres niveles de gobierno.

Artículo 3.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo, en el Portal Institucional del Ministerio de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SILVIA ESTER PESSAH ELJAY

Ministra de Salud

1721876-1