Modifican la Ordenanza Municipal N° 021-2018 y amplían el plazo de su vigencia hasta el 15 de diciembre del 2018

CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO

Ordenanza Municipal Nº 024-2018

Callao, 28 de noviembre de 2018

El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, visto Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, con el voto UNÁNIME del Cuerpo de Regidores y en ejercicio de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y su Reglamento de Organización Interior, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000034-2004; y

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ordenanza Municipal N° 021-2018-MPC publicada el 28 de octubre de 2018, en el Diario Oficial El Peruano, se aprueba la amnistía de multas administrativas en procedimiento y en cobranza coactiva y notificaciones de infracción en favor de los vecinos de la Provincia Constitucional del Callao, cuya vigencia es hasta el 30 de noviembre de 2018;

Que, se ha constatado que dentro de la jurisdicción del Cercado, aún existe gran cantidad de obligados con la necesidad de sanear su situación de deudor;

Que, en tal sentido, resulta necesario ampliar la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 021-2018, hasta el 31 de diciembre del 2018; y asimismo es necesario se derogue el literal h) de la Tercera Disposición Final, que consideraba que la amnistía de multas administrativas no se aplica para infracciones impuestas por edificaciones en las zonas identificadas como área de dominio público; a fin de que los vecinos puedan acogerse a dicha amnistía, pero subsistiendo la medida complementaria correspondiente;

Que, la presente Ordenanza tiene como antecedentes en los Informes Núms. 3027-2018-MPC-GGDU-GO y 247-2018-MPC-GGDU-GO-AL-YCS de la Gerencia de Obras y el Memorando N° 2744-2018-MPC/GGDU de la Gerencia General de Desarrollo Urbano, así como el Memorando Nº 760-2018-MPC/GGAJC de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación que opina por la procedencia de aprobar la presente ordenanza que modifica y amplía la Ordenanza Municipal N° 021-2018;

Estando a lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal Provincial del Callao ha dado la siguiente;

ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 021-2018 Y AMPLIA EL PLAZO HASTA EL 15 DE DICIEMBRE DEL 2018

Artículo 1. Apruébese la ampliación del plazo de la Ordenanza Municipal N° 021-2018, que aprueba amnistía de multas administrativas en procedimiento y en cobranza coactiva y notificaciones de infracción en favor de los vecinos de la Provincia Constitucional del Callao, hasta el 15 de diciembre del 2018.

Artículo 2. Derógase el literal h) de la Tercera Disposición Final de la Ordenanza Municipal Nº 021-2018.

Artículo 3.- Modifícase la Tercera Disposición Final de la Ordenanza Municipal Nº 021-2018, quedando redactada de la siguiente manera:

“Tercera.- No será aplicable la amnistía a las multas administrativas derivadas de las infracciones impuestas por edificaciones en las zonas identificadas como:

a. De interés arqueológico, histórico y patrimonio cultural.

b. De protección ecológica.

c. De riesgo para la salud e integridad física de los pobladores.

d. Reserva Nacional.

e. Áreas destinadas a inversiones públicas para equipamiento urbano, edificados por terceros.

f. Reserva para obras viales o de interés nacional, regional o local.

g. Riberas de ríos, lagos o mares, o cuyo límite no se encuentre determinado por las entidades competentes, como la Marina de Guerra del Perú, la Autoridad Nacional del Agua-ANA u otros”.

Artículo 4. Inclúyase en la amnistía a las multas administrativas contenidas en las notificaciones de infracción, resoluciones de multa administrativa notificadas e impugnadas y/o en estado cobranza coactiva, impuestas desde el año 2014, por edificar en zonas identificadas como Áreas de Dominio Público.

Artículo 5.- La cancelación del pago amparado en la presente Ordenanza no genera derechos de propiedad o posesión sobre Áreas de Dominio Público, no implica la regularización, interrupción ni la cancelación del procedimiento que impone sanciones no pecuniarias y/o medidas complementarias.

Artículo 6.- Publícase la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y encárguese a la Gerencia de Informática la publicación de la misma en el portal institucional www. municallao.gob.pe, en el Portal del Estado Peruano www. peru.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano.gob.pe

Artículo 7.- Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias y/o complementarias necesarias para lograr la adecuada aplicación y/o ampliación de la presente Ordenanza.

Artículo 8.- Encárguese a la Gerencia Municipal, Gerencia General de Desarrollo Urbano y la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, y a la Gerencia General de Relaciones Publicas su difusión.

Artículo 9.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

POR TANTO:

Mando se registre, comunique y cumpla.

RAFAEL A. URBINA RIVERA

Alcalde

1720335-1