Disponen la publicación del Proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 29022, Ley para el Fortalecimiento de la Expansión de Infraestructura en Telecomunicaciones

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 974-2018 MTC/01.03

Lima, 3 de diciembre de 2018

VISTO:

El Informe N° 0514-2018-MTC/26 de la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones; y,

CONSIDERANDO:

Que, por Ley Nº 29022, Ley para el Fortalecimiento de la Expansión de Infraestructura en Telecomunicaciones, en adelante la Ley, se establece un régimen especial y temporal en todo el territorio nacional para la instalación y expansión de los servicios públicos de telecomunicaciones, en especial en áreas rurales y lugares de preferente interés social y zonas de frontera, a través de la adopción de medidas que promuevan la inversión privada en infraestructura de telecomunicaciones; y, declara a los referidos servicios de interés nacional y necesidad pública como base fundamental para la integración de los peruanos y el desarrollo social y económico del país;

Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2015-MTC se aprueba el Reglamento de la Ley N° 29022, Ley para el Fortalecimiento de la Expansión de Infraestructura en Telecomunicaciones, en adelante el Reglamento, en el cual se establece las disposiciones que regulan el procedimiento de obtención de autorizaciones para la instalación de infraestructura de telecomunicaciones;

Que, el Anexo 2 del Reglamento establece los Lineamientos para la Instalación de Antenas y Torres de Telecomunicaciones, con la finalidad de minimizar el impacto visual de la infraestructura de telecomunicaciones;

Que, la Décimo Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones evalúa trimestralmente la necesidad de modificar el Anexo 2, considerando, entre otros aspectos, las mejores prácticas nacionales e internacionales sobre Mimetización de Antenas e Infraestructura de Telecomunicaciones;

Que, la infraestructura de telecomunicaciones necesita ser instalada de forma ordenada privilegiando el uso de modelos armonizados con su entorno paisajístico que busquen minimizar el impacto visual; debiéndose establecer parámetros de instalación de acuerdo a la evolución de las redes y en línea con las tendencias de ciudades desarrolladas;

Que, la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, mediante Informe N° 0514-2018-MTC/26, recomienda la publicación del Proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 29022, Ley para el Fortalecimiento de la Expansión de Infraestructura en Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2015-MTC, a efectos de recibir las sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general;

Que, el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, señala en su artículo 14 que las entidades públicas deben disponer la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia, en el Diario Oficial “El Peruano”, en sus portales electrónicos o mediante cualquier otro medio, debiendo permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas;

Que, asimismo, la Directiva N° 001-2011-MTC/01, aprobada por Resolución Ministerial N° 543-2011-MTC/01, regula la publicación de los proyectos de normas de carácter general en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones; indicando en el numeral 5.3.1.6 que el plazo para la recepción de comentarios u observaciones será como mínimo de treinta (30) días hábiles, salvo disposiciones contrarias específicas;

Que, el artículo 19 de los Lineamientos para Desarrollar y Consolidar la Competencia y la Expansión de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones en el Perú, incorporados al Decreto Supremo N° 020-98-MTC, mediante Decreto Supremo N° 003-2007-MTC, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones publicará para comentarios por un plazo mínimo de quince (15) días calendario, entre otros, los dispositivos legales referidos a los servicios de telecomunicaciones, los estudios sobre nuevas tendencias y otros que consideren relevantes, siendo aplicable en el presente caso el citado plazo por tratarse de un proyecto normativo relacionado a servicios públicos de telecomunicaciones;

Que, de acuerdo a lo expuesto, es necesario disponer la publicación del referido proyecto normativo en el portal institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a efectos de recibir las sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, y los Lineamientos para Desarrollar y Consolidar la Competencia y la Expansión de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones en el Perú, incorporados por el Decreto Supremo Nº 003-2007-MTC al Decreto Supremo Nº 020-98-MTC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Publicación del Proyecto

Disponer la publicación del Proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 29022, Ley para el Fortalecimiento de la Expansión de Infraestructura en Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2015-MTC, así como su exposición de motivos, en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, a efectos de recibir las sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general, dentro del plazo de quince (15) días calendario contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución.

Artículo 2.- Recepción y sistematización de comentarios

Las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto de Decreto Supremo a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben ser remitidas a la sede principal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones con atención a la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, ubicada en Jr. Zorritos No. 1203 – Cercado de Lima, o vía correo electrónico a la dirección rfarromeque@mtc.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDMER TRUJILLO MORI

Ministro de Transportes y Comunicaciones

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