Cancelan inscripción de empresa Integro Insurance Brokers Limited en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros

RESOLUCIÓN SBS Nº 4462-2018

Lima, 13 de noviembre de 2018

EL SECRETARIO GENERAL

VISTA:

La solicitud presentada por la empresa INTEGRO INSURANCE BROKERS LlMITED, para que se cancele su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones Sección I: De los Corredores de Reaseguros B: Extranjeros y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución S.B.S. N° 3163-2016 del 07 de junio de 2016 se autorizó la inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros a la empresa “Integro Insurance Brokers Limited”;

Que, en sesión de Directorio celebrada con fecha 29 de agosto de 2018, se acordó la culminación y cierre de las operaciones de la citada empresa corredora de reaseguros en el Perú;

Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en el artículo 17° del Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, aprobado en la Resolución S.B.S. N° 1797-2011, y en el procedimiento N° 150 del Texto Unico Procedimientos Administrativos de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (TUPA);

Que, estando a lo opinado por el Departamento de Registros; y,

De conformidad con lo establecido en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus modificatorias y en el TUPA de esta Superintendencia;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Cancelar la inscripción de la empresa Integro Insurance Brokers Limited con Registro N° CR-066 en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones Sección I: De los Corredores de Reaseguros B: Extranjeros; por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “EI Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS MELGAR ROMARIONI

Secretario General

1719632-1