Aprueban Montos y Escala del Incentivo Único del Pliego Presupuestal 448 Gobierno Regional del departamento de Huánuco
decreto supremo
Nº 273-2018-ef
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Centésima Décima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza por única vez al Ministerio de Economía y Finanzas a través de la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos, a aprobar los montos y la escala del Incentivo Único del Pliego Presupuestal 448 Gobierno Regional del Departamento de Huánuco, los mismos que serán aprobados mediante Decreto Supremo en el marco de la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; y que se financia con cargo al presupuesto institucional sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público;
Que, el inciso 1 de la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las escalas remunerativas y beneficios de toda índole, así como los reajustes de las remuneraciones y bonificaciones que fueran necesarios durante el Año Fiscal para los pliegos presupuestarios comprendidos dentro de los alcances de la Ley General, se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, a propuesta del Titular del Sector;
Que, en aplicación a lo dispuesto en la Centésima Décima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693; mediante los Oficios N°s 782 y 823-2018-GRH/GR el Gobierno Regional de Huánuco ha propuesto la escala de incentivo único, sustentada mediante el Informe Nº 408-2018-GRH/GRPPAT, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Huánuco, que ha informado que cuenta con la disponibilidad presupuestal en su presupuesto institucional modificado para el ejercicio presupuestal 2018, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, para el financiamiento de dicha escala; disponibilidad presupuestal que ha sido verificada por la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, a través del Memorando N° 1929-2018-EF/50.07;
Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar los montos y la escala del Incentivo Único del Pliego Presupuestal 448 Gobierno Regional del Departamento de Huánuco;
De conformidad con lo dispuesto en la Centésima Décima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, y la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;
DECRETA:
Artículo 1.- Aprobación de los montos y la escala del Incentivo Único
Apruébanse los montos y la escala del Incentivo Único del Pliego Presupuestal 448 Gobierno Regional del Departamento de Huánuco, conforme al Anexo que forma parte de este Decreto Supremo.
Artículo 2.- Ámbito de aplicación
Se encuentran comprendidos en el ámbito de aplicación de esta norma los trabajadores administrativos de las unidades ejecutoras del Pliego Presupuestal 448 Gobierno Regional del Departamento de Huánuco, sujetos al régimen del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, que perciben el Incentivo Único, válidamente aprobado conforme a las disposiciones contenidas en la Ley N° 29874 y normas complementarias.
El personal antes indicado y sus respectivas plazas deben encontrarse registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público, a cargo de la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas.
Artículo 3.- Registro en el Aplicativo Informático
Autorízase a la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, a actualizar en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público, los montos y la escala del Incentivo Único de las respectivas unidades ejecutoras del Pliego Presupuestal 448 Gobierno Regional del Departamento de Huánuco, aprobados mediante esta norma.
Artículo 4.- Prohibición
Establécese que a partir de la vigencia de este Decreto Supremo, queda prohibida, bajo responsabilidad del Titular del pliego, la aprobación y/o percepción de cualquier otro ingreso, en forma adicional a los montos y la escala del Incentivo Único de las unidades ejecutoras del Pliego Presupuestal 448 – Gobierno Regional del Departamento de Huánuco.
Artículo 5.- Financiamiento
La escala del Incentivo Único aprobada mediante el artículo 1, se financia con cargo al presupuesto institucional de las respectivas unidades ejecutoras del Pliego Presupuestal 448 Gobierno Regional del Departamento de Huánuco, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Artículo 6.- Publicación
El Decreto Supremo y su Anexo son publicados en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe).
Artículo 7.- Refrendo
El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
CARLOS OLIVA NEYRA
Ministro de Economía y Finanzas
ANEXO
ESCALA DEL INCENTIVO ÚNICO DEL PLIEGO PRESUPUESTAL 448 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE HUÁNUCO
Unidad Ejecutora: 001 Sede Huánuco |
|
GRUPO / NIVEL |
MONTO S/ |
Funcionario |
|
F-6 |
3 523,33 |
F-5 |
3 523,33 |
F-4 |
3 353,33 |
F-3 |
3 194,33 |
F-2 |
2 573,33 |
F-1 |
2 533,33 |
Profesional |
2 493,33 |
Técnico |
2 443,33 |
Auxiliar |
2 443,33 |
Unidad Ejecutora: 100 Agricultura Huánuco |
|
GRUPO / NIVEL |
MONTO S/ |
Funcionario |
|
F-5 |
3 473,33 |
F-4 |
3 303,33 |
F-2 |
2 500,00 |
F-1 |
2 500,00 |
Profesional |
2 403,33 |
Técnico |
2 333,33 |
Auxiliar |
2 333,33 |
Unidad Ejecutora: 200 Transportes Huánuco |
|
GRUPO / NIVEL |
MONTO S/ |
Funcionario |
|
F-5 |
3 473,33 |
F-3 |
3 194,33 |
F-2 |
2 613,33 |
F-1 |
2 563,33 |
Profesional |
2 513,33 |
Técnico |
2 463,33 |
Unidad Ejecutora: 300 Educación Huánuco |
|
GRUPO / NIVEL |
MONTO S/ |
SEDE INSTITUCIONAL |
|
Funcionario |
|
F-5 |
3 513,33 |
F-3 |
3 194,33 |
Profesional |
2 400,00 |
Técnico |
2 253,33 |
Auxiliar |
2 253,33 |
INSTITUCIONES EDUCATIVAS |
|
Profesional |
1 000,00 |
Técnico |
850,00 |
Auxiliar |
850,00 |
Unidad Ejecutora: 301 Educación Marañón |
|
GRUPO / NIVEL |
MONTO S/ |
SEDE INSTITUCIONAL |
|
Funcionario |
|
F-2 |
3 100,00 |
Profesional |
2 400,00 |
Técnico |
2 253,33 |
Auxiliar |
2 253,33 |
INSTITUCIONES EDUCATIVAS |
|
Técnico |
850,00 |
Auxiliar |
850,00 |
Unidad Ejecutora: 302 Educación Leoncio Prado |
|
GRUPO / NIVEL |
MONTO S/ |
SEDE INSTITUCIONAL |
|
Funcionario |
|
F-3 |
3 194,33 |
Profesional |
2 400,00 |
Técnico |
2 250,00 |
Auxiliar |
2 250,00 |
INSTITUCIONES EDUCATIVAS |
|
Técnico |
850,00 |
Auxiliar |
850,00 |
Unidad Ejecutora: 303 Educación Dos de Mayo |
|
GRUPO / NIVEL |
MONTO S/ |
SEDE INSTITUCIONAL |
|
Funcionario |
|
F-3 |
3 194,33 |
Técnico |
2 253,33 |
Auxiliar |
2 250,00 |
INSTITUCIONES EDUCATIVAS |
|
Técnico |
850,00 |
Auxiliar |
850,00 |
Unidad Ejecutora: 304 Educación UGEL Pachitea |
|
GRUPO / NIVEL |
MONTO S/ |
SEDE INSTITUCIONAL |
|
Funcionario |
|
F-3 |
3 194,33 |
Profesional |
2 400,00 |
Técnico |
2 253,33 |
Auxiliar |
2 253,33 |
INSTITUCIONES EDUCATIVAS |
|
Técnico |
850,00 |
Auxiliar |
850,00 |
Unidad Ejecutora: 305 Educación UGEL Huamalíes |
|
GRUPO / NIVEL |
MONTO S/ |
SEDE INSTITUCIONAL |
|
Funcionario |
|
F-3 |
3 194,33 |
Técnico |
2 253,33 |
Auxiliar |
2 253,33 |
INSTITUCIONES EDUCATIVAS |
|
Técnico |
850,00 |
Auxiliar |
850,00 |
Unidad Ejecutora: 306 Educación UGEL Puerto Inca |
|
GRUPO / NIVEL |
MONTO S/ |
SEDE INSTITUCIONAL |
|
Funcionario |
|
F-3 |
3 194,33 |
Técnico |
2 253,33 |
Auxiliar |
2 253,33 |
INSTITUCIONES EDUCATIVAS |
|
Técnico |
850,00 |
Auxiliar |
850,00 |
Unidad Ejecutora: 307 Educación UGEL Huacaybamba |
|
GRUPO / NIVEL |
MONTO S/ |
SEDE INSTITUCIONAL |
|
Funcionario |
|
F-3 |
3 194,33 |
Técnico |
2 253,33 |
Auxiliar |
2 253,33 |
INSTITUCIONES EDUCATIVAS |
|
Técnico |
850,00 |
Auxiliar |
850,00 |
Unidad Ejecutora: 308 Educación UGEL Ambo |
|
GRUPO / NIVEL |
MONTO S/ |
SEDE INSTITUCIONAL |
|
Funcionario |
|
F-3 |
3 194,33 |
Profesional |
2 400,00 |
Auxiliar |
2 253,33 |
INSTITUCIONES EDUCATIVAS |
|
1717857-5