Disponen el registro de diversas instituciones educativas en el “Registro Nacional de Instituciones Educativas que brindan el Servicio de Educación Intercultural Bilingüe”

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL

N° 187-2018-MINEDU

Lima, 26 noviembre 2018

VISTOS, el Expediente N° 0227721-2018, el Informe N° 525-2018-MINEDU/VMGP/DIGEIBIRA-DEIB de la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe, dependiente de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, el Informe N° 1216-2018-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, señala que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 646 -2018-MINEDU, se crea el “Registro Nacional de Instituciones Educativas que brindan el Servicio de Educación Intercultural Bilingüe”, en adelante el RNIIEE-EIB; el mismo que está a cargo de la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe (DEIB) y permite, entre otros aspectos, identificar a las Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y a los Programas No Escolarizados de Educación Inicial que implementan el Modelo de Servicio Educativo Intercultural Bilingüe; así como, a los Centros de Educación Técnico – Productiva, que brindan el servicio educativo intercultural bilingüe para las acciones de diseño, implementación y evaluación de políticas educativas;

Que, asimismo, a través del artículo 3 de la citada Resolución Ministerial, se aprueba la Norma Técnica “Disposiciones para el Registro de Instituciones Educativas que brindan el Servicio de Educación Intercultural Bilingüe”; cuyo subnumeral 8.4 del numeral 8, señala que, excepcionalmente, como base de información del RNIIEE-EIB, la DEIB elabora el documento que contenga las Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y Programas No Escolarizados de Educación Inicial que implementan el Modelo de Servicio Educativo Intercultural Bilingüe y los Centros de Educación Técnico – Productiva, que brindan el servicio de Educación Intercultural Bilingüe, que se encuentran exceptuadas de los procesos de caracterización a los que hace referencia la citada Norma Técnica;

Que, además el aludido subnumeral señala que dicho documento es remitido a la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural para el trámite de la resolución viceministerial del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica que disponga el registro de las instituciones educativas a las que se hace referencia en el párrafo anterior en el RNIIEE-EIB; cuya incorporación está a cargo de la DEIB;

Que, en el marco de las disposiciones normativas antes señaladas, mediante el Oficio N° 1151-2018-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA, la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, el Informe N° 525-2018-MINEDU/VMGP/DIGEIBIRA-DEIB, a través del cual se sustenta la necesidad de aprobar el proyecto de resolución viceministerial del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica que disponga el registro de las Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y Programas No Escolarizados de Educación Inicial que implementan el Modelo de Servicio Educativo Intercultural Bilingüe y los Centros de Educación Técnico – Productiva, que brindan el servicio de Educación Intercultural Bilingüe en el RNIIEE-EIB;

Que, según el referido Informe, el registro de dichas instituciones educativas en el RNIIEE-EIB permitirá tener información para las acciones de diseño, implementación y evaluación de políticas educativas;

Con el visado de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510 y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Disponer el registro de las instituciones educativas comprendidas en el anexo que forma parte de la presente resolución en el “Registro Nacional de Instituciones Educativas que brindan el Servicio de Educación Intercultural Bilingüe”, aprobado por el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 646 -2018-MINEDU.

Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe, la incorporación de las instituciones educativas a las que se refiere el artículo 1 de la presente resolución en el “Registro Nacional de Instituciones Educativas que brindan el Servicio de Educación Intercultural Bilingüe”.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SUSANA HELFER LLERENA

Viceministra de Gestión Pedagógica

1716671-1