Otorgan a Inversiones Asesorías e Inmobiliaria Mohor Limitada y SPV HMC S.A. autorización de organización de una sociedad administradora de fondos de inversión denominada “HMC Asset Management S.A. Sociedad Administradora de Fondos de Inversión” - “HMC SAFI”

RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA GENERAL

DE SUPERVISIÓN DE ENTIDADES

Nº 132-2018-SMV/10.2

Lima, 22 de noviembre de 2018

El Intendente General de Supervisión de Entidades

VISTOS:

El Expediente N° 2018003221, referido a la solicitud de autorización para organizar una sociedad administradora de fondos de inversión a ser denominada HMC Asset Management S.A. Sociedad Administradora de Fondos de Inversión, así como el Informe Nº 1287-2018-SMV/10.2 del 14 de noviembre de 2018;

CONSIDERANDO:

Que, mediante escritos presentados hasta el 24 de octubre de 2018, Inversiones Asesorías e Inmobiliaria Mohor Limitada y SPV HMC S.A. solicitaron autorización para la organización de una sociedad administradora de fondos de inversión que se denominará “HMC Asset Management S.A. Sociedad Administradora de Fondos de Inversión”, que podrá utilizar la denominación abreviada “HMC SAFI”;

Que, de acuerdo con la información presentada, los organizadores mencionados en el párrafo precedente, tendrán una participación de 71,84% y de 28,16%, respectivamente, en HMC Asset Management S.A. Sociedad Administradora de Fondos de Inversión;

Que, de la evaluación a la documentación presentada se ha determinado que los organizadores de HMC Asset Management S.A. Sociedad Administradora de Fondos de Inversión han cumplido con los requisitos para la obtención de la autorización de organización establecidos en los artículos 5° y 6° de las Normas sobre la organización de entidades que requieren autorización de la SMV, aprobadas por Resolución SMV N° 039-2016-SMV/01 y su modificatoria, así como con lo señalado en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia de Mercado de Valores, aprobado por Resolución de Superintendente N° 023-2015-SMV/02, tal como se desarrolla en el Informe N° 1287-2018-SMV/10.2 de la Intendencia General de Supervisión de Entidades;

Que, asimismo, al no haberse presentado objeciones a la formación de la sociedad administradora o a las personas que la organizan, dentro del plazo establecido por el artículo 6° de las Normas sobre la organización de entidades que requieren autorización de la SMV, corresponde otorgar la autorización solicitada; y,

Estando a lo dispuesto por el artículo 12° de la Ley de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, Decreto Legislativo N° 862 y sus modificatorias, el artículo 38°, numeral 5, inciso i), del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo N° 216-2011-EF y sus modificatorias;

RESUELVE:

Artículo 1°.- Otorgar a Inversiones Asesorías e Inmobiliaria Mohor Limitada y SPV HMC S.A., la autorización de organización de una sociedad administradora de fondos de inversión que será denominada “HMC Asset Management S.A. Sociedad Administradora de Fondos de Inversión”, y que podrá utilizar la denominación abreviada de “HMC SAFI”.

Artículo 2°.- La autorización de organización a que se refiere el artículo precedente tendrá una vigencia improrrogable de un (01) año a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución.

Artículo 3°.- La presente resolución no faculta a HMC Asset Management S.A. Sociedad Administradora de Fondos de Inversión para iniciar actividades de administración de fondos de inversión. Para ello, deberá obtener previamente la respectiva autorización de funcionamiento por parte de la Superintendencia del Mercado de Valores.

Artículo 4°.- La presente resolución deberá publicarse en el diario oficial El Peruano en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles.

Artículo 5°.- Disponer la difusión de la presente resolución en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe).

Artículo 6°.- Transcribir la presente resolución al señor Francisco Javier Dianderas Cáceres, en calidad de representante de los organizadores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ARMANDO MANCO MANCO

Intendente General

Intendencia General de Supervisión de Entidades

1716584-1