Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor del Ministerio de Salud y Gobiernos Regionales con cargo a los recursos del Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales - FED

DECRETO SUPREMO

Nº 261-2018-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el literal b) del artículo 19 de la Ley N° 30693, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, dispone que se han asignado recursos en el presupuesto institucional del pliego Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, hasta la suma de S/ 170 000 000,00 (CIENTO SETENTA MILLONES Y 00/100 SOLES) en la fuente de financiamiento Recursos Determinados, destinados, exclusivamente, al financiamiento de los fines del Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales (FED); estableciéndose, adicionalmente, en el último párrafo del mismo artículo que los recursos a los que se refieren, entre otros, el citado literal b) se ejecutan bajo las mismas formalidades, mecanismos y procedimientos aprobados en la normatividad vigente para, entre otros, el Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales (FED), en lo que les fuera aplicable;

Que, asimismo, de conformidad con el cuarto párrafo de la Octogésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se creó el Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales (FED), cuyos recursos son incorporados a los pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales que ejecutan intervenciones de los programas presupuestales vinculados al Desarrollo Infantil Temprano, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, y la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social, a propuesta de esta última, en la fuente de financiamiento Recursos Determinados, previa suscripción del respectivo convenio; señalándose, adicionalmente, que dichos recursos serán destinados a financiar bienes y servicios, así como bienes de capital, asociados a los resultados previstos en el convenio;

Que, el artículo 6 del Reglamento del Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales (FED), aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2017-MIDIS, establece que el Comité Directivo de dicho Fondo tiene entre sus funciones, aprobar el modelo y promover la suscripción del Convenio de Asignación por Desempeño (CAD); aprobar los informes de verificación de cumplimiento de los compromisos de gestión, las metas de cobertura, así como las condiciones previstas en los Convenios y aprobar la propuesta de distribución de los recursos;

Que, el artículo 11 del Decreto de Urgencia N° 005-2018 dispone que la transferencia de recursos con cargo al Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales (FED), pueden efectuarse hasta el 30 de noviembre del 2018, debiendo contar con la opinión previa favorable de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, adicionalmente, mediante Informes N°s. 354, 361 y 364-2018-MIDIS/SG/OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, emite opinión favorable e informa que se cuenta con disponibilidad presupuestal en el presupuesto institucional del pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social para atender la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, a favor del Ministerio de Salud y veinticinco (25) Gobiernos Regionales, los cuales se encuentran sustentados en las Actas Nºs. 006, 009, 014, 015, 017, 018 y 019-2018-COMITÉ DIRECTIVO FED, correspondiente al cumplimiento de compromisos de gestión y al cumplimiento de metas de cobertura, y cuentan con los Convenios de Asignación por Desempeño (CAD) en el marco del Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales (FED), a fin de financiar intervenciones de los programas presupuestales vinculados al Desarrollo Infantil Temprano; en virtud de lo cual, mediante Oficios Nºs. 850, 1203 y 1209-2018-MIDIS/SG, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos;

Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por el monto de S/ 66 319 019,00 (SESENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS DIECINUEVE MIL DIECINUEVE Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Salud y de veinticinco (25) Gobiernos Regionales, conforme a la propuesta del Comité Directivo del Fondo, para financiar las intervenciones en salud, educación y acceso a agua clorada, asociadas a los resultados previstos en los Convenios de Asignación por Desempeño (CAD) suscritos por los referidos Gobiernos Regionales y el Ministerio de Salud, en el marco de lo señalado en el considerando precedente;

De conformidad con lo dispuesto en la Octogésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, el literal b) del artículo 19 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, el artículo 11 del Decreto de Urgencia Nº 005-2018, y el Reglamento del Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales (FED), aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2017-MIDIS;

DECRETA:

Artículo 1. Objeto

1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de S/ 66 319 019,00 (SESENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS DIECINUEVE MIL DIECINUEVE Y 00/100 SOLES), del pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a favor del Ministerio de Salud y de veinticinco (25) Gobiernos Regionales, para financiar intervenciones en salud, educación y acceso a agua clorada, de acuerdo con el siguiente detalle:

DE LA: En Soles

SECCION PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 040 : Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social

UNIDAD EJECUTORA 001 : Sede Central - MIDIS

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS

QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS

ACTIVIDAD 5005484 : Transferencia Fondo de Estímulo al

Desempeño y Logro de Resultado

FUENTE DE 5 : Recursos Determinados

FINANCIAMIENTO

GASTO CORRIENTE

2.4 Donaciones y Transferencias 66 319 019,00

-------------------

TOTAL EGRESOS 66 319 019,00

===========

A LA: En Soles

SECCION PRIMERA : Gobierno Nacional

PLIEGOS 011 : Ministerio de Salud

FUENTE DE 5 : Recursos Determinados

FINANCIAMIENTO

GASTO CORRIENTE

2.3 Bienes y Servicios : 4 979 550,00

SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas

PLIEGOS : Gobiernos Regionales

FUENTE DE 5 : Recursos Determinados

FINANCIAMIENTO

GASTO CORRIENTE

2.3 Bienes y Servicios : 38 319 598,00

GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos No Financieros :23 019 871,00

-------------------

TOTAL EGRESOS 66 319 019,00

===========

1.2 Los pliegos habilitados en el párrafo 1.1, y los montos de transferencia por pliego, unidad ejecutora, programa presupuestal, productos y actividades, así como las respectivas codificaciones, se detallan en el Anexo 02 “Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Regionales por el cumplimiento de los tramos de compromisos de gestión y metas de cobertura en el marco del Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales - FED” y en el Anexo 03 “Transferencia de Partidas a favor del Ministerio de Salud, por el cumplimiento del tramo de los compromisos de gestión del periodo agosto – setiembre 2018, en el marco del Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales - FED”, que forman parte integrante de este Decreto Supremo, los cuales se publican en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la norma en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional

2.1 Los titulares de los pliegos habilitados en la Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución la desagregación de los recursos autorizados en el párrafo 1.1 del artículo 1 de esta norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia de este Decreto Supremo. Copia de la Resolución es remitida dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

2.2 La desagregación de los ingresos, se presenta en el Anexo 01 que forma parte de la norma, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Específica; y, se presenta junto con la Resolución a la que se hace referencia en el párrafo precedente. Dicho Anexo se publica en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob.pe), en la misma fecha de la publicación de la norma en el Diario Oficial El Peruano.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran, como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.4 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3. Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia de Partidas a los que hace referencia el párrafo 1.1 del artículo 1 no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4. Del refrendo

El Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social y por el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO

Presidente de la República

LILIANA DEL CARMEN LA ROSA HUERTAS

Ministra de Desarrollo e Inclusión Social

CARLOS OLIVA NEYRA

Ministro de Economía y Finanzas

1714356-1