Autorizan transferencias financieras a favor de doce entidades públicas vinculadas a los Sectores Producción, Ambiental y Educación

Resolución Ministerial

N° 511-2018-PRODUCE

Lima, 16 de noviembre de 2018

VISTOS: El Oficio N° 158-2018-PRODUCE/PNIPA-DE del Director Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura–PNIPA; el Memorando Nº 1474-2018-PRODUCE/OGPPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe Nº 439-2018-PRODUCE/OGPPM-OP, de la Oficina de Presupuesto; y, el Informe N° 1466-2018-PRODUCE/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, en el marco de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, mediante Resolución Ministerial N° 617-2017-PRODUCE, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2018 del Pliego 038 Ministerio de la Producción;

Que, mediante Decreto Supremo N° 396-2016-EF se aprobó la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF por un monto de US$ 40 000 000,00 (CUARENTA MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS) destinada a financiar parcialmente el Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura – PNIPA;

Que, con fecha 13 de marzo de 2017, se suscribe el Contrato de Préstamo N° 8692-PE, entre la República del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF, cuyo objetivo es “fortalecer la capacidad del Prestatario en la ejecución de innovaciones en las cadenas de valor de la pesca y acuicultura”;

Que, el Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura – PNIPA, está conformado por tres proyectos de inversión pública: (i) Proyecto Nacional de Innovación en Acuicultura”; (ii) Proyecto Nacional de Innovación en Pesca”; y, (iii) Proyecto Mejoramiento de la Gobernanza del Sistema Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura”, teniendo como uno de sus ejes principales de intervención la movilización de recursos concursables para financiar subproyectos de investigación, desarrollo e innovación, a través de las convocatorias periódicas con alcance nacional, en la cual podrían participar empresas, asociaciones de productores, universidades, centros de investigación y otros agentes que se organicen a través de alianzas estratégicas para presentar propuestas de subproyectos;

Que, con fecha 05 de mayo de 2017, mediante Resolución Ministerial N° 198-2017-PRODUCE, se formaliza la creación de la Unidad Ejecutora 005: denominada “Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura” en el Pliego 038: Ministerio de la Producción que constituye un Programa de Inversión Pública, con declaratoria de viabilidad Código PROG-19-2014-SNIP;

Que, con fecha 17 de octubre de 2018, el Director Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura–PNIPA remitió a la Secretaría General del Ministerio de la Producción el Oficio N° 158-2018-PRODUCE/PNIPA-DE, mediante el cual se adjunta el Informe N° 078-2018-PRODUCE-PNIPA-UPP, emitido por la Unidad de Planificación y Presupuesto del PNIPA, a través del cual se sustenta la necesidad de que el Despacho Ministerial disponga la autorización de las transferencias financieras a favor de las entidades públicas vinculadas a los sectores de producción, ambiental , agricultura, educación, entre otros, que corresponden a la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, en el marco de la ejecución del Programa (con registro 19-2014-SNIP), Contrato de Préstamo N° 8692-PE, y a lo dispuesto por la Ley N° 30693, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018;

Que, mediante Memorando Nº 1474-2018-PRODUCE/OGPPM la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remite el Informe Nº 439-2018-PRODUCE/OGPPM-OP de la Oficina de Presupuesto a su cargo, a través del cual informa que en el marco del Contrato de Préstamo N° 8692-PE y de lo dispuesto en el literal d) del numeral 15.1 del Artículo 15 de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, emite opinión favorable en materia presupuestal, precisando que es procedente la aprobación de la Resolución Ministerial que autoriza las transferencias financieras a favor de las entidades públicas, hasta por el monto de S/ 6 341 224,10 Soles, en la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, con cargo del Presupuesto Institucional 2018 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no resultan en productos, Actividad 5001253: Transferencias de recursos para la ejecución de proyectos de inversión y Genérica de Gasto 4: Donaciones y Transferencias, el cual cuenta con saldos presupuestales que permitirían cumplir con la solicitud formulada por el Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura–PNIPA, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 16 de la Directiva N° 005-2010-EF/76.01, “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01 y modificatorias;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30693, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; el Decreto Legislativo N° 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Transferencias Financieras

Autorizar las transferencias financieras del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, a favor de doce (12) entidades públicas vinculadas a los Sectores Producción, Ambiental y Educación señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, hasta por la suma de SEIS MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y UN MIL DOSCIENTOS VENTICUATRO Y 10/100 SOLES (S/ 6 341 224,10), en la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, destinadas a cofinanciar los proyectos señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial, en el marco del Contrato de Préstamo N° 8692-PE y de lo dispuesto en el literal d) del numeral 15.1 del Artículo 15 de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018.

Artículo 2.- Financiamiento

Las transferencias financieras autorizadas en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderán con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Actividad 5001253: Transferencias de recursos para la ejecución de proyectos de inversión y Genérica de Gasto 4: Donaciones y Transferencias, en la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito.

Artículo 3.- Limitación en el uso de los recursos

Los recursos de las transferencias financieras autorizadas por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Monitoreo

La Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura del Pliego 038: Ministerio de la Producción, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para lo cual se realizan las citadas transferencias financieras, en el marco de lo dispuesto en el numeral 15.3 del Artículo 15 de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018.

Artículo 5.- Acciones Administrativas

La Oficina General de Administración o la que haga sus veces en la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura del Pliego 038: Ministerio de la Producción, deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial.

Artículo 6.- Notificación

Notificar la presente Resolución Ministerial a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, así como a la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, para conocimiento y fines pertinentes.

Artículo 7.- Publicación

Dispóngase la publicación del Anexo Único a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe), el mismo día de la publicación de la citada Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese

RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO

Ministro de la Producción

1713806-1