Aprueban el Plan de Gestión y Manejo del Paisaje Cultural El Candelabro de Paracas

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 472-2018-mc

Lima, 16 de noviembre de 2018

Vistos, los Informes N° SS0006-2018-DPC/DGPC/VMPCIC/MC y N° SS0009-2018-DPC/DGPC/VMPCIC/MC de la Dirección de Paisaje Cultural y el Informe N° 900025-2018/DGPC/VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú prescribe que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública; los mismos que se encuentran protegidos por el Estado;

Que, la Convención para la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural aprobada por la Octava Conferencia Mundial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura - UNESCO del 16 de noviembre de 1972, ratificada por el Perú mediante Resolución Legislativa N° 23349 del 21 de diciembre de 1981, establece en su artículo 5 la obligación de cada Estado parte, entre otros, de proteger, conservar y transmitir a las generaciones futuras el Patrimonio Cultural y Natural situado en su territorio, adoptando las medidas jurídicas, técnicas y administrativas adecuadas, para proteger ese patrimonio;

Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, modificado por el Decreto Legislativo N° 1255, señala que es de interés social y de necesidad pública la identificación, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes;

Que, mediante Resolución Viceministerial N° 162-2016-VMPCIC/MC se declaró al Paisaje Cultural denominado “El Candelabro de Paracas” como Patrimonio Cultural de la Nación, ubicado en el distrito de Paracas, provincia de Pisco, departamento de Ica;

Que, el artículo 6 de la Resolución antes citada, establece que la Dirección de Paisaje Cultural elaborará las estrategias de participación ciudadana que acompañen el proceso de formulación del Plan de Gestión y Manejo correspondiente al Paisaje Cultural “El Candelabro de Paracas”, en coordinación con el Gobierno Regional de Ica, la Municipalidad Provincial de Pisco, la Municipalidad Distrital de Paracas, el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas- SERNANP y la Jefatura de la Reserva Nacional de Paracas;

Que, mediante los Informes N° SS0006-2018-DPC/DGPC/VMPCIC/MC y N° SS0009-2018-DPC/DGPC/VMPCIC/MC la Dirección de Paisaje Cultural remitió a la Dirección General de Patrimonio Cultural la propuesta del Plan de Gestión y Manejo del Paisaje Cultural El Candelabro de Paracas, para su aprobación;

Que, mediante Oficios N° 423-2018-SERNANP-DGANP, N° 099-2018-MDP/ALC, N° 02-2018 A/CCM-TWHV-P, N° 0040-2018-ICA/GRRNGMA y N° 443-2018-SERNANP-RNP/J, la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas del SERNANP, la Municipalidad Distrital de Paracas, la Municipalidad Provincial de Pisco, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional de Ica y la Jefatura de la Reserva Nacional de Paracas, respectivamente; emiten opinión favorable respecto de la propuesta de aprobación del Plan de Gestión y Manejo del Paisaje Cultural El Candelabro de Paracas;

Que, en este contexto, con Informe N° 900025-2018/DGPC/VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural propone la aprobación del Plan de Gestión y Manejo del Paisaje Cultural El Candelabro de Paracas el cual se fundamenta en la conservación integral de sus valores materiales e inmateriales y en el uso sostenible del bien declarado;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, Ley N° 28296; Ley de Creación del Ministerio de Cultura, Ley N° 29565; el Reglamento de la Ley N° 28296, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2006-ED, el Decreto Supremo N° 002-2011-MC que aprueba el Reglamento para la Declaratoria y Gestión de los Paisajes Culturales como Patrimonio Cultural de la Nación y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Plan de Gestión y Manejo del Paisaje Cultural El Candelabro de Paracas, que en documento anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Paisaje Cultural la implementación de las acciones descritas en el Plan de Gestión y Manejo del Paisaje Cultural El Candelabro de Paracas.

Artículo 3.- Publicar la presente resolución y su anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PATRICIA BALBUENA PALACIOS

Ministra de Cultura

1713797-1