Precisan lo dispuesto en el artículo primero de la Ordenanza N° 1944 referente a la modificación del Plano de Zonificación del distrito de San Juan de Lurigancho

ORDENANZA N° 2126

EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA

POR CUANTO:

EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA

Visto en Sesión Ordinaria del Concejo, de fecha 15 de noviembre de 2018, el Dictamen Nº 155-2018-MML-CMDUVN, de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura;

Aprobó la siguiente:

ORDENANZA

QUE PRECISA LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO PRIMERO DE LA ORDENANZA N° 1944-MML PUBLICADA EL 14 DE MARZO DE 2016

Artículo Primero.- Precisar lo dispuesto en el Artículo Primero de la Ordenanza N° 1944-MML, publicada el 14 de marzo de 2016, conforme el texto siguiente:

“Artículo Primero - Aprobar la modificación del Plano de Zonificación del Distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima, aprobado mediante Ordenanza Nº 1081-MML, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 07 de octubre de 2007, tal como se detalla a continuación:

Modificar la calificación de Vivienda Taller VT a Comercio Zonal CZ, solicitado por la Asociación Nacional Aldeas Infantiles SOS Perú, para el predio ubicado en la Avenida Lurigancho Mz. A Sub Lote 3 y su colindante el Sub Lote 2 de la Urbanización Zárate Industrial en el Distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima. El propietario deberá respetar un retiro paralelo al perímetro del predio colindante con el uso residencial, el cual deberá ser utilizado como área libre y/o área verde del proyecto; así mismo, deberá respetar la sección vial correspondiente a la Av. Lurigancho”

Artículo Segundo.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planificación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el plano de zonificación del distrito de San Juan de Lurigancho, la modificación aprobada en el Artículo Primero de la presente Ordenanza.

Artículo Tercero. - Encargar a la Secretaría General del Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima, cumpla con comunicar al solicitante, lo dispuesto en la presente Ordenanza.

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.

Lima, 15 NOV. 2018.

LUIS CASTAÑEDA LOSSIO

Alcalde de Lima

1713760-2