Modifican la Guía de Políticas Nacionales, aprobada por la Res. N° 00047-2017/CEPLAN/PCD

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA

DE CONSEJO DIRECTIVO

Nº 00057-2018/CEPLAN/PCD

Lima, 14 de noviembre de 2018

VISTO: El Informe N° 00011-2018-CEPLAN/DE de la Dirección Ejecutiva y el Informe N° 00132-2018-CEPLAN/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 2 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que los Ministerios y las entidades públicas ejercen sus funciones en respuesta a una o varias áreas programáticas de acción, las cuales son definidas para el cumplimiento de las funciones primordiales del Estado y para el logro de sus objetivos y metas;

Que, el numeral 1 del artículo 4 de la citada norma establece como competencia exclusiva de este Poder del Estado el diseño y supervisión de las políticas nacionales, las cuales son formuladas considerando los intereses generales del Estado y la diversidad de las realidades regionales y locales, y que son de obligatorio cumplimiento por todas las entidades y niveles de gobierno;

Que, asimismo, el numeral 1 del artículo 4 y el numeral 22.2 del artículo 22 de la Ley N° 29158 disponen que los Ministerios ejercen la rectoría de las políticas nacionales bajo su competencia, en virtud de lo cual, de acuerdo al literal a) del numeral 23.1 del artículo 23 de esta misma norma, los Ministerios deben formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia;

Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1088 se creó el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, como órgano rector, orientador y de coordinación de dicho sistema, y como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, el numeral 3 del artículo 10 del Decreto Legislativo N° 1088 dispone que una de las funciones generales del CEPLAN es asesorar a las Entidades del Estado y a los gobiernos regionales y orientar a los gobiernos locales en la formulación, el seguimiento y la evaluación de políticas y planes estratégicos de desarrollos, con la finalidad de lograr que se ajusten a los objetivos estratégicos de desarrollo nacional previstos en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional;

Que, en el marco de lo dispuesto por las normas anteriormente referidas, mediante Decreto Supremo N° 029-2018-PCM se aprobó el Reglamento que regula las Políticas Nacionales, modificado por el Decreto Supremo N° 038-2018-PCM, el cual fortalece la rectoría de los Ministerios sobre las políticas nacionales, asegurando que estas últimas sean ejecutadas y cumplidas en todo el territorio por parte de las entidades del gobierno nacional, así como por los gobiernos regionales y gobiernos locales;

Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento que regula las Políticas Nacionales señala que el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN debe aprobar la metodología para el diseño, formulación, seguimiento, evaluación de las políticas nacionales, así como el procedimiento a aplicar para su actualización, según corresponda;

Que, en cumplimiento del citado mandato, con fecha 14 de setiembre el CEPLAN aprobó mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00047-2018/CEPLAN/PCD la Guía de Políticas Nacionales, la cual fue elaborada tomando en cuenta lo señalado en los considerandos precedentes;

Que, con fecha 31 de octubre de 2018, se aprobó por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00053-2018/CEPLAN/PCD la modificación de la Guía para el Planeamiento Institucional, que incorpora modificaciones en la cadena de resultados de las políticas y planes dentro del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico;

Que, en vista de lo señalado en el párrafo precedente, se ha estimado necesario adecuar el contenido de la Guía de Políticas Nacionales en lo referente a dicho extremo, a fin de mantener la coherencia entre los instrumentos metodológicos del SINAPLAN y facilitar el diseño, formulación, seguimiento, evaluación y actualización de las políticas nacionales por parte de los ministerios;

Con el visado del Director Ejecutivo, del Director Nacional de Prospectiva y Estudios Estratégicos, del Director Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico, del Director Nacional de Seguimiento y Evaluación y de la Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN;

De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN; el Decreto Supremo N° 029-2018-PCM, que aprueba el Reglamento que regula las Políticas Nacionales, y su modificatoria; y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2009-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Modificar la Guía de Políticas Nacionales, aprobada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00047-2017/CEPLAN/PCD, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Las modificaciones aprobadas se expresan en las páginas 20, 21, 42 y 55 de la referida Guía.

Artículo 2°.- Disponer que la Oficina General de Administración realice las gestiones para la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, así como la publicación de la Guía aprobada en el artículo 1 en el portal institucional: www.ceplan.gob.pe.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA

Única. Reporte parcial de cumplimiento de las políticas nacionales priorizadas.

Conforme lo dispone el numeral 25.4 del artículo 25 del Decreto Supremo N° 029-2018-PCM, que aprueba el Reglamento que regula las Políticas Nacionales, hasta el 30 de noviembre de 2018 los ministerios deberán remitir al CEPLAN el Reporte Parcial de cumplimiento de las políticas nacionales priorizadas que conforman la Política General de Gobierno. El Reporte Parcial recoge en lo posible los avances en el territorio preferentemente mediante visitas a nivel local para acelerar el cumplimiento de las Políticas Nacionales priorizadas en la Política General de Gobierno, aprobada mediante Decreto Supremo N° 056-2018-PCM.

En este primer año se considera como Reporte Parcial la información registrada en el “Módulo de seguimiento de la Política General de Gobierno al 2021” del aplicativo CEPLAN V.01, acompañada de un breve comentario acerca de la situación y perspectivas de los objetivos nacionales priorizados a cargo del sector.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAVIER ABUGATTÁS FATULE

Presidente

Consejo Directivo

1712377-1