Aprueban Lineamientos para el funcionamiento de los Comités de Gestión e Información Minero Energético

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 439-2018-MEM/DM

Lima, 31 de octubre de 2018

VISTO: El Informe N° 1040-2018-MEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas;

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 49.1 del artículo 49 de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que el gobierno nacional y los gobiernos regionales y locales mantienen relaciones de coordinación, cooperación y apoyo mutuo, en forma permanente y continua, dentro del ejercicio de su autonomía y competencias propias, articulando el interés nacional con los de las regiones y localidades;

Que, el literal a) del numeral 23.3 del artículo 23 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo establece que para el ejercicio de las competencias compartidas, en las funciones que son materia de descentralización, corresponde a los ministerios coordinar con los gobiernos regionales y locales la implementación de las políticas nacionales y sectoriales, y evaluar su cumplimiento;

Que, el literal a) del artículo 45 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala que es competencia exclusiva del Gobierno Nacional, definir, dirigir, normar y gestionar las políticas nacionales y sectoriales, las cuales se formulan considerando los intereses generales del Estado y la diversidad de las realidades regionales, concordando el carácter unitario y descentralizado del gobierno de la República;

Que, de conformidad con lo establecido en los numerales 16.4 y 16.5 del artículo 16 de la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, corresponde a éste implementar mecanismos de coordinación y articulación con los gobiernos regionales para el ejercicio de las funciones que se derivan de las competencias exclusivas y compartidas, así como otros que considere pertinente; asimismo, el artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modificatorias, establece que el Ministro de Energía y Minas tiene la función, entre otras, de expedir resoluciones ministeriales relativas al Sector Energía y Minas;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 354-2018-MEM/DM, de fecha 18 de setiembre de 2018, se crean los “Comités de Gestión e Información Minero Energético” como un mecanismo de coordinación y articulación de alcance regional, en relación con el desarrollo sostenible de actividades mineras y energéticas; estableciendo en el artículo 7 que el Ministerio de Energía y Minas aprueba los lineamientos necesarios para el funcionamiento de los Comités;

Que, de acuerdo con el Informe N° 1040-2018-MEM/OGAJ resulta pertinente aprobar los Lineamientos de los Comités de Gestión e Información Minero Energético con la finalidad de establecer la organización y requisitos para el funcionamiento de los mismos;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por el Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modificatorias;

RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar los Lineamientos para el funcionamiento de los Comités de Gestión e Información Minero Energético, los mismos que forman parte de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Disponer la publicación de los lineamientos aprobado en el artículo 1, precedente, en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www. minem.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Francisco ismodes mezzano

Ministro de Energía y Minas

1708537-1