Modifican la Ordenanza Regional N° 000009, que aprobó la creación de la Comisión Regional Anticorrupción del Gobierno Regional del Callao

Ordenanza Regional Nº 000007

Callao, 3 de setiembre del 2018

EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DEL

CALLAO

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao en Sesión Ordinaria del 03 de setiembre del 2018;

CONSIDERANDO

Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; mientras que el literal a) del Artículo 45º de la misma Ley Orgánica establece que la función normativa y reguladora de los Gobiernos Regionales, se ejerce elaborando y aprobando normas de alcance regional;

Que, mediante Ordenanza Regional Nº 000009, de fecha 20 de marzo de 2013, se creó la Comisión Regional Anticorrupción del Gobierno Regional del Callao, con la finalidad de implementar acciones de prevención y combate de la corrupción, en el marco del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción.

Que, mediante Informe Nº 002-2018-GRC/VG, de fecha 06 de agosto de 2018, el Vice Gobernador Regional del Callao, informa al Gobernador Regional del Callao, que en la sesión de dicha Comisión de fecha 03 de agosto de 2018 para la instalación de la Comisión Regional Anticorrupción del Gobierno Regional del Callao, los miembros asistentes acordaron por unanimidad, no instalar dicha Comisión, para proponer y solicitar al Gobernador Regional del Callao, la modificatoria de la Ordenanza Regional Nº 000009 del 20 de marzo del 2013, con la finalidad de incorporar como miembros de la Comisión al Presidente del Distrito Judicial de Ventanilla y al Presidente del Distrito Fiscal de Ventanilla.

Que, mediante Informe Nº 689-2018-GRC/GAJ, de fecha 18 de agosto de 2018, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal sobre la modificación de la Ordenanza Regional Nº 000009, de fecha 20 de marzo de 2013, indicando que resulta procedente modificar el artículo segundo, en el extremo de incorporar como miembros al Presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao y al Presidente del Distrito Fiscal de Ventanilla; quedando subsistente en lo demás que contiene; previa aprobación en Sesión del Consejo Regional.

Que, estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido a la Ley Nº 27687 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional ha aprobado por unanimidad, la siguiente:

ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA REGIONAL Nº 000009 DEL 20 DE MARZO DE 2013, QUE APRUEBA LA CREACIÓN DE LA COMISIÓN REGIONAL ANTICORRUPCIÓN DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO

Artículo Primero.- MODIFÍQUESE, en razón de las consideraciones expuestas el Artículo Segundo de la Ordenanza Regional Nº 000009, de fecha 20 de marzo de 2013, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo Segundo: Conformación

2.1 La Comisión Regional Anticorrupción del Gobierno Regional del Callao se encuentra conformada por:

a) Gobernador del Gobierno Regional del Callao.

b) Presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao.

c) Presidente de la Corte Superior de Ventanilla.

d) Presidente de la Junta de Fiscales del Distrito Fiscal del Callao.

e) Presidente de la Junta de Fiscales del Distrito Fiscal de Ventanilla.

f) Prefecto Regional del Callao.

g) Procurador Publico Anticorrupción Descentralizado.

h) Secretario Técnico de la Comisión Regional Anticorrupción del Callao.

i) Jefe de la Oficina Regional de Control.

j) Jefe de la Oficina Defensorial del Callao.

2.2 El Secretario Técnico de la Comisión Regional Anticorrupción del Gobierno Regional del Callao, participa en las sesiones con voz, pero sin voto.

2.3 El Jefe de la Oficina Regional de Control y el Jefe de la Oficina Defensorial, un representante de la Sociedad Civil y un representante del sector empresarial, actuarán en calidad de instituciones observadoras, pudiendo sus titulares participar en las Sesiones de la Comisión con voz pero sin voto”.

Artículo Segundo.- Quedan subsistentes las demás disposiciones de la Ordenanza Regional Nº 000009 de 20 de marzo de 2013, que no se opongan a la presente.

Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Portal Web del Gobierno Regional del Callao: www.regioncallao.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.

FELIX MORENO CABALLERO

Gobernador

1707619-1