Convocan a ciudadanos para que asuman el cargo de regidores del Concejo Provincial de Ayabaca, departamento de Piura
Resolución N° 0933-2018-JNE
Expediente Nº J-2018-00394
AYABACA - PIURA
CONVOCATORIA DE CANDIDATO
NO PROCLAMADO
LICENCIA
Lima, veinte de julio de dos mil dieciocho.
VISTOS los Oficios Nº 395-2018-MPA-“A” y N° 464-2018-MPA-“A”, recibidos el 25 de junio y el 20 de julio de 2018, respectivamente, presentados por Humberto Marchena Villegas, alcalde de la Municipalidad Provincial de Ayabaca, departamento de Piura, mediante los cuales comunica las licencias, sin goce de haber, que fueron concedidas a Alexander Carhuapoma Calle y a Manuel Rodrigo Elera García, en el cargo de regidores.
CONSIDERANDOS
1. Mediante el Decreto Supremo N° 004-2018-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año.
2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, la misma que tendrá eficacia a partir del 7 de setiembre de 2018, treinta (30) días calendario antes de la fecha de elecciones.
3. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales 2018, dada su condición de funcionarios públicos elegidos por voto popular, razón por la cual deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente.
4. Asimismo, de acuerdo con el artículo cuarto de la Resolución N° 0081-2018-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano, con fecha 9 de febrero de 2018, se precisa que las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de alcalde, regidor o consejero regional culminan el día de la elección; en ese sentido, las autoridades deben reasumir sus funciones al día siguiente (9 de octubre de 2018).
5. Con fechas 29 de mayo y 4 de junio de 2018 (fojas 8 y 9), Alexander Carhuapoma Calle y Manuel Rodrigo Elera García, regidores del Concejo Provincial de Ayabaca, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2018, presentaron sus solicitudes de licencia, sin goce de haber, siendo estas concedidas mediante Acuerdos de Concejo N° 030-2018-MPA-“C” y N° 031-2018-MPA-“C”, ambos de fecha 4 de junio de dicho año (fojas 2 a 5), con efectividad a partir del 7 de setiembre de 2018.
6. En el presente caso, se aprecia que los regidores presentaron sus solicitudes de licencia dentro del plazo previsto, siendo aprobadas por el concejo municipal, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0081-2018-JNE, así como de la aplicación supletoria del numeral 2, del artículo 24, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, para completar el número de regidores, corresponde convocar al regidor suplente, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, y, en el supuesto de no quedar suficientes candidatos, se incorpora a los integrantes de otra lista, debiendo ser los que siguen en el orden del cómputo de sufragio, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014.
7. En ese sentido, resulta procedente convocar a Francisco Ruiz Cruz, identificado con DNI N° 03132228, candidato no proclamado de la organización política Unión Democrática del Norte, y a Lut Magaly Flores Vásquez, identificada con DNI N° 45701932, candidata no proclamada de la organización política Alternativa de Paz y Desarrollo, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Sullana, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO las credenciales otorgadas a Alexander Carhuapoma Calle y a Manuel Rodrigo Elera García, regidores del Concejo Provincial de Ayabaca, departamento de Piura, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018.
Artículo Segundo.- CONVOCAR a Francisco Ruiz Cruz, identificado con DNI N° 03132228, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Provincial de Ayabaca, departamento de Piura, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal.
Artículo Tercero.- CONVOCAR a Lut Magaly Flores Vásquez, identificada con DNI N° 45701932, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Provincial de Ayabaca, departamento de Piura, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal.
SS.
TICONA POSTIGO
ARCE CÓRDOVA
CHANAMÉ ORBE
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Concha Moscoso
Secretaria General
1706361-7