Autorizan viaje de autoridades de la Universidad Nacional de Cajamarca a Colombia, en comisión de servicios
Universidad Nacional de Cajamarca
Resolución de Consejo Universitario
Nº 2850-2018-UNC
Cajamarca, 11 de octubre del 2018
Vistos, los acuerdos de Sesión Ordinaria de Consejo Universitario de la Universidad Nacional de Cajamarca, tomados el 03 de octubre del 2018; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme al artículo 18º de la Constitución Política del Perú, la Universidad Pública es una entidad de Derecho Público, que goza de autonomía gubernativa, normativa, académica, administrativa y económica;
Que, la autonomía universitaria se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la Ley Universitaria, el Estatuto y las demás normas jurídicas vigentes (artículo 8º de la Ley Nº30220, Ley Universitaria);
Que, el Consejo Universitario de la Universidad Nacional de Cajamarca, aprobó los siguientes acuerdos y convenios: a) el Acuerdo de Cooperación e Intercambio Académico con la Universidad Nacional de Colombia, b) el Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional con la Universidad Autónoma Latinoamericana- Medellín- Colombia y c) el Convenio Marco Internacional de Cooperación Institucional e Intercambio Académico con la Corporación Universitaria Remington Medellín- Colombia, a ser suscritos por el Rector de la Universidad Nacional de Cajamarca, Doctor Angelmiro Montoya Mestanza en cada una de las Universidades receptoras, para lo cual es necesario realizar el viaje al país de Colombia los días 29, 30 y 31 de octubre del año en curso;
Que, en ese sentido, se vuelve necesaria la participación de las autoridades universitarias de nuestra Casa Superior de Estudios, personificadas en el Rector, el Vicerrector Académico y el Decano de la Facultad de Ciencias Pecuarias, para la ejecución de dichos acuerdos con sus pares colombianos y de conformidad con lo establecido en los artículos 32º, 38º y 46º del Estatuto de la Universidad Nacional de Cajamarca, quienes actuarán en este viaje de acuerdo a sus competencias;
Que, a efectos de lo señalado, debe aplicarse el supuesto de derecho descrito en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº30693, Ley del Sector Público para el Año Fiscal 2018, conforme a lo establecido en la Ley Nº27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias, así como lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº056-2013-PCM, en su artículo 5º;
Estando a lo expuesto; y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 59º y 62º de la Ley Universitaria Nº 30220; y los artículo 27º y 32º del Estatuto vigente de la Universidad Nacional de Cajamarca, así como lo dispuesto por la Ley Nº30693;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje en comisión de servicios, de las autoridades de la Universidad Nacional de Cajamarca: Dr. Angelmiro Montoya Mestanza (Rector), Dr. Ángel Francisco Dávila Rojas (Vicerrector Académico) y Dr. Jorge Piedra Flores (Decano de la Facultad de Ingeniería en Ciencias Pecuarias), a las ciudades de Bogotá y Medellín -Colombia, los días 29,30 y 31 de octubre del año en curso, para la suscripción de los Acuerdos y Convenios Interinstitucionales detallados en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- ESPECIFICAR, que los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, son con cargo al presupuesto institucional de la Unidad Ejecutora 522- Universidad Nacional de Cajamarca.
Artículo Tercero.- ESPECIFICAR, que los gastos para el Rector de la Universidad Nacional de Cajamarca, Dr. Angelmiro Montoya Mestanza, son los que se especifican, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aéreos : US$ 613.00
Viáticos (3 días) : US$ 1110.00
Artículo Cuarto.- ESPECIFICAR, que los gastos para el Vicerrector Académico de la Universidad Nacional de Cajamarca, Dr. Ángel Francisco Dávila Rojas, son los que se especifican, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aéreos : US$ 613.00
Viáticos (3 días) : US$ 1110.00
Artículo Quinto.- ESPECIFICAR, que los gastos para el Decano de la Facultad de Ingeniería en Ciencias Pecuarias de la Universidad Nacional de Cajamarca, Dr. Jorge Piedra Flores, son los que se especifican, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aéreos : US$ 613.00
Viáticos (3 días) : US$ 1110.00
Artículo Sexto.- ESTABLECER, que dentro de los 15 (quince) días siguientes de efectuado el viaje, las autoridades citadas en el artículo primero, presentarán un informe ante el Despacho Rectoral, detallando y describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. En este mismo plazo se presentarán las rendiciones de cuentas por los viáticos entregados.
Artículo Sétimo.- ESPECIFICAR, que la presente Resolución no da derecho a la exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de las autoridades cuyo viaje se autoriza.
Artículo Octavo.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo Noveno.- HACER CONOCER, la presente Resolución al Rectorado, Vicerrectorado Académico, Dirección General de Administración, Facultad de Ingeniería en Ciencias Pecuarias, Oficina General de Planificación y Presupuesto, Oficina General de Logística e interesados, para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y archívese.
ANGELMIRO MONTOYA MESTANZA
Rector
JORGE LUIS QUIÑONES ESPINOZA
Secretario General
1705951-1