1705427_4
LEY Nº 30861
EL PRESIDENTE del Congreso DE LA
REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL Y NECESIDAD PÚBLICA LA CONSTRUCCIÓN DE LA PLANTA DE FRACCIONAMIENTO DE LÍQUIDOS DE GAS NATURAL (LGN) EN LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN DEL DEPARTAMENTO DE CUSCO
Artículo único. Declaración de interés nacional y necesidad pública
Declárase de interés nacional y necesidad pública la construcción de la planta de fraccionamiento de líquidos de gas natural en la provincia de La Convención, ubicada en el departamento de Cusco.
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los veintisiete días del mes de setiembre de dos mil dieciocho.
DANIEL SALAVERRY VILLA
Presidente del Congreso de la República
LEYLA CHIHUÁN RAMOS
Primera Vicepresidenta del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
No habiendo sido promulgada dentro del plazo constitucional por el señor Presidente de la República, en cumplimiento de los artículos 108 de la Constitución Política del Perú y 80 del Reglamento del Congreso de la República, ordeno que se publique y cumpla.
En Lima, a los veintitrés días del mes de octubre de dos mil dieciocho.
DANIEL SALAVERRY VILLA
Presidente del Congreso de la República
LEYLA CHIHUÁN RAMOS
Primera Vicepresidenta del Congreso de la República
1705427_4