Aceptan renuncia de Vocal de la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual del INDECOPI

RESOLUCIÓN SUPREMA

Nº 190-2018-PCM

Lima, 22 de octubre de 2018

VISTA: La Carta N° 099-2018/GEG-INDECOPI de la Gerente General (e) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual- INDECOPI;

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 12.1 del artículo 12 de la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual- INDECOPI, aprobada mediante Decreto Legislativo N° 1033, establece que el Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual es un órgano con autonomía técnica y funcional constituido por Salas Especializadas en los asuntos de competencia resolutiva del INDECOPI;

Que, el numeral 12.2 del artículo 12 de la citada Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, señala que cada Sala está integrada por cinco (5) vocales, en cuya conformación deberá procurarse un colegiado multidisciplinario;

Que, mediante Resolución Suprema N° 001-2018-PCM, publicada el 06 de enero de 2018 en el diario oficial El Peruano, se designó al señor Javier Hernando Illescas Mucha como Vocal de la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual- INDECOPI;

Que, el citado Vocal ha presentado su renuncia al cargo que venía desempeñando, la misma que se ha visto por pertinente aceptar;

De conformidad con la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada mediante Decreto Legislativo N° 1033;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aceptar la renuncia del señor Javier Hernando Illescas Mucha, al cargo de Vocal de la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual- INDECOPI, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO

Presidente de la República

CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO

Presidente del Consejo de Ministros

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