Modifican resolución directoral mediante la cual se renovó el permiso de operación de servicio de transporte aéreo internacional regular de pasajeros, carga y correo de Peruvian Air Line S.A.C.

RESOLUCIÓN DIRECTORAL

N° 799-2018-MTC/12

Lima, 19 de setiembre del 2018

VISTO: La solicitud de PERUVIAN AIR LINE S.A.C. sobre Modificación de Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Directoral N° 651-2016-MTC/12 del 14 de noviembre de 2016, se renovó el Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo de PERUVIAN AIR LINE S.A.C., por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 03 de diciembre de 2016, hasta el 03 de diciembre de 2020;

Que, con documento de Registro Nº T-114987-2018 del 27 de abril de 2018, PERUVIAN AIR LINE S.A.C. solicitó la modificación del referido Permiso de Operación, a fin de incluir rutas y frecuencias, con derechos de Tercera, Cuarta y Quinta Libertad del Aire;

Que, PERUVIAN AIR LINE S.A.C. cuenta con el Certificado de Explotador de Servicios Aéreos N° 073 y sus Especificaciones de Operación respectivas;

Que, en aplicación del artículo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva;

Que, el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC, establece que la Dirección General de Aeronáutica Civil otorga los permisos de operación para el servicio de transporte aéreo internacional, regular y no regular, conforme a la disponibilidad de derechos aerocomerciales previstos en los acuerdos, convenios o instrumentos internacionales aplicables;

Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2017-JUS;

Que, según los términos del Memorando N° 685-2018-MTC/12.LEG, Memorando N° 077-2018-MTC/12.POA, Memorando N° 829-2018-MTC/12.07.CER, Informe N° 176-2018-MTC/12.07.AUT e Informe Nº 877-2018-MTC/12.07, emitidos por las áreas competentes de la Dirección General de Aeronáutica Civil y que forman parte de la presente Resolución Directoral, conforme a lo dispuesto en el artículo 6°, numeral 6.2 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, su Reglamento y demás disposiciones legales vigentes;

Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar -en el extremo pertinente- el Artículo 1° de la Resolución Directoral N° 651-2016-MTC/12 del 14 de noviembre de 2016, que renovó el Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo de PERUVIAN AIR LINE S.A.C., en los siguientes términos:

RUTAS, FRECUENCIAS Y DERECHOS AEROCOMERCIALES:

(Adicional a lo autorizado)

De conformidad con la Decisión 582 de la Comisión de la Comunidad Andina de Naciones, se concede:

CON DERECHOS DE TERCERA, CUARTA Y QUINTA LIBERTAD DEL AIRE:

- LIMA – QUITO Y/O GUAYAQUIL Y VV., con siete (07) frecuencias semanales.

- LIMA – QUITO Y/O BOGOTÁ Y VV., con siete (07) frecuencias semanales.

- LIMA – QUITO Y VV., con siete (07) frecuencias semanales.

- LIMA – BOGOTÁ Y VV., con siete (07) frecuencias semanales.

Artículo 2.- Los demás términos de la Resolución Directoral N° 651-2016-MTC/12 del 14 de noviembre de 2016 continúan vigentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese,

JUAN CARLOS PAVIC MORENO

Director General de Aeronáutica Civil

1702931-1