Ratifican Ordenanza de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa que aprueba el monto de derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de tributo y distribución a domicilio del Impuesto Predial y Arbitrios para el ejercicio 2017

(Se publica el presente Acuerdo de Concejo a solicitud de la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante Oficio N° 756-2018-mml-SGC, recibido el 17 de octubre de 2018)

ACUERDO DE CONCEJO

Nº 536

Lima, 22 de diciembre de 2016

Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 22 de diciembre del 2016, el Oficio Nº 001-090-00008703 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT, adjuntando el expediente de ratificación de la Ordenanza Nº 338-MDPH de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa, que aprueba el monto del derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución a domicilio del impuesto predial y arbitrios municipales para el ejercicio 2017, en esa jurisdicción; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad.

Que, en aplicación de lo normado por la Ordenanza Nº 1533, modificada por la Ordenanza No. 1833 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicadas el 27 de junio de 2011 y el 19 de diciembre de 2014, respectivamente, la Municipalidad Distrital recurrente aprobó la Ordenanza materia de la ratificación, remitiéndola al Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT, incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, con carácter de Declaración Jurada, y la citada entidad en uso de sus competencias y atribuciones, previa revisión y estudio, emitió el Informe Nº 266-181-00000503, opinando que procede la ratificación solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos y las normas aplicables, de conformidad con la Ordenanza Nº 1533, modificada por la Ordenanza No. 1833 y la Directiva Nº 001-006-00000015, publicada el 30 de junio de 2011; debiéndose efectuar las publicaciones pertinentes en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional.

Que, los ingresos que la citada Municipalidad Distrital prevé percibir, producto de la emisión mecanizada del impuesto predial y de arbitrios municipales, cubren el 89.06% de los costos incurridos en la prestación de los referidos servicios.

De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización, en el Dictamen Nº 271-2016-MML/CMAEO.

ACORDO:

Artículo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 338/MDPH de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa, que aprueba el monto del derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución a domicilio del impuesto predial y arbitrios municipales para el ejercicio 2017, en esa jurisdicción distrital.

Artículo Segundo.- El presente Acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación hasta el 31 de diciembre del 2016, así como del texto íntegro de la Ordenanza ratificada, y sus anexos que contienen los cuadros de estructura de costos y estimación de ingresos, respectivamente. La aplicación de la Ordenanza materia de la presente ratificación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de dicha Municipalidad Distrital.

Artículo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicación, el Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT, a través de su página web www.sat.gob.pe hará de conocimiento público el presente Acuerdo, y el informe del Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

LUIS CASTAÑEDA LOSSIO

Alcalde de Lima

1702488-1