Disponen la prepublicación en el Portal Institucional del Ministerio del proyecto de Decreto Supremo que crea la Comisión de Alto Nivel de Cambio Climático

Resolución Ministerial

Nº 355-2018-MINAM

Lima, 12 de octubre de 2018

Vistos; el Memorando N° 665-2018-MINAM/VMDERN, del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; el Informe N° 167-2018-MINAM/VMDERN/DGCCD, de la Dirección General de Cambio Climático y Desertificación; el Informe N° 608-2018-MINAM/SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Legislativa Nº 26185, el Congreso de la República aprobó la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, adoptado en Nueva York el 9 de mayo de 1992 y suscrita por el Perú en Río de Janeiro el 12 de junio de 1992, la cual tiene como objetivo último la estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera a un nivel que impida interferencias antropogénicas peligrosas en el sistema climático; y precisa que este nivel debería lograrse en un plazo suficiente que permita que los ecosistemas se adapten naturalmente al cambio climático, asegurar que la producción de alimentos no se vea amenazada, y que el desarrollo económico prosiga de manera sostenible;

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1013 se crea el Ministerio del Ambiente como el organismo del Poder Ejecutivo rector del sector ambiental, el cual comprende el Sistema Nacional de Gestión Ambiental como sistema funcional, integrando al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, al Sistema Nacional de Información Ambiental y al Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado; así como la gestión de los recursos naturales, en el ámbito de su competencia, de la biodiversidad, del cambio climático, del manejo de los suelos y de los demás ámbitos temáticos que se establecen por ley;

Que, el literal j) del artículo 7 del referido Decreto Legislativo establece que el Ministerio del Ambiente tiene como función específica implementar los acuerdos ambientales internacionales y presidir las respectivas comisiones nacionales;

Que, mediante la Ley Nº 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático, se establecen los principios, enfoques y disposiciones generales para coordinar, articular, diseñar, ejecutar, reportar, monitorear, evaluar y difundir las políticas públicas para la gestión integral, participativa y transparente de las medidas de adaptación y mitigación al cambio climático; a fin de reducir la vulnerabilidad del país al cambio climático, aprovechar las oportunidades del crecimiento bajo en carbono y cumplir con los compromisos internacionales asumidos por el Estado ante la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, con enfoque intergeneracional;

Que, el artículo 10 de la Ley N° 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático, la Comisión de Alto Nivel de Cambio Climático propone las medidas de adaptación y mitigación al cambio climático y las Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional; y, emite informe técnico que será presentado al punto focal ante la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, de acuerdo a los compromisos internacionales ratificados por el Perú; la Comisión de Alto Nivel de Cambio Climático se crea mediante decreto supremo y tiene carácter permanente, es presidida por la Presidencia del Consejo de Ministros y la Secretaría Técnica recae sobre el Ministerio del Ambiente; la conformación y el desarrollo de las funciones de la Comisión de Alto Nivel de Cambio Climático se definen en la norma de su creación;

Que, en tal contexto, se ha elaborado el proyecto de Decreto Supremo que crea la Comisión de Alto Nivel de Cambio Climático, el cual se pone en conocimiento del público para recibir sus opiniones y sugerencias, como parte de la política institucional y en aplicación de los principios consagrados en el artículo 2 de la Ley N° 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático;

Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley N° 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-MINAM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Disponer la prepublicación del proyecto de Decreto Supremo que crea la Comisión de Alto Nivel de Cambio Climático, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Dicha prepublicación se realizará en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (http://www.minam.gob.pe/consultaspublicas), a fin de conocer las opiniones y/o sugerencias de los interesados, por un plazo de diez (10) días hábiles, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2.- Las opiniones y/o sugerencias sobre el proyecto normativo señalado en el artículo precedente deberán ser remitidas por escrito al Ministerio del Ambiente, sito en la Avenida Antonio Miró Quesada N° 425, 4to piso, Magdalena del Mar, Lima y/o a la dirección electrónica reglamento@minam.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Fabiola Muñoz Dodero

Ministra del Ambiente

1701912-2