Aceptan renuncia de Intendente Nacional de Supervisión del Sistema Inspectivo de la SUNAFIL

Resolución de Superintendencia

N° 181-2018-SUNAFIL

Lima, 12 de octubre de 2018

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 29981 se crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, responsable de promover, supervisar y fiscalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y el de seguridad y salud en el trabajo, así como brindar asistencia técnica, realizar investigaciones y proponer la emisión de normas sobre dichas materias;

Que, el literal f) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAFIL, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2013-TR, modificado por Decreto Supremo N° 009-2013-TR, establece que el Superintendente tiene por función designar y remover a los directivos de la SUNAFIL;

Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 59-2017-SUNAFIL, se designó a la abogada Gabriela Del Carmen Soto Hoyos en el cargo de Intendente Nacional de Supervisión del Sistema Inspectivo de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL, cargo clasificado como empleado de confianza; quien ha presentado su renuncia al cargo; por lo que, corresponde aceptarla;

Con el visado del Gerente General, de la Jefa de la Oficina General de Administración, y de la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con la Ley N° 29981, Ley de creación de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-TR, modificado por Decreto Supremo N° 009-2013-TR;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aceptar la renuncia presentada por la abogada GABRIELA DEL CARMEN SOTO HOYOS al cargo de Intendente Nacional de Supervisión del Sistema Inspectivo de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, con efectividad al 15 de octubre de 2018, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2.- Notificar la presente resolución a la persona mencionada en el artículo 1, así como a la Oficina General de Administración, para las acciones necesarias.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la SUNAFIL (www.sunafil.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE LUIS CÁCERES NEYRA

Superintendente Nacional de

Fiscalización Laboral

1701866-1