Ratifican las “Enmiendas al Convenio Constitutivo del Fondo Común para los Productos Básicos”

DECRETO SUPREMO

Nº 043-2018-re

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, las “Enmiendas al Convenio Constitutivo del Fondo Común para los Productos Básicos” fueron aprobadas en la 26° Reunión Anual del Consejo de Gobernadores, evento celebrado los días 10 y 11 de diciembre de 2014 en la ciudad de la Haya, Reino de los Países Bajos;

Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional;

De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 118 inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley N° 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratificar Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso;

DECRETA:

Artículo 1º.- Ratifícase las “Enmiendas al Convenio Constitutivo del Fondo Común para los Productos Básicos” aprobadas en la 26° Reunión Anual del Consejo de Gobernadores, evento celebrado los días 10 y 11 de diciembre de 2014 en la ciudad de la Haya, Reino de los Países Bajos.

Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4 y 6 de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial “El Peruano” el texto íntegro de las referidas Enmiendas, así como su fecha de entrada en vigencia.

Artículo 3°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el señor Ministro de Relaciones Exteriores.

Artículo 4°.- Dése cuenta al Congreso de la República.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO

Presidente de la República

NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES

Ministro de Relaciones Exteriores

1700826-4