Modifican el Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios
resolución de dirección ejecutiva
nº 00088-2018-rcc/de
Lima, 10 de octubre de 2018
VISTOS: El Acuerdo N° 1 de la Cuadragésimo Cuarta Sesión de Directorio de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, el Informe N° 635-2018-RCC/GPE y el Informe N° 518-2018-RCC/GL; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 094-2018-PCM se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30556, que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (en adelante la Autoridad), como una entidad adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, de carácter excepcional y temporal, encargada de liderar e implementar el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios (en adelante El Plan);
Que, el numeral 2.2 del artículo 2 de la Ley N° 30556, modificada por el Decreto Legislativo N° 1354, señala que mediante Acuerdo de Directorio de la Autoridad se aprueban las modificaciones de El Plan, las cuales se sujetan al cumplimiento de las reglas fiscales, tales modificaciones pueden incluir el cambio de Entidad Ejecutora, el cual se comunica a éstas. Dicho Acuerdo es formalizado mediante Resolución de Dirección Ejecutiva de la Autoridad, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional de la Autoridad;
Que, mediante Decreto Supremo N° 091-2017-PCM y sus modificatorias se aprobó El Plan, así como sus anexos, los cuales se encuentran publicados en el portal web Institucional de la Autoridad (www.rcc.gob.pe);
Que, de acuerdo al Informe N° 574-2018-RCC/GPE, la Gerencia de Planificación Estratégica de la Autoridad emite, en el marco de sus competencias, opinión técnica favorable para efectuar modificaciones a El Plan, relacionadas al cambio de ejecutores, exclusiones, y precisiones de intervenciones relacionadas a los sectores Red Subnacional-Caminos, Agricultura y Saneamiento en el citado Plan;
Que, la Gerencia de Planificación Estratégica señala que es necesario modificar El Plan en los siguientes puntos: i) Cambio de entidades ejecutoras de dos (02) intervenciones correspondientes a las soluciones integrales: Solución Integral “Río Piura” y “Drenaje Pluvial ciudad de Piura” del cuadro “Fondos destinados para la prevención de inundaciones pluviales, fluviales y movimiento de masas y entidades ejecutoras” del anexo “Fondo para prevención de inundaciones pluviales, fluviales y movimiento de masas”, por el importe S/ 1 844 551 747.00 (MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), y ii) Exclusiones de seis (06) intervenciones del sector Red Nacional - Carreteras por un monto de S/ 110 321 600.00 (CIENTO DIEZ MILLONES TRESCIENTOS VEINTIÚN MIL SEISCIENTOS Y 00/100 SOLES);
Que, mediante Acuerdo N° 1 de la Cuadragésimo Cuarta Sesión de Directorio de la Autoridad celebrada el 09 de octubre de 2018, se aprobaron las modificaciones a El Plan propuestas por la Gerencia de Planificación Estratégica y se autorizó al Director Ejecutivo de la Autoridad a formalizar dicho acuerdo mediante Resolución de Dirección Ejecutiva, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional de la Autoridad;
De conformidad con lo establecido en Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del gobierno nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, modificada por el Decreto Legislativo N° 1354;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modifíquese el Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios aprobado mediante Decreto Supremo N° 091-2017-PCM y modificatorias, a fin de cambiar las entidades ejecutoras de las intervenciones del citado Plan, según se detalla en el Anexo N° 01 que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Exclúyanse las intervenciones del Plan de la Reconstrucción con Cambios aprobado mediante Decreto Supremo N° 091-2017-PCM y sus modificatorias, según se detalla en el Anexo N° 02 que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3.- Los Anexos de la presente Resolución, serán publicados por la Gerencia de Comunicación Estratégica en el portal web institucional de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (www.rcc.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 4.- La presente resolución entra en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 5.- Encargar a la Gerencia Administrativa la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDGAR QUISPE REMÓN
Director Ejecutivo
Autoridad para la Reconstrucción de Cambios
1700825-1