Modifican la Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del Indecopi N° 013-2018-INDECOPI/COD que delega para el año Fiscal 2018, en el cargo del Gerente General, facultades en materia de contratación pública

RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL

CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI

Nº 161-2018-INDECOPI/COD

Lima, 14 de setiembre de 2018

VISTOS:

La Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del Indecopi Nº 013-2018-INDECOPI/COD del 18 de enero de 2018, que delegó para el año fiscal 2018, diversas facultades en materia de contratación y obra pública, el Informe Nº 073-2018/GAF-Sgl emitido por la Sub Gerencia de Logística y Control Patrimonial; el Memorándum Nº 2066-2018/GEL que adjunta el Informe Nº 696-2018/GEL emitido por la Gerencia Legal; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del Indecopi Nº 013-2018-INDECOPI/COD del 18 de enero de 2018, se delegó para el año Fiscal 2018, diversas facultades en materia de contratación y obra pública, al Gerente General, Gerente Legal, Gerente de Administración y Finanzas y al Subgerente de Logística y Control Patrimonial, las cuales fueron otorgadas en el marco de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por la Ley Nº 30225 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 350-2015-EF;

Que, el artículo 8º de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, modificada por el Decreto Legislativo Nº 1341, en adelante la Ley, señala que el Titular de la Entidad podrá delegar mediante resolución, la autoridad que dicha Ley y su Reglamento le otorgan, señalando además lo que no es objeto de delegación; es decir, los actos administrativos indelegables, tales como: la declaración de nulidad de oficio, la aprobación de las contrataciones directas, salvo aquellas dispuestas por el vigente Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, y otros supuestos que se establezcan en el mencionado reglamento;

Que, mediante Informe Nº 073-2018/GAF-Sgl, la Sub Gerencia de Logística y Control Patrimonial propone modificar los literales b) de los artículos Primero y Segundo de la Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del Indecopi Nº 013-2018-INDECOPI/COD, con la finalidad de ampliar las facultades conferidas al Gerente General y Gerente de Administración y Finanzas, ello considerando que la delegación de facultades denota desconcentración, celeridad y viabilidad en los procesos de contratación de bienes, servicios y obras;

Que, a través del Informe Nº 696-2018-GEL, presentado con Memorándum Nº 2066-2018/GEL, del 13 de setiembre de 2018, la Gerencia Legal manifiesta que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8º de la Ley, resulta legalmente posible que el Presidente del Consejo Directivo del Indecopi amplíe la delegación de facultades dispuestas mediante Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del Indecopi Nº 013-2018-INDECOPI/COD;

Con el visto bueno del Gerente General, de la Gerencia de Administración y Finanzas, de la Gerencia Legal y de la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial; y,

De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado y sus modificatorias; Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 350-2015-EF y sus modificatorias, la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2018; y, en la Ley de Organización y Funciones del Indecopi aprobada por Decreto Legislativo Nº 1033;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Modifíquese los literales b) de los artículos Primero y Segundo de la Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del Indecopi Nº 013-2018-INDECOPI/COD, en los siguientes términos:

“Artículo Primero. - Delegar, para el año Fiscal 2018, en el cargo del Gerente General, las facultades en materia de contratación pública que a continuación se detallan:

(…)

b. Aprobación del expediente de contratación y las bases en los procedimientos de selección por licitación pública y por concurso público. Esta facultad incluye a los procedimientos de selección que deriven de la declaratoria de desierto de licitaciones públicas y concursos públicos; así como al procedimiento de selección por subasta inversa electrónica y las contrataciones directas, cuyo valor referencial, sea equivalente al de una licitación pública o concurso público. (…)

Artículo Segundo.- Delegar, para el año Fiscal 2018, en el cargo del Gerente de Administración y Finanzas las facultades en materia de contratación pública que a continuación se detallan:

(…)

b. Aprobación de los documentos del procedimiento de selección y del expediente de contratación, en los procedimientos de selección por adjudicación simplificada, subasta inversa electrónica, selección de consultores individuales y contrataciones directas, así como aquellos procedimientos de selección que deriven de la declaratoria de desierto de éstos, cuyo valor referencial, según corresponda, sea el de un procedimiento de selección por adjudicación simplificada o selección de consultores individuales. (…)”

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Ivo Gagliuffi Piercechi

Presidente del Consejo Directivo

1700032-1