Dejan sin efecto el Decreto Supremo N° 027-2018-EM
DECRETO SUPREMO
Nº 028-2018-EM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 027-2018-EM se modificaron el literal c) del artículo 146 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM y el numeral 3.4 del artículo 3 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1208, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2016-EM, entre otras disposiciones;
Que, se ha visto por conveniente dejar sin efecto el Decreto Supremo Nº 027-2018-EM en tanto OSINERGMIN culmina el proceso de fijación del Valor Agregado de Distribución que se encuentra en curso;
De conformidad con el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y el artículo 11, numeral 3) de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;
DECRETA:
Artículo Único.- Objeto
Dejáse sin efecto el Decreto Supremo Nº 027-2018-EM.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
FRANCISCO ISMODES MEZZANO
Ministro de Energía y Minas
1699764-1