Aprueban Manual de Operaciones - MOP del Proyecto Especial Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 752-2018 MTC/01.02

Lima, 26 de setiembre de 2018

VISTOS: La Nota de Elevación N° 104-208-MTC/33.1, los Memorándums N°s. 473 y 573-2018-MTC/33.1 del Director Ejecutivo del Proyecto Especial Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao – AATE, los Informes N°s. 273, 355 y 424-2018-MTC/33.3 de la Oficina de Asesoría Legal de la AATE y los Informes Técnicos N°s. 012, 014 y 015-2018-MTC/33.4 de la Oficina de Programación, Evaluación e Información de la AATE, los Memorándums Nºs 1306 y 1619-2018-MTC/09 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y los Informes Nºs. 0113 y 0142-2018-MTC/09.05 de la Oficina de Organización y Racionalización; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 032-2010-MTC se establece que la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE constituye un Proyecto Especial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, adscrito al Despacho Viceministerial de Transportes, conforme a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, estando encargado de las actividades de preparación, gestión, administración y ejecución de las obras y mantenimiento de la infraestructura civil y electromecánica y del equipamiento del Sistema Electico de Transporte Masivo de Lima y Callao, Línea 1 Villa El Salvador - Distrito de San Juan de Lurigancho, hasta que se extinga la concesión para la ejecución, explotación, operación y mantenimiento del mismo;

Que, por Decreto Supremo N° 059-2010-MTC y sus modificaciones, se aprueba la Red Básica del Metro de Lima - Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, la misma que está conformada sobre la base de seis (06) Líneas;

Que, con el Decreto Supremo N° 032-2011-MTC, se amplía el encargo a la AATE, sobre las actividades de proyección, planificación, ejecución y administración de la infraestructura ferroviaria correspondiente a la Red Básica del Metro de Lima - Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, hasta que se concluyan las obras o se extinga la concesión para la ejecución, explotación, operación y mantenimiento de la misma;

Que, con la Resolución Ministerial N° 383-2015-MTC-01.02 de fecha 03 de julio de 2015, se aprueba el Manual de Operaciones del Proyecto Especial Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE;

Que, mediante Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, tiene por objeto regular los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado, incluidos los proyectos especiales, cuya finalidad es que las entidades públicas conforme a su tipo, competencia y funciones se organicen de la mejor manera a fin de responder a las necesidades públicas, en beneficio de la ciudadanía;

Que, el artículo 18 del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM señala entre otros aspectos, que un proyecto especial es una forma de organización sin personería jurídica que se crea para alcanzar uno o varios objetivos en un periodo limitado de tiempo, siguiendo una metodología definida y cuenta con una estructura funcional que se desarrolla en el Manual de Operaciones;

Que, el artículo 53 del citado Decreto Supremo, establece que el Manual de Operaciones (MOP), es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura de los proyectos especiales, contiene sus funciones generales, las funciones específicas de sus unidades, así como sus procesos y, asimismo, a través de su artículo 55 establece que la propuesta del MOP se sustenta en un Informe Técnico que justifica su estructura y los mecanismos de control y coordinación, el mismo que se aprueba por el titular del sector;

Que, conforme a los documentos de Vistos y a la normatividad vigente, los órganos competentes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y de la AATE, sustentan técnica y legalmente la necesidad de aprobar el nuevo Manual de Operaciones del Proyecto Especial Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, a fin de asegurar la implementación de la infraestructura ferroviaria de la Red Básica del Metro de Lima - Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao;

Que, resulta procedente la aprobación del nuevo Manual de Operaciones del Proyecto Especial Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE;

De conformidad con la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Reglamento de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC y el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Manual de Operaciones - MOP del Proyecto Especial Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE, que consta de cuatro (4) títulos, cinco (5) capítulos, treinta y tres (33) artículos, cuatro (4) disposiciones complementarias finales y dos (02) anexos que incluyen un organigrama y un mapa de procesos, que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y sus anexos en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe) y en el Portal Institucional del Proyecto Especial Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE (www.aate.gob.pe), al día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 3.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 383-2015-MTC-01.02 de fecha 03 de julio de 2015.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDMER TRUJILLO MORI

Ministro de Transportes y Comunicaciones

1696570-1