Formalizan la aprobación del Cuadro de Asignación de Personal Provisional de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú

Escuela Nacional Superior Autónoma

de Bellas Artes del Perú

RESOLUCIÓN DIRECTORAL

Nº 114 A- 2017- ENSABAP

Lima, 9 de noviembre de 2017

VISTOS:

La Resolución Directoral Nº 056-2012-ENSABAP, el Informe Nº 278-2017-ENSABAP-DAL de fecha 05 de octubre de 2017, el Informe Nº 579-2017-ENSABAP-DAD-SD.RRHH de fecha 03 de noviembre de 2017, el Informe Nº 148-2017-ENSABAP-DAD de fecha 03 de noviembre de 2017, el Informe Nº 062-2017-ENSABAP-DP de fecha 09 de noviembre de 2017 y la sesión de Consejo Ejecutivo de fecha 09 de noviembre de 2017;

CONSIDERANDO:

Que, la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, en lo sucesivo ENSABAP, es una Institución Pública de Educación Superior, con autonomía académica, económica y administrativa, por mandato expreso de la Undécima Disposición Complementaria de la Ley Nº 28044 - Ley General de Educación, modificada por la Ley Nº 28329;

Que, con Resolución de Asamblea General Nº 002-2015-ENSABAP de fecha 21 de agosto de 2015, se formaliza la designación del señor Luis Carlos Valdez Espinoza, en el cargo de Director General de la ENSABAP, a partir del día 24 de agosto de 2015;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 056-2012-ENSABAP de fecha 14 de mayo de 2012, se aprobó el reordenamiento del Cuadro de Asignación de Personal – CAP institucional de la ENSABAP;

Que, mediante Informe Nº 278-2017-ENSABAP-DAL de fecha 05 de octubre de 2017, la Dirección de Asesoría Legal informa que la Ley Nº 26860 publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 05 de octubre de 1997, declaro en reorganización a la ENSABAP, estableciendo en su artículo 5 que “El personal que ingrese a prestar servicios a la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas, a partir de la vigencia de la presente Ley, así como el personal que se encuentra laborando a la entrada en vigencia de la presente Ley, se sujetara al régimen laboral de la actividad privada”; en consecuencia, la Ley Nº 26860 que estableció que todos los servidores de la ENSABAP estarían sujetos al régimen laboral de la actividad privada es una norma vigente y de obligatorio cumplimiento, razón por la cual se debe sincerar el régimen laboral de la institución, en ese sentido, se debe implementar el Cuadro de Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional y elaborar una planilla de acuerdo al régimen de la actividad privada regulada por el TUO del Decreto Legislativo Nº 728;

Que, mediante Informe Nº 579-2017-ENSABAP-DAD-SD.RRHH de fecha 03 de noviembre de 2017, la Sub Dirección de Recursos Humanos (e) teniendo en consideración que la Ley Nº 30057 – SERVIR permite la formulación de un Cuadro de Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional, recomienda que se implemente la Planilla de Remuneraciones de la ENSABAP bajo los alcances establecidos en el Decreto Legislativo Nº 728;

Que, a través del Informe Nº 148-2017-ENSABAP-DAD de fecha 03 de noviembre de 2017, la Dirección Administrativa emite opinión favorable a la elaboración y aprobación del Cuadro de Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional de la ENSABAP, por lo tanto, se debe elevar el expediente ante el Consejo Ejecutivo para su respectiva aprobación;

Que, mediante Informe Nº 062-2017-ENSABAP-DP de fecha 09 de noviembre de 2017, la Dirección de Planificación recomienda dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 5 de la Ley Nº 26860 debido a que permite sincerar el régimen laboral de la ENSABAP, además se formule e implemente el Cuadro de Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional, considerando el cumplimiento de la Ley Nº 26860;

Que, en sesión de fecha 09 de noviembre de 2017 los miembros del Consejo Ejecutivo aprobaron por unanimidad el Cuadro de Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional de la ENSABAP;

Estando a lo dispuesto y con los visados respectivos; y

De conformidad con el Estatuto aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-2009-ED, modificado mediante acuerdo de Asamblea General Extraordinaria de fecha 15 de noviembre de 2016, y con el Reglamento General aprobado mediante Resolución de Asamblea General Nº 001-2016-ENSABAP;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- FORMALIZAR la aprobación del Cuadro de Asignación de Personal Provisional de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución Directoral.

Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución Directoral Nº 056-2012-ENSABAP.

Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Dirección Administrativa la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Electrónico de la Institución.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

LUIS CARLOS VALDEZ ESPINOZA

Director General

MARCO ANTONIO GAVIÑO AGUILAR

Secretario General

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