Crean Fiscalías Provinciales Transitorias Especializadas en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar en los Distritos Fiscales de Lima, Lima Este, Lima Norte, Lima Sur y Callao

RESOLUCIÓN DE junta de fiscales supremos

115-2018-MP-FN-JFS

Lima, 17 de setiembre de 2018

VISTO y CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, y su reglamento, establecen un proceso especial de tutela y un proceso penal, frente a la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, con competencias, responsabilidades, procedimientos y medidas que corresponde adoptar a cada uno/a de los/as operadores/as involucrados/as, los cuales deben estar especialmente capacitados en las materias a su cargo.

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1368 se creó el Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, a fin de contar con un Sistema Integrado y Especializado de Justicia en dicha materia y en delitos sexuales en agravio de niños, niñas y adolescentes; asimismo, en su artículo 4° inciso b, establece: “Ministerio Público: disponer la creación de Fiscalías Especializadas de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, en materia Penal y de Familia, así como la creación de unidades de investigación forense debidamente equipadas con personal especializado, que incluya peritos, Cámaras Gesell y laboratorios, de acuerdo a la carga procesal.”

Que, por Decreto Supremo N° 192-2018-EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 20 de agosto de 2018, se autorizó la transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, por la suma de S/. 59 295 634 (Cincuenta y Nueve Millones Doscientos Noventa y Cinco Mil Seiscientos Treinta y Cuatro y 00/100 soles), para financiar acciones de prevención y atención de casos de violencia contra la mujer.

Al respecto, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 002924-2018-MP-FN, de fecha 23 de agosto de 2018, se aprobó la desagregación de la Transferencia de Partidas autorizada mediante Decreto Supremo N° 192-2018-EF, a favor del Pliego 022 Ministerio Público, hasta por la suma de S/. 6 427 689,00 (seis millones cuatrocientos veintisiete mil seiscientos ochenta y nueve y 00/100 soles) en el Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2018, con cargo a la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios.

Que, mediante Oficio N° 000604-2018-MP-FN, de fecha 29 de agosto de 2018, el señor Fiscal de la Nación doctor Pedro Gonzalo Chávarry Vallejos, en el marco de lo establecido en el Decreto Supremo N° 192-2018-EF, informa que el presupuesto mencionado será destinado para la protección, prevención y atención de casos de Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar, con las siguientes acciones concretas: a) Creación de diez (10) Fiscalías Especializadas en Violencia Contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar b) Implementación de (25) cámaras Gesell; c) Implementación de un (1) laboratorio de biología forense y d) Realización de un (1) diplomado especializado dirigido a los operadores de justicia; asimismo, precisa que la creación de las fiscalías especializadas antes señaladas, se ejecutarán hasta el 31 de diciembre del presente año.

De otro lado, la Oficina Central de Planificación y Presupuesto mediante el Oficio N° 002115-2018-MP-FN-GG-OCPLAP, de fecha 05 de setiembre de 2018, informa que en mérito a lo aprobado por el Decreto Supremo N° 192-2018-EF, en lo que respecta al año 2019, se estaría autorizando al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, a favor, entre otros, del Ministerio Público; dentro de los quince días hábiles de publicada la ley de Presupuesto para el año fiscal 2019, en donde se incluiría la continuidad del presupuesto otorgado a través del mencionado Decreto Supremo.

Que, el Equipo Técnico del Ministerio Público para la Implementación del Nuevo Código Procesal Penal y la Oficina de Centro de Costos y Presupuesto por Resultados, informaron ante la Junta de Fiscales Supremos sobre el dimensionamiento que generará las creaciones de los despachos fiscales de Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar; y de la evolución de la carga procesal que vienen asumiendo las fiscalías provinciales penales, en materia de violencia contra la mujer, respectivamente.

Que, mediante Acuerdo N° 5256 adoptado por la Junta de Fiscales Supremos en Sesión Extraordinaria de fecha 17 de setiembre de 2018, se acordó por unanimidad, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, crear diez (10) Fiscalías Provinciales Transitorias Especializadas en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar. Asimismo, crear diez (10) plazas de Fiscales Provinciales y veinte (20) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, todas con carácter transitorio, las mismas que estarán distribuidas en el Distrito Fiscal de Lima, Distrito Fiscal de Lima Este, Distrito Fiscal de Lima Norte, Distrito Fiscal de Lima Sur y Distrito Fiscal del Callao y las correspondientes plazas administrativas. De igual forma, la conformación de los mencionados despachos fiscales se realizará con un (01) Fiscal Provincial y dos (02) Fiscales Adjuntos Provinciales en cada una de las Fiscalías creadas, precisando que el funcionamiento de las fiscalías creadas se dará inicio con carga cero y su vigencia será del 01 de setiembre hasta el 31 de diciembre de 2018, con cargo a su continuidad según presupuesto otorgado para el año 2019.

Que, estando al Acuerdo N° 5256 aprobado por la Junta de Fiscales Supremos; y, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Crear diez (10) Fiscalías Provinciales Transitorias Especializadas en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar, con carga cero; así como, diez (10) plazas de Fiscales Provinciales y veinte (20) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, todas con carácter transitorio; y las correspondientes plazas administrativas, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, las mismas que estarán distribuidas de la siguiente manera:

Distrito Fiscal de Lima

- Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima - Sede Lima

01 Fiscal Provincial

02 Fiscales Adjuntos Provinciales

Distrito Fiscal de Lima Este

- Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de San Juan de Lurigancho - Sede San Juan de Lurigancho.

01 Fiscal Provincial

02 Fiscales Adjuntos Provinciales

- Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Ate - Sede Ate.

01 Fiscal Provincial

02 Fiscales Adjuntos Provinciales

- Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de El Agustino - Sede El Agustino.

01 Fiscal Provincial

02 Fiscales Adjuntos Provinciales

Distrito Fiscal de Lima Norte

- Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Comas - Sede Independencia.

01 Fiscal Provincial

02 Fiscales Adjuntos Provinciales

- Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Los Olivos - Sede Los Olivos.

01 Fiscal Provincial

02 Fiscales Adjuntos Provinciales

Distrito Fiscal de Lima Sur

- Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Villa María del Triunfo - Sede Villa María del Triunfo.

01 Fiscal Provincial

02 Fiscales Adjuntos Provinciales

- Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Villa El Salvador - Sede Villa El Salvador.

01 Fiscal Provincial

02 Fiscales Adjuntos Provinciales

- Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de San Juan de Miraflores - Sede San Juan de Miraflores.

01 Fiscal Provincial

02 Fiscales Adjuntos Provinciales

Distrito Fiscal del Callao

- Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar del Callao - Sede Callao.

01 Fiscal Provincial

02 Fiscales Adjuntos Provinciales

Artículo Segundo.- Precisar que las plazas de fiscales señaladas en el artículo precedente no deberán ser convocadas a concurso por el Consejo Nacional de la Magistratura.

Artículo Tercero.- Disponer que los Despachos y plazas fiscales creadas en el artículo primero de la presente resolución tendrán vigencia con efectividad del 01 de setiembre al 31 de diciembre de 2018 y su renovación estará sujeto a lo señalado en el considerando quinto de la presente resolución.

Artículo Cuarto.- Facultar al señor Fiscal de la Nación la distribución y/o redistribución de las plazas fiscales que se mencionan en la presente resolución, de acuerdo a las necesidades y requerimientos del servicio.

Artículo Quinto.- Facultar a las Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Lima, Lima Este, Lima Norte, Lima Sur y del Callao, para que disponga las medidas destinadas al cumplimiento de la presente resolución, conforme a lo establecido en el artículo 77º, literal g) del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 067-2009-MP-FN, de fecha 23 de enero de 2009.

Artículo Sexto.- Disponer que la Gerencia General del Ministerio Público adopte las acciones pertinentes para el cumplimiento de la presente resolución.

Artículo Sétimo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución al Despacho de la Fiscalía de la Nación, Consejo Nacional de la Magistratura, Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Lima, Lima Este, Lima Norte, Lima Sur y del Callao, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Lima, Lima Este, Lima Norte, Lima Sur y Callao, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Equipo Técnico del Ministerio Público para la Implementación del Nuevo Código Procesal Penal y Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO GONZALO CHÁVARRY VALLEJOS

Fiscal de la Nación

Presidente de la Junta de Fiscales Supremos

1694659-1