Autorizan viaje de oficiales de la Policía Nacional del Perú a México, en comisión de servicios, y de cadetes de la Escuela de Oficiales, en misión de estudios

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 1082-2018-IN

Lima, 19 de setiembre de 2018

VISTOS; el Mensaje de fecha 3 de mayo de 2018, de la Dirección General Adjunta de Actividades Académicas Internacionales del Sistema de Desarrollo Policial de la Policía Federal de México, la Hoja de Estudio y Opinión N° 293-2018-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 5 de setiembre de 2018, de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, el Oficio N° 369-2018-DIRASINT-PNP/DIVBEC-D.R., de fecha 11 de setiembre de 2018, de la Jefatura de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, el Informe N° 002519-2018/IN/OGAJ, de fecha 18 de setiembre de 2018, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Mensaje de fecha 3 de mayo de 2018, la Dirección General Adjunta de Actividades Académicas Internacionales del Sistema de Desarrollo Policial de la Policía Federal de México hace de conocimiento de la Jefatura del Área de Planeamiento de la Escuela de Oficiales de la Escuela Nacional de Formación Profesional de la Policía Nacional del Perú, que estima conveniente que una delegación de Cadetes del Quinto Año de la Escuela de Oficiales de la Escuela Nacional de Formación Profesional de la Policía Nacional del Perú, realicen una pasantía académica del 30 de setiembre al 6 de octubre de 2018, en la Academia Superior de la Policía Federal de México, ubicada en el Estado de San Luis Potosí – Estados Unidos Mexicanos;

Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 293-2018-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 5 de setiembre de 2018, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior, en misión de estudios, de los Cadetes del Quinto Año de la Escuela de Oficiales de la Escuela Nacional de Formación Profesional de la Policía Nacional del Perú José Emmanuel Ramón Ñahuis, Boris Bill Erick Raime Lara, Everth Isaac Gupioc Valqui, Raúl Ronald Fidel Jamanca, Isaac Junior Solís Dueñas, Jorge Luis Champion Añanca, Jorge Raúl Santisteban Francisco, Nando Froilán De La Cruz Damazo, Manuel Jesús López Silverio, Armando Bill Torres Apaza, Michael López Rodríguez, Rubén Líder Villafuerte Huamaní, Carlos Xavier Rojas Quispe, Álvaro Villaverde Rodríguez, Jhon Brayan Lozano Núñez, Carlos Alfredo Ochicua Reyes, Percy Vilca Yépez, Jorge Fernando González Rojas, Erick Leonel Anderson Rosales Espinoza, Ivett Rosa De La Cruz Inga, Raúl Aurelio Lima Vera, Darwin Suárez Ojeda, César Jim Tisza Hilario, Raúl Bilarmino Laura Poma, Kevin Zamorano Maldonado, Harold Emerson Velásquez Gallegos, Roosvelth Alarcón Huamán, Christian Junior Delgado Guerrero, Benji Kevin Alexis Añanca Saavedra y Jorge Luis Sánchez Miza, para que continúen su proceso de formación en la Academia Superior de la Policía Federal de México, ubicada en el Estado de San Luis Potosí – Estados Unidos Mexicanos, del 30 de setiembre al 6 de octubre de 2018, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que dicha pasantía tiene como finalidad que los citados Cadetes adquieran nuevos conocimientos que les permitan un óptimo desempeño en la ejecución de la función policial, consolidando su formación en las áreas de inteligencia, investigación criminal y prevención de delitos y faltas; asimismo, busca contrastar la realidad doctrinaria, organizacional y funcional de la Policía Nacional del Perú con la realidad operacional de la Policía Federal de México;

Que, asimismo, de la documentación expuesta en el considerando precedente, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Wilder Meza Vidal, de los Capitanes de la Policía Nacional del Perú Carlos Antonio Reyna Gallegos y Aldo Darwin Pinto Rivera; y, del Teniente de la Policía Nacional del Perú Erik Martín Álvarez Leandro, propuestos por la Escuela de Oficiales de la Escuela Nacional de Formación Profesional de la Policía Nacional del Perú, para que planifiquen, coordinen, dirijan, supervisen y evalúen las actividades de los citados Cadetes en la continuación de su proceso de formación en la Academia Superior de la Policía Federal de México, ubicada en el Estado de San Luis Potosí – Estados Unidos Mexicanos, del 30 de setiembre al 6 de octubre de 2018;

Que, los conocimientos y las experiencias a adquirirse como resultado de la participación de los citados Cadetes en la pasantía indicada, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de alojamiento, alimentación y traslado interno, tanto para los Cadetes como para los Oficiales, son asumidos por la Policía Federal de México, conforme lo precisa el Mensaje de fecha 4 de junio de 2018, de la Dirección General Adjunta de Actividades Académicas Internacionales del Sistema de Desarrollo Policial de la Policía Federal de México, mientras que los pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, de toda la delegación peruana, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 4211-2018-DIRADM-DIVECO-PNP/DEPPRE., de fecha 4 de setiembre de 2018, del Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú;

Que, el numeral 3) del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, establece que el personal policial tiene derecho a la formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente;

Que, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, cuyos alcances son extensivos al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, conforme lo señala el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, las modalidades Misión de Estudios y Comisión de Servicios;

Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, la autorización para viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto;

Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario oficial “El Peruano”;

Con la visación de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior;

De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2017-IN; y, el Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú.

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Wilder Meza Vidal, de los Capitanes de la Policía Nacional del Perú Carlos Antonio Reyna Gallegos y Aldo Darwin Pinto Rivera; y, del Teniente de la Policía Nacional del Perú Erik Martín Álvarez Leandro, del 30 de setiembre al 6 de octubre de 2018, al Estado de San Luis Potosí – Estados Unidos Mexicanos, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Los gastos por concepto pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1º de la presente Resolución, se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al detalle siguiente:

Importe US$

Pers.

Total US$

Pasajes Aéreos

680.00

X

4

=

2,720.00

Artículo 3º.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, de los Cadetes del Quinto Año de la Escuela de Oficiales de la Escuela Nacional de Formación Profesional de la Policía Nacional del Perú, que se detalla a continuación, del 30 de setiembre al 6 de octubre de 2018, al Estado de San Luis Potosí – Estados Unidos Mexicanos, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

CADETES:

1. José Emmanuel Ramón Ñahuis

2. Boris Bill Erick Raime Lara.

3. Everth Isaac Gupioc Valqui.

4. Raúl Ronald Fidel Jamanca.

5. Isaac Junior Solís Dueñas.

6. Jorge Luis Champion Añanca.

7. Jorge Raúl Santisteban Francisco.

8. Nando Froilán De La Cruz Damazo.

9. Manuel Jesús López Silverio

10. Armando Bill Torres Apaza

11. Michael López Rodríguez.

12. Rubén Líder Villafuerte Huamaní.

13. Carlos Xavier Rojas Quispe.

14. Álvaro Villaverde Rodríguez.

15. Jhon Brayan Lozano Núñez.

16. Carlos Alfredo Ochicua Reyes.

17. Percy Vilca Yépez.

18. Jorge Fernando González Rojas.

19. Erick Leonel Anderson Rosales Espinoza.

20. Ivett Rosa De La Cruz Inga.

21. Raúl Aurelio Lima Vera.

22. Darwin Suárez Ojeda.

23. César Jim Tisza Hilario.

24. Raúl Bilarmino Laura Poma.

25. Kevin Zamorano Maldonado.

26. Harold Emerson Velásquez Gallegos.

27. Roosvelth Alarcón Huamán.

28. Christian Junior Delgado Guerrero.

29. Benji Kevin Alexis Añanca Saavedra.

30. Jorge Luis Sánchez Miza.

Artículo 4º.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 3º de la presente Resolución, se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al detalle siguiente:

Importe US$

Pers.

Total US$

Pasajes aéreos

680.00

X

30

=

20,400.00

Artículo 5º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, los comisionados y los Cadetes a que se refieren los artículos 1° y 3° de la Presente Resolución deben presentar ante el Titular del Sector un Informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos.

Artículo 6º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Mauro medina guimaraes

Ministro del Interior

1694136-1