Derogan Directiva “Procedimiento para la Incorporación, Evaluación y Renovación de los Capacitadores del OSCE” y el “Procedimiento de Incorporación Extraordinaria de Capacitadores del OSCE”

(Se publica la presente resolución a solicitud del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, mediante Oficio Nº 264-2018-OSCE/OAD, recibido el 12 de setiembre de 2018)

resolución nº 135-2017-osce/pre

Jesús María, 31 de marzo de 2017

VISTOS:

El Memorando Nº 078-2017/DTN, de fecha 08 de febrero de 2017, de la Dirección Técnico Normativa y el Informe Nº 074-2017/OAJ, de fecha 07 de marzo de 2017, de la Oficina de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 51º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante la Ley Nº 30225, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera;

Que, el artículo 52º literal d) de la Ley de Contrataciones del Estado, señala como función del OSCE el implementar actividades y mecanismos de desarrollo de capacidades y competencias en la gestión de las contrataciones del Estado;

Que, mediante Resolución Nº 101-2015-OSCE/PRE y Resolución Nº 102-2015-OSCE/PRE, se aprobó la Directiva Nº 001-2015-OSCE/PRE “Procedimiento para la Incorporación, Evaluación y Renovación de los Capacitadores del OSCE”, y el “Procedimiento de Incorporación Extraordinaria de Capacitadores del OSCE”, respectivamente, que establecen las disposiciones que regulan la incorporación de profesionales y técnicos al Registro de capacitadores del OSCE, establece la metodología para el monitoreo y evaluación continua de su desempeño, así como para la renovación de la vigencia de esta condición;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 347-2016-EF, se declaró en reorganización el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, con el objeto de evaluar la situación administrativa, organizacional y de gestión, así como de proponer y ejecutar las acciones y medidas de reforma administrativa y de gestión que correspondan;

Que, durante el desarrollo del referido proceso de reorganización, con fecha 17 de marzo de 2017 fue emitido el Decreto Supremo Nº 056-2017-EF, que modifica el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 350-2015-EF, suprimiendo en el artículo 4º la disposición que confiere al OSCE la facultad para establecer el procedimiento y requisitos para la acreditación de las instituciones o empresas con la finalidad que estas capaciten a los operadores en aspectos vinculados con las contrataciones del Estado;

Que, el literal d) del artículo 73º del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2016-EF, establece que es función de la Subdirección de Desarrollo de Capacidades en Contrataciones del Estado de la Dirección Técnico Normativa; definir y proponer los criterios a aplicar en los procesos de certificación de los profesionales y técnicos que laboren en el órgano encargado de las contrataciones en las Entidades Públicas;

Que, mediante el documento de vistos, la Subdirección de Desarrollo de Capacidades en Contrataciones del Estado, ha señalado que como parte de la implementación del nuevo enfoque de gestión se viene reformulando la estrategia de desarrollo de capacidades eliminando la exigencia de acreditar cursos de capacitación dictados por los aliados estratégicos del OSCE y los capacitadores del OSCE, desapareciendo la necesidad de realizar nuevos procesos de incorporación de capacitadores, por lo que corresponde derogar la Resolución Nº 101-2015-OSCE/PRE y la Resolución Nº 102-2015-OSCE/PRE;

Que, a través del Informe Nº 074-2017/OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable acerca de la procedencia de derogar la Resolución Nº 101-2015-OSCE/PRE y la Resolución Nº 102-2015-OSCE/PRE;

De conformidad con el literal y) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2016-EF; y con el visado de la Secretaría General, la Dirección Técnico Normativa y la Oficina de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Derogar la Directiva Nº 001-2015-OSCE/PRE “Procedimiento para la Incorporación, Evaluación y Renovación de los Capacitadores del OSCE”, y el “Procedimiento de Incorporación Extraordinaria de Capacitadores del OSCE”, aprobados mediante mediante Resolución Nº 101-2015-OSCE/PRE y Resolución Nº 102-2015-OSCE/PRE, respectivamente.

Artículo 2º.- Publicar la presente Resolución en el Portal Institucional del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE (www.osce.gob.pe).

Regístrese y comuníquese.

ANA TERESA REVILLA VERGARA

Presidenta Ejecutiva

1690788-1