Aprueban modificación de concesión definitiva para desarrollar actividad de transmisión de energía eléctrica y al Contrato de Concesión N° 428-2013, solicitada por Consorcio Transmantaro S.A.

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 338-2018-MEM/DM

Lima, 7 de setiembre de 2018

VISTOS: El Expediente N° 14328613 sobre la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 500 kV S.E. Trujillo – S.E. Chiclayo (La Niña); la solicitud de la primera modificación de la mencionada concesión definitiva y aprobación de la Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 428-2013 (en adelante, el CONTRATO), presentada por Consorcio Transmantaro S.A.; y, los Informes N° 280-2018-MEM/DGE-DCE y N° 858-2018-MEM/OGAJ, elaborados por la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, del Ministerio de Energía y Minas;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema N° 074-2013-EM, publicada el 23 de noviembre de 2013, se otorga a favor de Consorcio Transmantaro S.A. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica de la Línea de Transmisión en 500 kV S.E. Trujillo – S.E. Chiclayo (La Niña), aprobándose el CONTRATO;

Que, mediante documento CS00495-18031031 con Registro N° 2832668, de fecha 6 de julio de 2018, Consorcio Transmantaro S.A. solicita la primera modificación de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica de la Línea de Transmisión en 500 kV S.E. Trujillo – S.E. Chiclayo (La Niña), a fin de instalar una compensación reactiva en la S.E. Chiclayo (La Niña), implementando un Banco de Reactores de 100 MVAr–500 kV;

Que, mediante Resolución Directoral N° 041-2017-SENACE/DCA, de fecha 17 de febrero de 2017, la Dirección de Certificación Ambiental del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles – SENACE otorga Conformidad al Informe Técnico Sustentatorio del proyecto “Instalación de Banco de Reactores de Barras de 3 x 33 MVAR (100 MVAR) en 500 kV”, presentado por Consorcio Transmantaro S.A., conforme a los fundamentos y conclusiones del Informe N° 036-2017-SENACE-J-DCA/UPAS-UGS, de fecha 17 de febrero de 2017, el cual forma parte integrante de la mencionada resolución;

Que, la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas, según los Informes de Vistos, han verificado que se ha cumplido con lo establecido en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM; por lo que recomiendan aprobar la primera modificación de la citada concesión definitiva y del CONTRATO en los términos y condiciones que aparecen en la Minuta correspondiente, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública incorporando en ésta el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, según lo establecido en los artículos 7 y 56 del citado Reglamento;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Concesiones Eléctricas, sus normas reglamentarias y modificaciones, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 038-2014 y sus modificatorias, la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la primera modificación de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica de la Línea de Transmisión en 500 kV S.E. Trujillo – S.E. Chiclayo (La Niña) y la Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 428-2013, solicitada por Consorcio Transmantaro S.A., en lo referido a la modificación de la Cláusula Primera y el Anexo N° 2, por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Autorizar al Director General de Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir en representación del Estado, la minuta de la Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 428-2013 aprobada en el artículo precedente y la Escritura Pública correspondiente.

Artículo 3.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública a que dé origen la Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 428-2013, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el diario oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de Consorcio Transmantaro S.A., de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Francisco ismodes mezzano

Ministro de Energía y Minas

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