Otorgan opinión favorable a Citibank del Perú SA respecto a la emisión del “Tercer Programa de Bonos y Certificados de Depósito Negociables”

Resolución SBS Nº 3375-2018

Lima, 29 de agosto de 2018

La Superintendenta de Banca, Seguros

Y Administradoras Privadas de Fondos

De Pensiones

VISTA:

La solicitud presentada por Citibank del Perú SA (en adelante, el Banco) para que se le otorgue opinión favorable sobre la emisión del programa denominado “Tercer Programa de Bonos y Certificados de Depósito Negociables de Citibank del Perú S.A.” hasta por un monto máximo en circulación de USD 200,000,000.00 (doscientos millones y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en otras monedas; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General en su artículo 283º, concordado con numeral 14 de su artículo 221º, faculta a las empresas bancarias a emitir y colocar bonos, y certificados de depósito negociables, siempre que sean de su propia emisión;

Que, el artículo 232º de la Ley General establece que para la emisión de instrumentos financieros que tengan la condición de valores mobiliarios y se emitan por oferta pública, la Superintendencia del Mercado de Valores procederá a inscribirlos en el Registro Público del Mercado de Valores, previa opinión favorable expedida por Resolución de esta Superintendencia y de la documentación precisada en el artículo 18º de la Ley del Mercado de Valores;

Que, a su vez la emisión de instrumentos financieros se rige por lo señalado en la Circular B-2074-2000 (en adelante, la Circular) y sus modificatorias;

Que, en sesión celebrada el 20 de junio de 2018, la Junta General de Accionistas del Banco aprobó el “Tercer Programa de Bonos y Certificados de Depósito Negociables de Citibank del Perú S.A.” hasta por un monto máximo en circulación de USD 200,000,000.00 (doscientos millones y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en otras monedas;

Que, en sesión celebrada el 27 de junio de 2018, el Directorio del Banco aprobó el “Tercer Programa de Bonos y Certificados de Depósito Negociables” hasta por un monto máximo en circulación de USD 200,000,000.00 (doscientos millones y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en otras monedas;

Que, el Banco ha cumplido con los requisitos exigidos por el procedimiento Nº 25 “Opinión favorable sobre emisión en serie de instrumentos financieros para empresas del Sistema Financiero y de Seguros”, del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado mediante Resolución SBS Nº 1678-2018, concordante con el numeral 2.1 de la Circular;

Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “B” y el Departamento de Supervisión de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones; y contando con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, y de Riesgos;

De conformidad con el procedimiento Nº 25 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia, aprobado mediante Resolución SBS Nº 1678-2018; y con la Circular; y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 349º de la Ley General;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Otorgar opinión favorable a Citibank del Perú SA respecto a la emisión del “Tercer Programa de Bonos y Certificados de Depósito Negociables” hasta por un monto máximo en circulación de USD 200,000,000.00 (doscientos millones y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en otras monedas.

Artículo Segundo.- La presente Resolución tendrá una vigencia de un (1) año desde su emisión para que Citibank del Perú S.A. proceda a la inscripción del programa denominado “Tercer Programa de Bonos y Certificados de Depósito Negociables de Citibank del Perú S.A.” en caso desee realizar emisiones públicas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SOCORRO HEYSEN ZEGARRA

Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras

Privadas de Fondos de Pensiones

1689467-1