Reconforman el Comité de Promoción de la Inversión Privada

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

Nº 338

San Isidro, 3 de setiembre de 2018

EL TENIENTE ALCALDE ENCARGADO DEL

DESPACHO DE ALCALDÍA

VISTOS: El Pase Nº 1923-2018-0200-GM/MSI de la Gerencia Municipal; y, el Informe Nº 0505-2018-0400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, refiere que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, la cual radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1224, Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, aprobado por Decreto Supremo Nº 254-2017-EF, tiene por objeto establecer los procesos y modalidades de promoción de la inversión privada para el desarrollo de infraestructura pública, servicios públicos, servicios vinculados a estos, proyectos de investigación aplicada y/o innovación tecnológica y la ejecución de proyectos en activos;

Que, el artículo 8º de la citada norma, establece que el gobierno local que tenga proyectos o prevea desarrollar procesos de promoción de la inversión privada bajo las modalidades reguladas en la presente norma, crea el Comité de Promoción de la Inversión Privada para desempeñarse entre otros como, Organismo Promotor de la Inversión Privada para los procesos de promoción bajo su competencia, así como Órgano de coordinación con Proinversión en los procesos de promoción bajo competencia o encargados a este último. Asimismo, señala que la designación de los miembros del Comité se realiza mediante Resolución de Alcaldía que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y comunicada al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 410-2015-EF publicado en el diario oficial El Peruano el 27 de diciembre del 2015, se aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1224, Decreto Legislativo Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos;

Que, con Ordenanza Municipal Nº 415-MSI publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 17 de enero de 2016, se declaró de interés público la promoción de la inversión privada en el distrito de San Isidro, para la implementación, operación y mantenimiento de infraestructura pública, servicios públicos, servicios vinculados a estos, proyectos de investigación aplicada y/o innovación tecnológica y la ejecución de proyectos en activos, en el marco del Sistema Nacional de Promoción de la Inversión Privada creado por el Decreto Legislativo 1224;

Que, el artículo segundo de la Ordenanza 415-MSI creó el Comité de Inversiones de la Municipalidad de San Isidro como órgano técnico especializado de promoción de la inversión privada en el distrito de San Isidro de conformidad con el Decreto Legislativo 1224, Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos;

Qué, el artículo tercero de la mencionada Ordenanza, encargó al Alcalde la designación de los miembros del Comité, definiendo sus facultades, obligaciones y responsabilidades de acuerdo con la Ley Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos y su norma reglamentaria;

Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 016 del 19 de enero de 2016, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 21 de enero de 2016, se designó al Comité de Inversiones de la Municipalidad de San Isidro;

Que, con fecha 29 de marzo de 2017 entró en vigencia el Decreto Legislativo Nº 1251 cuya Tercera Disposición Complementaria Final estableció como nueva denominación del Comité de Inversiones el de “Comité de Promoción de la Inversión Privada”;

Que, mediante los Documentos Simples Nº 0014232 18 y Nº 0014269 18, ambos de fecha 10 de agosto de 2018, los señores Carlos Miguel Puga Pomareda y Javier Hernando Illescas Mucha, presentaron su renuncia irrevocable al Comité de Promoción de la Inversión Privada de la Municipalidad de San Isidro;

Que, estando a lo indicado en el Pase Nº 1923-2018-0200-GM/MSI e Informe Nº 016-2018-ST-CPIP/MSI, existe la necesidad de reconformar el Comité de Promoción de la Inversión Privada de la Municipalidad de San Isidro;

En uso de las facultades establecidas en numeral 6 del Artículo 20º y artículo 43º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

RESUELVE:

Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Alcaldía Nº 016 del 19 de enero de 2016.

Artículo Segundo.- RECONFORMAR el Comité de Promoción de la Inversión Privada de la Municipalidad de San Isidro creado mediante Ordenanza Nº 415-MSI, quedando integrado de la siguiente manera:

- Gerente Municipal, Presidente.

- Gerente de Asesoría Jurídica, Miembro.

- Gerente de Desarrollo Distrital, Miembro.

Artículo Tercero.- El Comité de Promoción de la Inversión Privada de la Municipalidad de San Isidro es un órgano colegiado de carácter técnico especializado de promoción de la inversión privada en el distrito de San Isidro, que llevará a cabo uno o más procedimientos administrativos dirigidos a la implementación de las modalidades de participación de la inversión privada, de conformidad con el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 1224, Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, y su norma reglamentaria.

Artículo Cuarto.- El Comité de Inversiones ejercerá las funciones que se detallan a continuación:

a. Como Organismo Promotor de la Inversión Privada para los procesos de promoción bajo su competencia, ejercerá las funciones establecidas en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 1224, Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, y su norma reglamentaria.

b. Como Órgano de Coordinación con Proinversión en los procesos de promoción bajo competencia o encargados a este último, ejercerá las funciones establecidas en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 1224, Decreto Legislativo Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos y su norma reglamentaria.

c. Otras señaladas en la normativa vigente.

Artículo Quinto.- Autorícese a la Gerencia Municipal a comunicar y solicitar la inscripción de la reconformación del Comité de Promoción de la Inversión Privada de la Municipalidad de San Isidro, ante el Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas, de conformidad con el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1224, Decreto Legislativo Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos.

Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y a la Oficina de Comunicaciones e Imagen en el portal institucional de la Municipalidad de San Isidro www.munisanisidro.gob.pe.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

JAVIER BEDOYA DENEGRI

Teniente Alcalde

Encargado del despacho de Alcaldía

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