FE DE ERRATAS

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 952-2018-IN

Manual de Derechos Humanos aplicados a la Función Policial

Mediante Oficio N° 1624-2018/IN/SG, el Ministerio del Interior solicita se publique Fe de Erratas del Manual de Derechos Humanos aplicados a la Función Policial, aprobado por Resolución Ministerial N° 952-2018-IN y publicado en Separata Especial el día 14 de agosto de 2018.

- En la página 7;

DICE:

“(...)

1. Características

(...)

(...)

Irreversibilidad

Una vez reconocidos quedan integrados al catálogo pre-existente y no pueden ser suprimidos posteriormente.

Progresividad

Al adquirirse mayor conciencia de la necesidad de vivir con dignidad, puede ampliarse el contenido o el reconocimiento de derechos humanos.

Imprescriptibilidad

La responsabilidad penal de las violaciones graves a los derechos humanos (crimen de genocidio y los crímenes de lesa humanidad) no prescribe. Por tanto, son perseguibles y sancionables sin importar el plazo transcurrido desde la fecha de comisión del delito.

(...)”

DEBE DECIR:

“(...)

1. Características

(...)

(...)

Irreversibles

Una vez reconocidos quedan integrados al catálogo pre-existente y no pueden ser suprimidos posteriormente.

Progresivos

Al adquirirse mayor conciencia de la necesidad de vivir con dignidad, puede ampliarse el contenido o el reconocimiento de derechos humanos.

Imprescriptibles

La responsabilidad penal de las violaciones graves a los derechos humanos (crimen de genocidio y los crímenes de lesa humanidad) no prescribe. Por tanto, son perseguibles y sancionables sin importar el plazo transcurrido desde la fecha de comisión del delito.

(...)”

- En la página 39;

DICE:

“(...)

c. Recomendaciones

(...)

- Por ningún motivo se expondrá al presunto infractor al gas pimienta en forma prolongada a zona.

(...)”.

DEBE DECIR:

“(...)

c. Recomendaciones

(...)

- Por ningún motivo se expondrá al presunto infractor al gas pimienta en forma prolongada en la misma zona.

(...)”.

- En la página 77;

DICE:

“(...)

A. DIRECCIÓN DE LAS OPERACIONES

(...)

3. Supervisan que el accionar policial se base en la normatividad vigente para garantizar el respeto de los derechos fundamentales de las personas. Se tomará referencia el Manual de Derechos Humanos aplicados a la función policial (RM Nº 1452-2006-IN del 31 de mayo de 2006).

4. Controlan que en el cumplimiento de la misión, el uso de la fuerza, el empleo del potencial humano y de los recursos logísticos se ajusten a las directivas y planes establecidos.”

DEBE DECIR:

“(...)

A. DIRECCIÓN DE LAS OPERACIONES

(...)

3. Supervisan que el accionar policial se base en la normatividad vigente para garantizar el respeto de los derechos fundamentales de las personas.

4. Controlan que, en el cumplimiento de la misión, el uso de la fuerza, el empleo del potencial humano y de los recursos logísticos se ajusten a las directivas y planes establecidos.”

(...)”

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