Otorgan autorización de organización de Óptima Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A.C. que podrá utilizar la denominación abreviada de Óptima SAFI S.A.C.

Resolución de Intendencia General

de Supervisión de Entidades

Nº 092-2018-SMV/10.2

Lima, 13 de agosto de 2018

El Intendente General de Supervisión de Entidades

VISTOS:

El Expediente N° 2018017468, referido a la solicitud de autorización para organizar una sociedad administradora de fondos de inversión a ser denominada Óptima Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A.C., así como el Informe Nº 803-2018-SMV/10.2 de fecha 13 de agosto de 2018;

CONSIDERANDO:

Que, mediante escritos presentados hasta el 3 de agosto de 2018, los señores Piero Eduardo Ghezzi Solís y Oscar Máximo Flores Lama solicitaron autorización para la organización de una sociedad administradora de fondos de inversión que se denominará Óptima Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A.C., que podrá utilizar la denominación abreviada “Óptima SAFI S.A.C”;

Que, de acuerdo con la información presentada, los organizadores mencionados en el párrafo precedente, tendrán una participación de 99.5% y de 0.5%, respectivamente, en Óptima Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A.C.;

Que, de la evaluación a la documentación presentada se ha determinado que los organizadores de Óptima Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A.C. han cumplido con los requisitos para la obtención de la autorización de organización establecidos en los artículo 5° y 6° de las Normas sobre la organización de entidades que requieren autorización de la SMV, aprobadas por Resolución SMV N° 039-2016-SMV/01 y sus modificatorias, así como con lo señalado en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia de Mercado de Valores, aprobado por Resolución de Superintendente N° 023-2015-SMV/02; tal como se desarrolla en el Informe N° 803-2018-SMV/10.2 de la Intendencia General de Supervisión de Entidades;

Que, asimismo, al no haberse presentado objeciones a la formación de la sociedad administradora o a las personas que la organizan, dentro del plazo establecido por el artículo 6° de las Normas sobre la organización de entidades que requieren autorización de la SMV, corresponde otorgar la autorización solicitada; y,

Estando a lo dispuesto por el artículo 12° de la Ley de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, Decreto Legislativo N° 862 y sus modificatorias, el artículo 38°, numeral 5, inciso i), del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo N° 216-2011-EF y su modificatoria;

RESUELVE:

Artículo 1°.- Otorgar a los señores Piero Eduardo Ghezzi Solis y Oscar Máximo Flores Lama, la autorización de organización de una sociedad administradora de fondos de inversión que será denominada “Óptima Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A.C.”, y que podrá utilizar la denominación abreviada de “Óptima SAFI S.A.C.”.

Artículo 2°.- La autorización de organización a que se refiere el artículo precedente tendrá una vigencia improrrogable de un (01) año a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución.

Artículo 3°.- La presente resolución no faculta a Óptima Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A.C. para iniciar actividades de administración de fondos de inversión. Para ello, deberá obtener previamente la respectiva autorización de funcionamiento por parte de la Superintendencia del Mercado de Valores.

Artículo 4°.- La presente resolución deberá publicarse en el diario oficial El Peruano en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles.

Artículo 5°.- Disponer la difusión de la presente resolución en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe).

Artículo 6°.- Transcribir la presente resolución al señor Piero Eduardo Ghezzi Solís, en calidad de representante de los organizadores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ARMANDO MANCO MANCO

Intendente General

Intendencia General de Supervisión de Entidades

1681097-1